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Claves para entender la prelación de créditos en España con ejemplos

prelación de créditos en España con ejemplos

¿Cómo afecta a empresas y particulares en situación concursal?

Has avanzado en tu carrera de derecho y estas dando ya derecho mercantil ¿No? Y seguramente si estas aquí te hayas topado con el derecho concursal ¿Te parece compleja y te cuesta entender cómo se clasifican y pagan los créditos en este ámbito? No te preocupes, es normal sentirse abrumado al principio.

El derecho concursal es una rama especial y clave del derecho mercantil que se encarga de regular los procedimientos de insolvencia de una empresa o particular. El concurso de acreedores es una forma de dar solución a los casos de insolvencia, en los que el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones económicas de forma general.

Este proceso busca proteger a los acreedores y garantizar el pago de sus créditos de manera equitativa y justa, siguiendo una prelación de créditos establecida por la ley.

La prelación de créditos es un tema complejo y fundamental en el derecho concursal, por lo que resulta imprescindible tener un conocimiento sólido sobre esta figura.

En este artículo vamos a profundizar en la prelación de créditos, explicar qué es, cómo se clasifican los créditos en el derecho concursal y en qué orden se pagan, para que puedas tener una comprensión completa de este tema clave. Además, te daremos ejemplos concretos para que puedas aplicar los conocimientos adquiridos a situaciones reales.

No te preocupes si al principio te cuesta entender todos los conceptos relacionados con la prelación de créditos. Este artículo está diseñado para ser claro y conciso, utilizando un lenguaje sencillo y cercano, como si estuviéramos hablando entre amigos.

Porque sabemos que el derecho concursal puede resultar abrumador al principio, pero con un poco de esfuerzo y dedicación, podrás dominar este tema y convertirte en un experto en la materia. Así que, ¡vamos a por ello!

¿Cómo se paga de forma ordinaria? ¿Y en el derecho concursal?

En el desarrollo normal de la actividad económica rige el sistema de derecho civil general que consagra en el artículo 1157 del Código Civil el principio general de que una deuda no se entenderá pagada hasta que se cumpla enteramente.

Por eso mismo, puede haber un incumplimiento y llegar a imputar la responsabilidad al deudor incumplidor y de ser así, tal como señala el artículo 1911 del Código Civil, responde con su patrimonio presente y futuro, en otras palabras, hay la posibilidad de ejecuciones judiciales individuales.

Por ejemplo, imagina que tienes una deuda con un conocido al que le compraste una televisión, pero no se la pagas, pues el podría reclamarte el dinero y en algunos caso se te podría embargar bienes.

U otro ejemplo, imagina que Juan dueño de una frutería para comprar un nuevo local hipoteca su segunda vivienda, pero al final no puede pagar el crédito hipotecario, y solo tiene esa deuda pues el prestamista hipotecario puede ejecutar la hipoteca para recuperar el dinero del préstamo.

Sin embargo, ¿qué pasa ante una situación de insolvencia generalizada? Ante esto, es necesario que el sistema de ejecuciones individuales que es insuficiente quede excluido– el principio “Priori tempore potior iure”- `primero en el tiempo mejor en el derecho- ya no se tiene en cuenta, y pasamos a un procedimiento de ejecución colectiva llamado Concurso de acreedores donde rige el principio “par conditio creditorum” – igualdad de créditos.

Dicho procedimiento se encuentra hoy en día regulado en el texto refundido aprobado mediante el Real decreto legislativo 1/2020 donde se establece la Ley Concursal.

Imagina, que tenemos una sociedad limitada llamada Lucecitas de Jabón S.L. Esta sociedad resulta que tiene muchas deudas- el pasivo- pero no tiene muchos ingresos ni un patrimonio alto- el activo-, ante esto decide ir ante el juez de lo mercantil y pedirle abrir el concurso de acreedores, bueno su administrador.

Lo hace porque sabe que no puede pagar bien y tal como señala la ley concursal tiene un deber de pedirlo (art 5.1 Ley Concursal), ante esto el juez abre el concurso de acreedores y tras un procedimiento complejo no llega a un acuerdo de pago con sus acreedores. No hay convenio y se abre la fase de liquidación ¿Qué es?

