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Procedimiento Administrativo Común: ¿Qué es y Cómo Funciona?

Procedimiento Administrativo Común

¿Te has sentido abrumado alguna vez por la complejidad del Derecho Administrativo y, en particular, por el enigmático Procedimiento Administrativo Común? Si la respuesta es sí, no estás solo. Muchos estudiantes de Derecho se enfrentan al desafío de comprender este proceso crucial y, como resultado, algunos llegan hasta suspender por no comprender este tema tan crucial.

Por esa razón, en este artículo vamos a desvelar los secretos del Procedimiento Administrativo Común y proporcionarte las herramientas necesarias para dominarlo. Te ofreceremos ejemplos prácticos que te permitirán comprender de manera clara y sencilla cómo se llevan a cabo los trámites administrativos en el ámbito del Derecho.

Además, como valor añadido, si consideras que el derecho administrativo es muy difícil para ti, no te preocupes, mira este artículo donde aprenderás cómo estudiar cualquier asignatura de derecho, incluso si eres un mal estudiante.

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El Procedimiento Administrativo Común: Todo lo que un Estudiante de Derecho Necesita Saber

¿Qué es el Procedimiento Administrativo Común? Ley 39/2015 al Descubierto

El Procedimiento Administrativo Común es el conjunto de normas y reglas que regulan la actuación de las administraciones públicas en sus relaciones con los ciudadanos y empresas. Es un proceso legal que garantiza la transparencia, la igualdad y el respeto de los derechos de los ciudadanos en sus trámites administrativos.

Para ejemplificar esto, consideremos el caso de Juan, un empresario al que se le concede una licencia para construir un parque temático en Barcelona. Imagina todos los trámites necesarios para obtener esa licencia forman parte del procedimiento administrativo. Sin embargo, ¿por qué es tan importante este procedimiento en el Derecho Administrativo? ¿Es crucial entender esto?

El procedimiento administrativo desempeña diversas funciones y garantiza derechos para los ciudadanos, como Juan. En primer lugar, delimita las facultades de la Administración, evitando decisiones arbitrarias y asegurando que se someta al ordenamiento jurídico. Además, permite la participación de los interesados, como Juan, en las acciones de interés público, brindándoles la oportunidad de presentar alegaciones y reclamaciones.

Por otra parte, el procedimiento administrativo también facilita el control posterior de las decisiones administrativas a través de recursos administrativos y contencioso-administrativos. De esta manera, se garantiza la transparencia y se protegen los derechos de los ciudadanos.

Ahora bien, ¿dónde se encuentra regulado este procedimiento? La Constitución Española establece la reserva de ley con relación a la regulación del procedimiento administrativo común, y la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas es la normativa actual que lo regula. Esta ley se aplica a todas las Administraciones públicas y a todo tipo de acciones, aunque pueden existir particularidades y procedimientos especiales en algunas áreas, como el ámbito tributario.

¿Sabéis cómo se manifiestan los actos de la administración? Pues toda licencia, concesión, o cosa que haga se denomina acto administrativo, por lo que si no quieres perderte de nuestro último artículo en el que te explicamos los actos administrativos con ejemplos prácticos.

Los principios generales del Procedimiento Administrativo Común

Ahora, pasemos a los principios generales que fundamentan el procedimiento administrativo. Estos principios son esenciales para comprender su funcionamiento y aplicación, dado que todo procedimiento se basa en ellos, siendo los siguientes:

  • Principio de contradicción: Este principio es de gran importancia y esencial para el procedimiento. Implica la posibilidad de que se defiendan distintos intereses y sean confrontados antes de tomar una decisión definitiva. En el caso de Julián, se contraponen su interés particular como empresario y el interés público defendido por la Administración.
  • Principio de economía procesal: Este principio busca ejecutar los trámites de manera rápida y eficiente, realizando aquellos que puedan llevarse a cabo conjuntamente en un mismo acto o acumulándolos. Aunque en la práctica no siempre se cumple de forma óptima, su objetivo es agilizar el proceso.
  • Principio in dubio pro actione: Este principio busca garantizar que el procedimiento continúe y se tome una decisión sobre el fondo del asunto. Todos los requisitos y trámites intermedios tienen como objetivo asegurar que se llegue a una resolución definitiva.
  • Principio de imparcialidad: Aunque este principio está relativizado en el procedimiento administrativo, evita que la Administración caiga en conflictos de intereses y garantiza cierta objetividad en la toma de decisiones.
  • Principio de gratuidad: El procedimiento administrativo no implica gastos adicionales para los ciudadanos, salvo los relacionados con las pruebas propuestas por el interesado, dado que no es necesario procurador y abogado en la mayoría de las ocasiones, por ejemplo.

