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Agresión Sexual: explicación con ejemplos【Concepto Legal】

Agresión Sexual

¿Sabes realmente lo que es una agresión sexual ? ¿Serías capaces de argumentarla en un juicio? ¿Podrías diferenciar los distintos tipos de agresiones sexuales que pueden darse? Unos de los temas más suspicaces y controvertidos que podemos encontrarnos en nuestra sociedad, son las cuestiones relativas a la libertad sexual y agresiones sexuales .

No hay día en el que a través de los medios se nos bombardee con delitos sexuales, cada cual con sus propias diferencias y especificaciones. También es muy recurrente en este tipo de información el que salen a la luz muchos conceptos jurídicos que a menudo son erróneos o pueden inducir a equivocación.

Es por ello que nos vemos en la obligación de mostrar al mundo una sencilla explicación de lo que engloba este delito de agresión sexual . Es cierto que podemos quedarnos cortos, por eso siempre recomiendo el seguimiento de nuestro curso de derecho penal para una mayor profundidad del tema.

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¿Qué es la agresión sexual?

Se habla de agresión sexual cuando una persona atenta contra la libertad sexual de otro sin su consentimiento . Vamos a ampliar un poco más este concepto y matizarlo. En este tipo de delito lo que se pretende proteger es la libertad e indemnización sexual de cada persona. Con ello podemos decir que libertad e indemnización sexual es la propiedad, estado o situación del que está libre de padecer daño o perjuicio en el ámbito sexual.

Es decir, este delito intenta proteger a cualquier persona que sea dañada o atacada dentro de su ámbito sexual . Por ejemplo , un caso fácil de comprender sería el que un sujeto que se encuentre por la calle vaya tocando las partes íntimas de los viandantes. Para facilitar su comprensión y estudio recomiendo echar un vistazo al artículo  Cómo estudiar Derecho Penal sin morir en el intento .

¿Dónde encontramos regulada la agresión sexual?

La agresión sexual se encuentra regulada en nuestro código penal en los artículos 178 a 183 bis. Principalmente es el artículo 178 el que nos muestra su concepto y que se exponen de la siguiente forma:

“1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual , el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento . Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.

2. Se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realizan empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecutan sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realizan cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad.

3. Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión.

4. El órgano sentenciador, razonándolo en la sentencia, y siempre que no medie violencia o intimidación o que la víctima tuviera anulada por cualquier causa su voluntad o no concurran las circunstancias del artículo 180, podrá imponer la pena de prisión en su mitad inferior o multa de dieciocho a veinticuatro meses, en atención a la menor entidad del hecho ya las circunstancias personales del culpable .

¿Qué elementos son necesarios para que haya agresión sexual?

Como podemos ver hay muchos matices que debemos de aclarar y razonar que vamos a ir completando con ejemplos. Ara que podamos hablar de una agresión sexual es necesario que se den unos elementos clave:

  • Agresión . El primer elemento que nos encontramos el de agresión. ¿Qué entendemos por agresión? Cualquier acción que implique un contacto con otra persona. Este delito exige un contacto físico, de lo contrario nos moveríamos en delitos de coacción o amenaza. Por ejemplo , cualquier tipo de roce, manoseo, agarrón etc.
  • Atente contra la libertad sexual . Es decir, que se mueve a otra persona a realizar o soportar actos libidinosos sean de la índole que sean, ya se tocamientos, masturbación, penetración etc. Por ejemplo, Francisco acude por la noche a una discoteca del centro de Madrid y conoce a Verónica .  Al conocerse, Francisco toca los pechos de Verónica sin ningún tipo de consentimiento.
  • Sin su consentimiento . Este elemento es clave puesto que es el que va a determinar si hablamos de agresión sexual o no. Es totalmente necesario que en cualquier acto sexual exista un consentimiento. De lo contrario hablaríamos de agresión sexual . Es el consentimiento el que nos va a indicar si un acto es delito o no, es decir, si hay agresión sexual o no. 

 El consentimiento debe mostrarse de forma expresa y libre , es decir, no se puede coaccionar a una persona que preste el consentimiento. En este caso, Francisco no puede obligar a Verónica a que consienta el tocamiento de sus pechos. Esto sería una agresión sexual.

  • Violencia e intimidación . Aquí el terreno es mucho más amplio porque hay mucha jurisprudencia en torno a estos conceptos. No obstante, vamos a quedarnos con los siguientes conceptos. Hay violencia cuando una persona aplica una fuerza física contra. Hay intimidación cuando se anuncia un mal a una persona con el fin de amedentrarla o coaccionarla.