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La fase de liquidación es cuando se trasforma todo el activo del deudor concursado en dinero y se intenta pagar las deudas. Es aquí donde aparece la prelación de créditos.

Ahora bien, ¿qué es la prelación de créditos? Es un principio que establece un orden jerárquico en la satisfacción de los créditos de los acreedores en el proceso concursal. En otras palabras, se establece un orden de preferencia en el pago de las deudas, de acuerdo con la naturaleza de cada crédito y la ley que lo regula.

Por ejemplo, no se pagará primero un crédito que tenga un socio de la propia sociedad- e.j le presto dinero a la sociedad- que los salarios que deba la sociedad a sus empleados.

En resumen, en el derecho concursal, la prelación de créditos es un tema de suma importancia, ya que determina la forma en que se distribuirán los bienes del deudor entre sus acreedores y en qué orden se realizará el pago de las deudas.

Por tanto, es fundamental conocer cómo se clasifican los créditos y en qué orden se pagan para poder entender la distribución de los bienes en un proceso concursal y las consecuencias que esto puede tener para los acreedores ¿Estás listo?

Clasificación de créditos

Para entender la clasificación de los créditos en el derecho concursal, es importante distinguir entre créditos contra la masa y créditos concursales. Según el artículo 242 de la ley concursal, los créditos contra la masa son aquellos que nacen después de la declaración del concurso, mientras que los créditos concursales son aquellos cuya causa es anterior al concurso.

Con un ejemplo va a ser más claro, tenemos a Lucecitas de Jabón S.L., nuestra empresa que ha entrado en concurso de acreedores.

El administrador concursal, que es la persona encargada de asesorar o en algunos casos administrar al deudor concursado durante el proceso concursal entre otras funciones, después de la declaración del concurso, el administrador concursal de Lucecitas de Jabón S.L. realiza un contrato de compraventa con otra empresa.

Este crédito se considera un crédito contra la masa ya que nace después de la declaración del concurso. Sin embargo, la empresa también tiene un crédito vencido anterior al concurso por una compraventa que aún no ha pagado, este se considera un crédito concursal según lo señala el artículo 157 de la ley concursal.

Los créditos concursales se clasifican en privilegiados, ordinarios y subordinados según el artículo 269 de la ley concursal. Que nos señala lo siguiente:

“Artículo 269. Clases de créditos.

1. Los créditos concursales se clasificarán, a efectos del concurso, en privilegiados, ordinarios y subordinados.

2. Los créditos privilegiados se clasificarán, a su vez, en créditos con privilegio especial, si afectan a determinados bienes o derechos de la masa activa, y créditos con privilegio general, si afectan a la totalidad de esa masa. En el concurso no se admitirá ningún privilegio o preferencia que no esté reconocido en la ley.

3. Se clasificarán como créditos ordinarios aquellos que en esta ley no tengan la consideración de créditos privilegiados o subordinados.”

Un ejemplo de crédito privilegiado con privilegio especial es el de un acreedor que tiene un crédito garantizado por una hipoteca sobre un bien específico de la masa activa. La lista completa de créditos privilegiados especiales se encuentra en el artículo 270.1, en concreto el 270.1.1, es en el que aparece el ejemplo de la hipoteca.

Mientras que un ejemplo de crédito privilegiado con privilegio general es el de un acreedor que tiene un crédito de un tipo especial. Estos créditos aparecen en el articulo 280. de la ley concursal. Más en concreto podemos destacar créditos laborales y a favor del tesoro público.

Los créditos ordinarios son aquellos que no se clasifican como privilegiados ni subordinados. Estos créditos no tienen ninguna garantía especial y su pago se realiza en igualdad de condiciones con los demás acreedores.

Un ejemplo de crédito ordinario es el de un proveedor que tiene una factura por pagar y que no cuenta con ninguna garantía especial para su cobro.

Por último, los créditos subordinados son aquellos que se pagan después de que se hayan satisfecho todos los créditos privilegiados y ordinarios. El artículo 281.1.5 de la Ley Concursal establece que los créditos subordinados incluyen aquellos adeudados a personas especialmente relacionadas con el deudor concursado, como socios o administradores.

