2 Ejemplos para conocer las Organizaciones Internacionales

Organizaciones Internacionales

Seguro que has oído hablar de las organizaciones internacionales. De hecho, te sonará la OMS, una figura mundialmente conocida durante la época del COVID-19 o, la OTAN, actualmente, debido al conflicto de Ucrania y Rusia.

Pero ¿sabes realmente qué son? ¿Conoces su clasificación y características? ¿Me podrías dar un ejemplo más allá de los anteriores? Tranquilo, si la respuesta es un “no”, no tienes más que ponerte a leer este post, que, sin duda, expandirá tu conocimiento.

Y si te gusta el Derecho Internacional Público, no te olvides de visitar: “Tratados Internacionales: Todo lo que Necesitas Saber (4 ejemplos reales)”.

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Las Claves para conocer las Organizaciones Internacionales con 2 ejemplos

¿Qué son las Organizaciones Internacionales?

Las organizaciones internacionales son entidades formadas por sujetos de Derecho Internacional público, Estados u otras organizaciones internacionales. Estas se constituyen a través de tratados celebrados entre Estados con el fin de obtener un fin común, relativo a la comunidad internacional.

Dentro del Derecho Internacional existen, por una parte, los Estados,  cuya competencia es total, y, por otra parte, las organizaciones internacionales, cuya competencia es derivada debido a que estas se crean a través de las primeras. Por ello se ha de decir:

  • Los Estados presentan competencias originales o naturales.
  • Las organizaciones internacionales presentan competencias funcionales o atribuidas por los Estados.

¿Cuál es su objetivo principal?

Su fin primordial es garantizar el mantenimiento de la paz, la mejora de las negociaciones entre Estados, lograr la existencia de un impacto económico y la unificación con el objetivo de cooperar mutuamente, entre otras. Deben presentar, como ya se ha mencionado, un objetivo común, pudiendo presentar diferentes ámbitos de estudio.

¿Cuáles son sus características?

Las organizaciones internacionales poseen una base interestatal y voluntaria caracterizada por la existencia de órganos permanentes con voluntad propia. Todas ellas pueden presentar los siguientes elementos:

  • Pluralidad de Estados soberanos e independientes
  • Relaciones políticas, económicas y culturales donde surgen conflictos que no pueden resolver los Estados
  • Conciencia de necesidad de medios y mecanismos que lleven a cabo y establezcan una regulación de las actividades colectivas entre los Estados.

Además de los anteriores, los caracteres esenciales que las diferencian de los otros sujetos de Derecho Internacional, es decir, de los Estados, son los siguientes:

  • Las organizaciones internacionales no tienen territorio ni población.
  • Las organizaciones internacionales solamente tienen un elemento constitutivo, los órganos a los que el tratado fundacional confía el ejercicio de las competencias.
  • La diferenciación jurídica existente entre las distintas organizaciones internacionales

¿Cómo se clasifican?

La clasificación de las organizaciones internacionales es la siguiente:

1. Por su composición:

  • Organizaciones universales: son aquellas cuyo ámbito está abierto a la participación de todos los Estados. Algunos ejemplos: la ONU o los organismos de las Naciones Unidas como UNICEF u OMS.
  • Organizaciones regionales: el ámbito de estas organizaciones internacionales está limitado a una región por razones geográficas, económicas, culturales, religiosas, entre otras. Esta región además puede ser un continente o una zona dentro de él. Algunos ejemplos son: la Unión Europea, la OTAN, la Organización de Estados Americanos (OEA), la Liga Árabe o la Unión Africana.

2. Por sus fines:

  • Organizaciones con fines generales: las actividades que se llevan en el seno de este tipo de organización corresponden a todos los ámbitos de la cooperación internacional. En algunos casos, se pueden apreciar limitaciones específicas, aunque, con carácter general, no existirán exclusiones, como es el caso de la ONU.
  • Organizaciones con fines específicos: las actividades desarrolladas presentan unos ámbitos determinados y definidos, cuya delimitación se reduce a asuntos concretos. Por ejemplo: UNESCO, educación, ciencia y cultura.

3. Por sus competencias:

  • Organizaciones de cooperación intergubernamental: son, en su gran mayoría, todas las organizaciones internacionales y sus resoluciones, aquellas con efectos jurídicos vinculantes, normalmente, son adoptadas por unanimidad y se orientan solamente a los Estados miembros.
  • Organizaciones de integración supranacional: el ejemplo más característico es la Unión Europa, a través de la cual se produce una transferencia de competencias por parte de los Estados Miembros. A diferencia de las anteriores, los efectos jurídicos vinculantes de sus resoluciones, adoptadas por la mayoría, pueden ser aplicables directamente a los particulares.

¿Cuáles son los órganos de cada organización?

Los Estados confieren a las organizaciones internacionales órganos propios, permanentes e independientes cuya finalidad es la obtención de objetivos de interés internacional y común.

La constitución de nuevos órganos se puede llevar a cabo:

  • A través de los órganos ya existentes por medio de un acto de Derecho derivado.
  • A través de los Estados miembros mediante un acuerdo internacional complementario a un tratado constitutivo.