Por ejemplo, en el caso de la violencia hablaríamos de cualquier acto de ataque, golpeo, maltrato contra una persona. Y en el caso de la intimidación , cualquier vejación, amenazas etc. Volviendo al ejemplo anterior, hay violencia en el caso de que Francisco agarre a Verónica y la golpee o la inmovilice para lograr su cometido. Habría intimidación si además lo hace insultándola y amenazándola de matarle si no cumple con lo que Francisco desea.

  • Abuso de superioridad . Esto es, aprovecharse de una debilidad de la víctima para obtener una ventaja y lograr el fin delictivo como por ejemplo , la menor fuerza de la víctima, escasa estatura, distinto rol social etc. Por ejemplo, que Francisco sea un tipo que mida 1, 90 con una morfología atlética frente a Verónica que mide 1,60 y es esencialmente bastante más débil que Francisco.
  • Voluntad anulada . Esto se va a dar para aquellos casos en los que una víctima no sea plenamente consciente. Por ejemplo , el caso de Francisco que quiere tocar las partes íntimas de Verónica y ésta se encuentra drogada o alcoholizada lo que hace que no sea plenamente consciente para prestar su consentimiento.

Como vemos el concepto de agresión sexual engloba muchos más elementos de los que nos esperábamos y que hay que tener en cuenta para tipificar una acción como agresión sexual . Pero esto no acaba aquí, ahora tenemos que diferenciar los tipos de agresiones sexuales que pueden darse.

Otro ejemplo de agresión sexual sería el caso en el que Francisco que pasea por la calle, se cruza con una chica llamada Inés y en ese instante, inmovilice a Inés contra su voluntad para besarla sin que ella responda con consentimiento. Estaríamos tratando una agresión sexual con todos los elementos expuestos anteriormente.

Agresión sexual: la violación

Dentro de la agresión sexual básica que hemos visto en los ejemplos anteriores, podemos agregar una variante agravada que sería la violación . Está regulada en el artículo 179 que dice lo siguiente:

  1. “ Cuando la agresión sexual consiste en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de cuatro a doce años.
  2. Si la agresión a la que se refiere el apartado anterior se cometiere empleando violencia o intimidación o cuando la víctima haya sido anulada por cualquier causa su voluntad, se impondrá la pena de prisión de seis a doce años.”

La violación es una agresión sexual consistente en el acceso carnal. Para que se cumpla es necesario cumplir también los elementos anteriores que hemos analizado. Un ejemplo de violación sería el caso de que Francisco al conocer a Inés decidan irse juntos a la casa de Inés y entren en una relación amorosa y Francisco quiera mantener una relación sexual con ella. Inés niega su consentimiento pero Francisco finalmente la penetra por vía vaginal.

Esto a su vez tiene una variante más agravada, es decir, se va a castigar con mayor pena en el caso de que se emplee violencia o intimidación . Es decir, que Francisco ante la negativa de Inés la fuerza y ​​​​golpee para realizar la penetración.

También se castigaría con pena superior en el caso de que realice los actos con dos o más personas, emplee violencia extrema (exceso de golpes o armas), se trate de una víctima enferma o discapacitada, a través de suministro de drogas, mantenga alguna relación. . . . . de parentesco o la víctima se trata de su mujer, esposa o pareja.

Conclusión

Recapitulando un poco vemos que existe agresión sexual cuando se lleva a cabo un acto de naturaleza sexual contra otra persona sin su consentimiento . Además, en caso de existencia de violencia o intimidación será castigado con pena mayor. Para el caso en el que haya penetración de cualquier tipo dará lugar a la variante de violación y será castigado con penas mayores . Con esto respondemos al qué es una agresión sexual y los tipos de agresiones sexuales que podemos encontrarnos.

Además, hemos visto su regulación y penas para poder realizar una argumentación completa de cuando nos encontremos envueltos en un caso de esta índole. Tenemos todas las herramientas necesarias para desempeñar nuestro trabajo como buenos juristas.

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Autor

  • Jose Carlos González Fernández

    Mi nombre es José Carlos González Fernández, un defensor de la justicia con experiencia en el sector financiero como Gestor Comercial en BBVA. También contribuyo con R10 Abogados en Granada. Mi misión: hacer el derecho accesible para todos.

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