Un ejemplo de crédito subordinado podría ser un préstamo concedido por un socio de la empresa deudora antes de la declaración del concurso, el cual se considera subordinado en virtud de la relación especial entre el deudor y el socio acreedor.

Ahora que ya sabemos eso estoy seguro de que te puede hacer una idea de como se pagan los créditos, pero si aun te sientes perdido no te preocupes que te lo vamos a explicar ahora mismo ¿estas listo?

Orden de pago de los créditos

Obviamente el orden de pagos se encuentra establecido en la ley concursal. Por eso mismo era muy importante distinguir entre los créditos con privilegio especial y los créditos contra la masa.

Los créditos contra la masa son los primeros que se tienen que pagar, puesto que rige la norma de vencimiento, se tiene eso sí que pagar con activo que no este sujeto a una garantía especial. E.J el sueldo del administrador concursal es un crédito contra la masa, pero no podría ser pagado vendiendo, de forma general, un local que tenga una hipoteca. Esta idea es señalada en el artículo 429 y se relaciona con el artículo 244 de la Ley concursal.

Después de esto tenemos que los créditos con privilegio especial son siempre de pago preferente sobre los bienes y derechos a los cuales están sujetos, da igual que se ejecuten dentro o fuera del concurso (Artículo 430.1 y 270 de la ley concursal).

Esta preferencia también se hace sobre los créditos de la masa tal como se ha señalado antes ¿pero qué pasa sí hay dos privilegios especiales son una misma cosa? Por ejemplo, dos hipotecas sobre un mismo local aquí la respuesta está en el artículo 431 de la Ley Concursal que lo dice que el primero que la haya hecho es el que tiene prioridad.

Ahora bien, ¿se puede haber pagado el crédito especial antes de la liquidación? La respuesta es que si, pues o bien la administración concursal apagado para rescatar el bien (artículo 430.2 de la Ley Concursal), es decir ha pagado el crédito para quedarse con el bien.

O en algunos casos se ha podido ejecutar la garantía real si el bien no era necesario para continuar la actividad empresarial tal como señala el artículo 146 de la Ley Concursal. Hay también otras situaciones en las cuales ha podido pagar antes, el caso es que una vez abierta la liquidación perderá el derecho de ejecución.

Una vez que se ha parado créditos con privilegio especial y se han pagado también los créditos contra la masa, aquí es cuando comienza en sí la graduación de créditos.

Primero irán los créditos con privilegio general, por el orden legalmente establecido y en caso de que sea necesario se prorratearan dentro de cada número tal como señalan los artículos 432 que se relaciona con el artículo 280 Ley Concursal.

Después se pagan los créditos ordinarios, aunque la ley permite que en algunos casos muy excepcionales adelantar el pago siempre que estén debidamente cubiertos los créditos contra la masa y los privilegiados tal como se llama los artículos 433 y 434.

Por último, se paga una vez satisfechos todo anterior pago de los créditos subordinados puedo legalmente pagarlo y de nuevo se prorrateará dentro de cada número tal como señalan los artículos 435 que se relaciona con el artículo 281.

Es importante destacar pues si te lo preguntas si es posible dentro del propio concurso la subordinación mediante pacto, la respuesta es que sí siempre y cuando, obviamente, no cause perjuicio a un tercero e incluye al deudor- en el pacto y de esta manera, se realizará el pago conforme al pacto tal como señala el 435.3.

Ejemplos

A continuación, te vamos a dar dos ejemplos prácticos.


La empresa “Tupreparador SL” entra en concurso debido a su falta de ventas y su incapacidad para pagar sus deudas.

Entre sus deudas se encuentra un préstamo por valor de medio millón de euros con el Banco Oviedo, que está garantizado con una hipoteca sobre un local que no es necesario para la actividad empresarial.

Después de la correspondiente declaración de concurso, el Banco Oviedo ejecuta la hipoteca y se adjudica el local. Además, la empresa tiene una deuda con Pedro, María y Luisa, que son empleados y a los que se les adeudan sus salarios de dos meses anteriores al concurso, por lo que se trata de un crédito privilegiado general (artículo 280.1 de la Ley Concursal).