Los órganos de las organizaciones internacionales se pueden clasificar según:

  • Su composición                   
  1. Órganos intergubernamentales: formados por representantes de los Estados Miembros.
  2. Órganos no gubernamentales: compuestos por personas independientes de los Estados que actúan por cuenta de la Organización.
  3. Órganos que representan a los sectores políticos, económicos y sociales de los países.
  • Su representatividad
  1. Órganos plenarios (representan a todos sus miembros) o Órganos restringidos (participan algunos de sus miembros)
  2. Órganos deliberantes (crean líneas generales de la política de la organización internacional) o Órganos de decisión (se toman decisiones normativas)
  3. Órganos administrativos: ejecutan las decisiones y administran la organización internacional
  4. Órganos de control jurídico, político o financiero
  5. Órganos consultivos: informan a la organización internacional en sectores determinados

¿Cuál es su personalidad jurídica?

Las organizaciones internacionales representan una personalidad jurídica propia distinta a la de aquellos Estados que la conforman. La personalidad jurídica se entiende como la capacidad de ejercer derechos y obligaciones en sistemas jurídicos nacionales e internacionales.

No obstante, esta personalidad jurídica no es plena, sino que precisa del cumplimiento del principio de especialidad por el que queda limitada a los objetivos y funciones otorgados a través del tratado constitutivo.

Entre las manifestaciones de la personalidad jurídica caben destacar los siguientes:

  • Derecho a exigir responsabilidad internacional
  • Derecho a constituir relaciones internacionales (ius legationis)
  • Derecho a celebrar tratados internacionales (ius tractarum)
  • Derecho a concurrir en los procesos de solución de conflictos internacionales

¿Cómo se forma la voluntad de las Organizaciones Internacionales?

La voluntad se refleja en los actos jurídicos que componen el derecho de la organización internacional, y puede apreciarse por:

  • Unanimidad: existen dos métodos, a su vez, que mitigan la dureza de este tipo de voluntad:
    • Método de disidencia: la decisión solo afectará a aquellos que hayan votado a favor.
    • Método de la abstención.
  • Mayoría: podrá ser simple (mitad más uno de los votos) o cualificada (2/3 de los votos normalmente o más importante).
  • Consenso: se considera como tal la adopción de una decisión dentro de los órganos de las organizaciones internacionales sin llevar a cabo una votación.

Una cuestión peliaguda: la soberanía de los Estados y las Organizaciones Internacionales

La problemática que subyace entre la soberanía de los Estados y las organizaciones internacionales reside, en mayor medida, en las organizaciones internacionales de integración.

La integración supone una transferencia de las competencias soberanas por parte del Estado hacia la organización internacional.

No obstante, tal transmisión tendrá como límite el respeto de la soberanía del Estado, sus estructuras constitucionales básicas y sistemas de valores y principios fundamentales de la Constitución de los Estados

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: La Organización Mundial de la Salud (OMS)

La OMS está gobernada por 195 Estados Miembros a través de la Asamblea Mundial de la Salud, compuesta por los representantes de cada uno de estos países

Está especializado en cuestiones relacionadas con la prevención, promoción e intervención a nivel internacional de la salud. Además, su Estatuto define la “salud” como: estado de completo bienestar físico mental y social.

Se trata de una agencia especializada de la ONU, aunque sus oficinas regionales presentan una gran autonomía. Existen 6 oficinas:

  • Oficina Regional para África
  • Oficina Regional para el Mar Mediterráneo
  • Oficina Regional para Europa
  • Oficina Regional para Asia Sur-Oriental
  • Oficina Regional para el Pacífico Occidental
  • Oficina Regional para las Américas

Se trata de una organización internacional universal a pesar de contar con oficinas regionales, con fines específicos (la salud) y de cooperación intergubernamental.

Ejemplo 2: Unión Europea

Está compuesta por 27 Estados Miembros y tuvo su origen en la CECA, Euratom y CEE, que se unificaron dando lugar a la Unión Europa a través del Tratado de la Unión Europea. Con el Tratado de Lisboa, la Unión Europea sucedió completamente a la Comunidad Europea y asumió su personalidad jurídica única como sujeto de Derecho Internacional.

El funcionamiento de la Unión Europea tiene lugar por medio de 7 instituciones:

  • Parlamento Europeo,
  • Consejo Europeo, 
  • Consejo, 
  • Comisión Europea,
  • Tribunal de Justicia de la Unión Europea,
  • Tribunal de Cuentas
  • Banco Central Europeo.

Además, la Unión Europea cuenta también con otros órganos, instancias y organismos de funciones y atribuciones diversas.

Por todo ello, cabe incluir a la Unión Europea dentro de las organizaciones internacionales de integración por su transferencia de competencias, de carácter regional pues se enmarca dentro del continente europeo y con fines generales.

Conclusiones

¡Enhorabuena por haber llegado hasta aquí!

Muchas gracias por haberme hecho partícipe de tu aprendizaje. Ahora ya conoces un tema esencial del Derecho Internacional Público, las organizaciones internacionales.

En concreto, has aprendido qué son, sus características, su personalidad jurídica y su amplia clasificación.

Además, con los ejemplos has podido reconocer como organizaciones internacionales, órganos de gran importancia que nombran las televisiones a diario. ¡Seguro que ya no te pilla por sorpresa!

Si te parece interesante esta parte del Derecho, pásate por nuestro post: “Descubriendo la inmunidad diplomática”.

¡Espero que hayas disfrutado! ¡Nos vemos pronto!

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Author

  • Laura Garcia Pascual

    Estudiante del Máster de Abogacía y de Derecho Penal Internacional y escritora. Mi objetivo es transmitir los conocimientos más esenciales del Derecho y facilitarte su comprensión.

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