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ToggleEl Plan de Igualdad: Aspectos Clave & Ejemplos.
¿Qué es un plan de igualdad? ¿Es obligatorio para todas las empresas? ¿Cuál es su contenido?
Desde el 8 de marzo de 2022, las empresas con más de 50 empleados deben implementar un Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO), conforme a lo que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para asegurar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Hoy en día, el Plan de Igualdad representa la principal herramienta para promover la igualdad en el ámbito laboral, surgiendo como una respuesta a la histórica discriminación y desventaja que han sufrido las mujeres.
Por todo ello, en este artículo vamos a desarrollar y explicar en profundidad que es un Plan de Igualdad, para que comprendas todos sus entresijos.
¡Sigue leyendo!
¿QUIERES ENTENDER EL PLAN DE IGUALDAD?
En Legal Prime, te explicamos los aspectos clave del Plan de Igualdad, su importancia en las empresas y cómo debe implementarse. Con ejemplos prácticos, aprenderás a comprender este derecho laboral esencial. ¡Empieza gratis hoy mismo y mejora tus conocimientos sobre igualdad laboral!
¿Qué es un Plan de Igualdad?
El Plan de Igualdad es un conjunto de acciones diseñadas para asegurar que mujeres y hombres reciban el mismo trato y oportunidades en la empresa, así como para eliminar cualquier situación discriminatoria por motivos de género.
Este plan debe ser impulsado por la empresa, que debe elaborar un análisis y diagnóstico con la colaboración de una Comisión Negociadora, integrada por la representación legal de los trabajadores.
En caso de que la empresa no forme esta comisión negociadora, la representación legal de los trabajadores podrá solicitar formalmente su creación por escrito.
¿Cuál es el contenido mínimo que debe incluir el Plan de Igualdad?
Todo Plan de Igualdad debe incluir, como mínimo, los siguientes elementos:
- Las partes que lo acuerdan y su ámbito personal, territorial y temporal.
- Un informe sobre el diagnóstico de la situación en la empresa.
- Los resultados de la auditoría retributiva, así como su vigencia y periodicidad.
- La definición de los objetivos, tanto cualitativos como cuantitativos.
- La identificación de medidas concretas, con plazos de ejecución, priorización y los indicadores necesarios para evaluar su evolución.
- Los medios y recursos, tanto materiales como humanos, necesarios para implementar, supervisar y evaluar las medidas del plan.
- Un calendario de acciones para la implementación, seguimiento y evaluación, y la composición de la comisión encargada de estas tareas.
- Un procedimiento para modificar el plan, incluyendo la resolución de posibles discrepancias en su aplicación.
Además, se pueden añadir medidas sobre violencia de género, lenguaje y comunicación no sexista, así como trabajo a distancia y teletrabajo, entre otras.
¿Cómo se lleva a cabo la implantación de un Plan de Igualdad?
A grandes rasgos, se puede dividir en 6 fases:
- Realización de un diagnóstico.
- Elaboración del Plan de Igualdad.
- Implantación del Plan de Igualdad y su aplicación real en la empresa.
- Seguimiento del Plan de Igualdad.
- Evaluación del impacto del Plan de Igualdad.
- Finalmente, una vez evaluado, se realizará una revisión y, en su caso, una modificación del Plan de Igualdad.
¿Quiénes pueden negociar un Plan de Igualdad?
La comisión negociadora, que debe ser paritaria, está formada tanto por la parte de lo social como por la parte empresarial.
Es importante que exista un equilibrio entre mujeres y hombres en la composición de la comisión, y que los miembros tengan formación o experiencia en temas laborales.
Por un lado, en la PARTE SOCIAL, distinguimos dos tipos:
Con representación legal de los trabajadores.
- Comité intercentros. Siempre que esté establecido en el convenio colectivo y tenga esa competencia.
- Comité de empresa.
- Secciones sindicales. Estas secciones tienen preferencia para negociar el Plan de Igualdad si así lo acuerdan.
Si hay varios centros de trabajo y el comité intercentros no tiene competencia, los órganos de representación legal de los trabajadores de cada centro formarán la comisión.
Sin representación legal de los trabajadores:
En este caso, la legitimación para negociar corresponde a los sindicatos más representativos o los que tengan legitimación negociadora en el sector de la empresa.
Estos sindicatos serán designados según su representatividad.
Por ello, en este supuesto, la comisión negociadora estará formada por un máximo de seis miembros por cada parte.
Si existen centros con representantes y otros sin ellos, la comisión estará compuesta por los representantes de los trabajadores de los centros con representación y por los sindicatos en los centros sin ella.
Igualmente, la comisión negociadora en este caso podrá contar con un máximo de trece miembros por cada parte.
Por otro lado, por la PARTE EMPRESARIAL, el encargado de negociar será el empresario, su representante o las personas delegadas por él.
Estos deben tener competencias en recursos humanos y capacidad de decisión, para asegurar que las medidas negociadas sean viables y eficaces.
Ambas partes pueden contar con asesores externos especializados, quienes tendrán voz, pero no voto en las negociaciones.
¿Cómo se desarrolla el proceso de negociación del Plan de Igualdad?
El proceso de negociación está sujeto a la obligación de negociar de buena fe tanto por parte social como empresarial.