Para ejemplificar como se aplican estos principios, imaginemos el caso de Julián, un talentoso artista urbano, que decidió solicitar una licencia a las autoridades locales para pintar un muro y compartir su arte con la comunidad.

Sin embargo, al presentar su propuesta, Julián se encontró con distintos intereses en juego, lo que puso en marcha el principio de contradicción del procedimiento administrativo. Por un lado, estaba su interés personal como artista, ansioso por embellecer la ciudad. Por otro lado, había preocupaciones sobre la alteración del paisaje urbano, siendo confrontados y debatidos ambos intereses antes de tomar una decisión definitiva.

Conscientes de la importancia de agilizar el proceso, las autoridades se esforzaron por aplicar el principio de economía procesal. Convocaron a un comité de evaluación que incluía representantes de diversos departamentos y expertos en arte urbano. Todos trabajaron en conjunto, llevando a cabo evaluaciones simultáneas y evitando la duplicación de esfuerzos.

A medida que se desarrollaba el proceso, surgieron dudas sobre si el mural propuesto cumplía con ciertos criterios establecidos. Aquí es donde entró en juego el principio in dubio pro actione. Para asegurar que se tomara una decisión fundamentada y justa, se recopilaron pruebas adicionales. Se solicitaron opiniones de expertos en arte, se llevaron a cabo encuestas públicas y se recogieron comentarios de los ciudadanos. Todos estos elementos fueron considerados para llegar a una resolución definitiva.

La imparcialidad fue otro principio fundamental que se mantuvo presente durante todo el procedimiento. Se formó un comité de evaluación imparcial, compuesto por funcionarios y expertos externos, que revisaron detenidamente la propuesta de Julián. Se aseguraron de que las decisiones se tomaran sin ningún conflicto de intereses y con una mirada objetiva hacia el proyecto artístico.

Un aspecto destacado del procedimiento administrativo en este caso fue la gratuidad. Julián no tuvo que incurrir en gastos adicionales para participar en el proceso. No fue necesario contratar abogados ni procuradores, lo que facilitó su acceso y participación directa en todo el procedimiento.

Finalmente, después de evaluar todos los elementos y considerar los principios del procedimiento administrativo, las autoridades locales tomaron una decisión. Reconociendo el valor artístico y la contribución potencial de Julián al embellecimiento de la ciudad, se le otorgó la licencia para llevar a cabo su mural urbano.

Las partes del Procedimiento Administrativo: La figura del Interesado

Todo procedimiento administrativo la implica la participación de dos sujetos principales: el sujeto activo y el sujeto pasivo. El sujeto activo es siempre la Administración pública competente para el acto en cuestión. Por ejemplo, si consideramos el caso de Julián, un artista urbano que busca obtener una licencia del ayuntamiento de Barcelona, este sería el sujeto activo en su procedimiento.

El sujeto pasivo, por otro lado, se refiere a los interesados, es decir, los ciudadanos que intervienen en el procedimiento. Julián, como solicitante de la licencia, es considerado un interesado. Sin embargo, es importante destacar que también puede haber otros interesados en el mismo procedimiento. Además, debemos tener en cuenta que existen casos en los que el sujeto pasivo puede ser otra administración en procedimientos entre administraciones.

En este artículo, nos enfocaremos en un procedimiento administrativo común entre una Administración y un interesado ciudadano, como el caso de Julián.