Finalmente, la empresa tiene una deuda con el Banco Oviedo por concepto de intereses moratorios del préstamo hipotecario, que se considera un crédito subordinado (artículo 281.1.3 de la Ley Concursal).

En este caso, el crédito privilegiado general de los trabajadores tendrá prioridad sobre el crédito subordinado del Banco Oviedo por intereses moratorios. Esto se debe a que, según la Ley Concursal, dice que los créditos con privilegio general se pagarán antes que los créditos subordinados.


Pedro es propietario de una ferretería y debido a su mala gestión, se ha endeudado demasiado y no puede pagar sus deudas. Su esposa Marta le prestó dinero para intentar ayudar, pero él no se lo ha devuelto, por lo que se trata de un crédito subordinado por relación especial (artículo 281.1.7. de la Ley Concursal).

Después de la declaración de concurso, Pedro ha comprado 30.000 tornillos que debe pagar en dos meses, lo que se considera un crédito contra la masa.

Sin embargo, también tiene una deuda pendiente de 500 € por una entrega realizada antes de la declaración del concurso, lo que se considera un crédito concursal ordinario (artículo 157 de la Ley Concursal).

En este caso, el crédito contra la masa tendrá prioridad sobre el crédito concursal ordinario y el crédito subordinado por relación especial. Según lo que hemos vistos, los créditos contra la masa se pagarán antes que los créditos concursales y los créditos subordinados se pagarán después de los créditos concursales.

 

Conclusiones

En conclusión, la prelación de créditos es un concepto clave dentro del derecho concursal en España. Esta prelación establece un orden específico en el que los acreedores de una empresa o persona física en concurso deben ser pagados. Esta normativa es crucial para garantizar que los créditos sean pagados de manera justa y equitativa en el caso de una insolvencia.

Primero créditos contra la masa, después privilegiados generales, ordinarios y por último subordinados, aunque no te olvides de los privilegiados generales especiales.

Para un estudiante de derecho, es importante entender la prelación de créditos y su aplicación en el derecho concursal, ya que se trata de una de las áreas más complejas y especializadas de la ley. Conocer en profundidad esta normativa permitirá a los estudiantes comprender mejor cómo se gestionan las situaciones de insolvencia de las empresas y las personas físicas, lo que será esencial para su futuro como abogados y profesionales del derecho.

Además, es importante tener en cuenta que el derecho concursal es una rama del derecho en constante evolución, por lo que es fundamental mantenerse actualizado sobre las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales en este ámbito. Y puede ser una salida laboral bastante buena tras la carrera.

Los abogados expertos en derecho concursal deben estar en capacidad de aplicar los conceptos de la prelación de créditos a situaciones reales, analizando las circunstancias específicas de cada caso para poder representar de manera efectiva a sus clientes.

Por otro lado, es importante destacar que el derecho concursal no solo se aplica a grandes empresas, sino también a pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas. En consecuencia, cualquier abogado o profesional del derecho que tenga clientes en el ámbito empresarial debe tener un conocimiento sólido del derecho concursal y de la prelación de créditos.

En resumen, la prelación de créditos es un concepto esencial dentro del derecho concursal y su conocimiento es fundamental para cualquier estudiante de derecho que quiera especializarse en esta área.

Los abogados expertos en derecho concursal tienen un papel crucial en la protección de los derechos de los acreedores en situaciones de insolvencia y deben estar siempre actualizados sobre las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales para poder representar de manera efectiva a sus clientes. Por lo tanto, el conocimiento de la prelación de créditos es esencial para cualquier abogado o profesional del derecho que tenga clientes en el ámbito empresarial.

Esperamos que este articulo haya sido de ayuda para ti ,si tienes dudas puedes escribirnos en comentarios.

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Autor

  • Daniel Garcia

    Jurista apasionado del Derecho Público y la Filosofía del Derecho, mi objetivo aquí es acercarte el derecho de forma sencilla y cotidiana

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