En cualquier momento durante las negociaciones las partes pueden recurrir a los mecanismos de resolución autónoma de conflictos para resolver diferencias o conflictos que surjan, con la intervención previa de la comisión paritaria del convenio, si así lo establece el mismo.
Los acuerdos alcanzados deben contar con la mayoría de la parte social y con la conformidad de la parte empresarial.
Cada sesión de negociación debe ser registrada en un acta que sea aprobada y firmada por ambas partes.
El acuerdo final sobre el plan de igualdad se formaliza por escrito y debe ser firmado por ambas partes involucradas.
¿Cuál es la duración del Plan de Igualdad?
La duración del plan de igualdad será la establecida por las partes negociadoras, sin que pueda exceder los 4 años.
Durante este periodo, se debe llevar a cabo el seguimiento y la evaluación previstos en el plan, realizándose al menos dos evaluaciones: una intermedia y una final.
Además, el plan debe ser revisado, incluyendo el diagnóstico, en cualquier momento para añadir, modificar, mejorar, corregir o eliminar medidas.
Esta revisión será obligatoria si el contenido del plan no cumple con los requisitos legales o si así lo indica la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o una resolución judicial.
¿Qué ventajas tiene el Plan de Igualdad?
Aunque no sea legalmente obligatorio para todas las empresas implementar un plan de igualdad, existen diversas razones por las cuales puede resultar beneficioso para ellas.
Además de ser un factor clave para mejorar la imagen de la empresa, tanto internamente como externamente, al posicionarse como socialmente responsable, jurídicamente la empresa debe considerar lo siguiente:
- Las empresas que estén obligadas a contar con un plan de igualdad, ya sea por ley o por convenio, no podrán beneficiarse de bonificaciones en la contratación si no lo tienen implantado. Este requisito se cumple con la inscripción en el registro público.
- Las empresas con 50 o más trabajadores que no dispongan de un plan de igualdad no podrán contratar con la Administración ni con entidades del sector público.
- Las empresas que se destaquen por la implementación de políticas de igualdad de trato y oportunidades en sus condiciones laborales, modelos organizativos y otros aspectos como productos, servicios o publicidad, pueden obtener el distintivo “Igualdad en la Empresa”.
- Para las entidades cuyo foco principal sea la investigación, el desarrollo experimental, la transferencia de conocimiento y/o la innovación, se ha creado el “Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I”, que reconoce a las empresas que demuestren un alto nivel de excelencia en cuanto a igualdad de género.
Ejemplos prácticos.
Ejemplo 1: Plan de Igualdad y representación sindical.
GlobalTech S.A., una empresa tecnológica con 120 empleados, tiene una representación sindical activa.
La empresa decide implementar un Plan de Igualdad debido a su compromiso con la igualdad de género.
Tras realizar un diagnóstico de la situación laboral, se identifican brechas de género en el acceso a cargos de liderazgo y en la retribución de algunos puestos.
¿Cómo se desarrolla el proceso?
La comisión negociadora, formada por cinco representantes sindicales y cinco de la empresa, establece medidas concretas.
Se acuerda crear un programa de formación en liderazgo para mujeres, asegurar la igualdad salarial mediante auditorías anuales, y aplicar políticas de conciliación familiar y laboral.
Además, se establece un proceso de selección basado en méritos y sin sesgos de género.
Después de la implementación, la empresa recibió el distintivo “Igualdad en la Empresa” por su esfuerzo en promover la igualdad de género.
Ejemplo 2: Plan de Igualdad en una PYME.
Comercial Jara S.L., una pequeña empresa de 45 empleados en el sector de comercio, no cuenta con representación sindical.
Sin embargo, la dirección decide implementar un Plan de Igualdad por iniciativa propia, al percatarse de que sus trabajadoras enfrentan dificultades para acceder a puestos de responsabilidad y balancear su vida laboral y personal.
¿Cómo se desarrolla?
La empresa se asocia con un sindicato representativo del sector para crear una comisión negociadora.
Se establece un plan que incluye medidas como la implementación de horarios flexibles, una política de permisos por maternidad y paternidad igualitarios, y la creación de un sistema transparente de promoción basado en méritos.
Tras un año de implementación, la empresa observó un aumento en la satisfacción laboral, especialmente entre las mujeres, quienes ahora tienen más oportunidades de promoción.
La empresa también recibió reconocimiento por su compromiso con la igualdad en el ámbito laboral.
Conclusiones.
El Plan de Igualdad en España es una herramienta fundamental para promover la igualdad de género en el ámbito laboral.
Obliga a las empresas a adoptar medidas específicas para erradicar la discriminación y garantizar la equidad.
Su implementación beneficia tanto a las trabajadoras como a las empresas, mejorando el ambiente laboral y fomentando una cultura organizacional inclusiva.
Además, el cumplimiento de estas medidas permite acceder a beneficios legales y sociales, como bonificaciones o distinciones de igualdad.
Espero que te haya gustado este artículo sobre el Plan de Igualdad y te haya ayudado a comprender de forma más sencilla esta figura tan relevante en Derecho Laboral.
¡Nos vemos en el siguiente!
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Abogada especializada en Derecho civil, mi propósito es transmitir el Derecho al ciudadano de a pie
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