Requisitos para ser considerado “Interesado”

Es natural preguntarse qué se necesita para ser considerado un “interesado” en un procedimiento administrativo común. ¿Qué distingue a Julián y le permite ser parte de este proceso? Para ser un interesado en un procedimiento administrativo, es necesario cumplir una serie de requisitos. Veamos los más relevantes:

1. Capacidad jurídica y capacidad de obrar

El primer requisito es tener capacidad jurídica, es decir, tener la capacidad de ser titular de un derecho. Además, es necesario contar con capacidad de obrar, es decir, tener la capacidad de ejercer ese derecho. En el Derecho administrativo, la capacidad de obrar se amplía según el artículo 3 de la Ley 39/2015, que establece que tendrán capacidad de obrar:

  • Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar, como en el caso de Julián, el solicitante de la licencia.
  • Los menores de edad para el ejercicio y defensa de los derechos e intereses permitidos por la ley sin la asistencia de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o curatela.
  • Grupos de afectados, uniones, entidades sin personalidad jurídica y patrimonios independientes o autónomos.

2. Legitimación

El segundo requisito es la legitimación, que implica tener una relación con el contenido del procedimiento, excepto en casos tasados de acción popular. Según el artículo 4 de la Ley 39/2015, están legitimados:

  • Aquellos que promueven el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. En el caso de Julián, se considera un interesado debido a su interés legítimo individual en obtener la licencia.
  • Aquellos que, sin haber iniciado el procedimiento, tienen derechos que podrían verse afectados por la decisión que se tome en el mismo. Por ejemplo, si un parque temático restringe el acceso a una propiedad vecina, el propietario de esa finca sería un interesado debido al posible impacto en su propiedad.
  • Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, podrían verse afectados por la resolución y decidan personarse en el procedimiento hasta que se emita una resolución definitiva. Siendo necesario además que la aplicación de las normas les cause perjuicio o beneficio relacionado con esas normas. Por ejemplo, las asociaciones de vecinos que representan a residentes de una zona cercana al lugar propuesto para un parque temático podrían tener intereses legítimos colectivos y presentarse, e incluso recurrir ante los tribunales.

Representación en el Procedimiento Administrativo Común

Además de cumplir con los requisitos anteriores, otro aspecto relevante para ser considerado interesado es la representación, regulada en el artículo 5 de la Ley 39/2015. Aunque no es obligatorio, se permite actuar mediante representante, lo que significa que Julián no necesita estar acompañado por un abogado y procurador para interactuar con la Administración.

Cualquier persona con capacidad de obrar puede actuar como representante de otra persona ante la Administración, sin necesidad de cualificaciones profesionales específicas. Esto significa que Julián no necesita nombrar a un procurador como su representante, podría ser su madre si tiene capacidad de obrar.

En muchos casos, no es necesario presentar pruebas de la representación, ya que se presume para los actos y gestiones de trámite simple. Por ejemplo, la madre de Julián no necesita demostrar que es su representante para pagar una tasa. Sin embargo, en trámites más específicos, como presentar solicitudes, declaraciones responsables, interponer recursos o renunciar a derechos en nombre de Julián, su madre deberá acreditar la representación mediante un medio válido en derecho, como un documento firmado por él o una declaración en comparecencia personal o electrónica.

Si la acreditación de la representación es insuficiente o no se presenta inicialmente, no impide que los actos realizados por la madre de Julián sean válidos. Sin embargo, se requerirá la presentación o subsanación de la acreditación dentro de un plazo de diez días, o un plazo mayor si las circunstancias así lo requieren.

Los Derechos de los Interesados en el Procedimiento Administrativo Común

Ahora que hemos visto los requisitos para ser considerado interesado en un procedimiento administrativo, es importante comprender los derechos que esto conlleva. Según el artículo 53.1 de la Ley 39/2015, Julián, como interesado, tiene varios derechos, como:

  • Conocer y consultar la información sobre la tramitación del procedimiento.
  • No presentar documentos originales ni aquellos que no sean exigidos por las normas aplicables.
  • Formular alegaciones y aportar documentos en defensa de sus derechos e intereses.

Además de estos derechos específicos, el artículo menciona que los interesados también tienen derecho a otros reconocidos por la Constitución y las leyes. Asimismo, el artículo 13 de la Ley 39/2015 reconoce a las personas con capacidad de obrar el derecho a utilizar otras lenguas oficiales, ser asistidos en el uso de medios electrónicos y ser tratados con respeto y deferencia por parte de la Administración. También deja abierta la posibilidad de que se reconozcan más derechos a los interesados en la Constitución y las leyes.

Relacionándolo con el ejemplo de Julián, imaginamos que el funcionario le deniega la licencia porque le dice que tiene que presentar un documento original, pues él puede alegar lo que a su derecho le convenga.

Fases del Procedimiento Administrativo Común

El Procedimiento Administrativo Común consta de varias fases que se deben seguir de manera secuencial. A continuación, detallamos cada una de ellas:

1. Iniciación del procedimiento

En esta fase, el interesado presenta una solicitud o instancia para dar inicio al procedimiento administrativo. Es importante seguir las indicaciones y requisitos establecidos para evitar rechazos o demoras en el trámite.

Como ejemplo práctico, supongamos que María desea solicitar una licencia para abrir un negocio en su localidad. Para ello, acude al ayuntamiento y presenta una instancia con todos los documentos requeridos, como el formulario de solicitud y los planos del local.

2. Ordenación e instrucción

En esta etapa, la administración realiza una revisión de la solicitud y los documentos adjuntos en la mayoría de los casos. Además, puede solicitar información adicional o realizar investigaciones para verificar la veracidad de la solicitud.

Siguiendo con el ejemplo de Maria, imaginemos que el funcionario encargado de la licencia revisa detenidamente los documentos y realiza una inspección en el local propuesto. También se comunica con otras dependencias municipales para recabar información relevante.

Durante la instrucción, existen trámites importantes que no siempre se dan, siendo los siguientes:

  1. Alegaciones: El ejemplo de María es este trámite.
  2. Prueba: La administración decide su apertura, salvo que considere falsos los hechos alegados, teniendo entre 10 y 30 días para que se aporte todo tipo de pruebas.
  3. Informes: Cuando se pide a la secretaría o a una institución que te miren el impacto medioambiental del parque o de una autovía.
  4. Participación de los interesados: Antes de enviar la propuesta de la resolución, la administración puede dar pue a los interesados para entre 10 y 15 días aleguen y justifiquen lo que consideren oportuno, siendo una forma especial la información pública, que es cuando publican el expediente para que cualquiera alegar.

3. Finalización del procedimiento

En esta fase, la administración emite una resolución que resuelve la solicitud presentada. Puede ser una resolución favorable o desfavorable, dependiendo de los criterios y requisitos establecidos por la ley.

Finalizando con el ejemplo, después de evaluar los informes y la documentación presentada por María, el ayuntamiento emite una resolución favorable, concediendo la licencia para abrir su negocio.

En el caso de Maria, nos encontramos ante una terminación normal, dado que ha finalizado el procedimiento mediante una resolución. Sin embargo, no siempre es así, dando lugar a los distintos modos de terminación anormal:

  • Desistimiento: La administración da por finalizado el procedimiento, en baso a lo estipulado en las leyes.
  • Renuncia: Julián decide que ya no tiene interés y abandona el procedimiento.
  • Caducidad: Esto pasa cuando la administración te avisa y se te pasa el plazo, siendo en el caso de la administración por general 3 meses.
  • Imposibilidad material por causa sobrevenida: Es decir, que haya una situación física que lo impida, como la destrucción del muro o la asolación del terreno.

¿Qué pasa si no estamos de acuerdo con la resolución? Pues tenemos los recursos administrativos como el del alzado o reposición, pero para poder ir a los tribunales debes agotar la vía administrativa, por lo que si quieres saber que actos agotan la vía administrativa, mira este artículo.

Conclusión

En resumen, el Procedimiento Administrativo Común es un pilar fundamental del Derecho Administrativo. A través de este artículo, hemos explorado sus conceptos básicos, sus fases principales y sus partes implicadas. Por tanto, te acabas de convertir en un experto en la materia en menos de 10 min.

Por último, si no quieres pasar horas y horas sin aprender nada, te recomiendo que te suscribas al canal de Derecho Virtual, donde aprenderás tanto este tipo de contenidos como consejos para que destaques en tu paso por el mundo jurídico.

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Autor

  • José María Nuñez

    Estudiante del Máster de la Abogacía de Cáceres con una pasión por el Derecho Mercantil. Apasionado por hacer el derecho más accesible para todos

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