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El Recurso de Alzada【Esquema, Modelos y Ejemplos】

Recurso de Alzada

En el complicado mundo del derecho administrativo, el recurso de alzada es una de la principales y cruciales herramientas que se tiene para quienes buscan impugnar decisiones y actos administrativos ante la propia Administración Pública.

Si eres estudiante de derecho y te encuentras explorando cómo afrontar este recurso con éxito, ¡has llegado al lugar indicado!

En este artículo, te proporcionaremos un esquema claro y conciso del recurso de alzada, desglosando cada elemento del mismo, para que no te pierdas. Desde los requisitos fundamentales para su interposición hasta los plazos. Además, te ofreceremos modelos prácticos y ejemplos de escritos que podrás utilizar como guía para la redacción de tu propio recurso de alzada.

El recurso de alzada es una vía de impugnación que permite a los ciudadanos o interesados presentar una reclamación contra los actos de la Administración, solicitando su revisión y reconsideración por una autoridad jerárquicamente superior.

Este procedimiento ofrece una oportunidad para corregir posibles errores o injusticias que puedan haber surgido en la actuación administrativa, y en muchos casos es necesario para poder llegar al contencioso administrativo.

Nuestra intención es brindarte una comprensión sólida y práctica de este recurso, resaltando su relevancia y aplicabilidad en diversas situaciones.

Te guiaremos a través de los aspectos clave que debes considerar al presentar este recurso, asegurándonos de que estés preparado para enfrentar cualquier obstáculo que puedas encontrar.

Si quieres saberlo todo sobre este tipo de recurso, no te vayas y sigues leyendo. ¡Prepárate para convertirte en un experto en la presentación de recursos de alzada y defender con éxito tus derechos ante la Administración Pública!

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Esquema

Este tipo de recurso es de carácter preceptivo (obligatorio para poder recurrir después ante los órganos judiciales de la jurisdicción contencioso-administrativa). Forma parte del procedimiento administrativo común que se encuentra regulado en la LPACAP. Además de este recurso, hay otros recursos que si quieres saberlo, puedes ver nuestro articulo donde introducimos los recursos administrativos en general.

Una vez que se ha resuelto este recurso ya no es posible interponer ningún recurso administrativo ordinario más (únicamente, en su caso, si se dan los requisitos legales, cabrá recurso extraordinario de revisión, arts. 113, 125 ss. LPACAP).

Solo se puede acudir ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa (arts. 114.1 a y 122.3 LPACAP).

OBJETO:

Resoluciones y actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos (art. 112.1 LPACAP) – cuando no pongan fin a la vía administrativa (art. 121 LPACAP).

Un acto pone fin a la vía administrativa en los supuestos previstos por las Leyes, aunque tenemos un artículo específico sobre ello, te dejamos un resumen de donde lo puedes encontrar:

Supuestos generales: art. 114.1 LPACAP

Supuestos específicos:

  • AGE: art. 114.2 LPACAP
  • En el caso de la administración autonómica: Artículos específicos en las leyes de gobierno y administración de las CCAA.
  • Administración local: art. 52.2 LBRL
  • Normas de creación de otros entes

Por esta vía no podemos realizarlo las normas reglamentarias (disposiciones administrativas de carácter general). Este tipo normas se impugnan directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa (art. 112.3 LPACAP).

Aunque sí caben recursos administrativos contra actos administrativos que se funden únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general (art. 112.3 2º párr. LPACAP). A esto se le denomina recurso administrativo indirecto contra reglamentos.

LEGITIMACIÓN:

Interesados que sean titulares de derechos o intereses legítimos (art. 4 LPACAP). La interpretación del interés legítimo debe realizarse de forma amplia en la medida en que el recurso de alzada limita el acceso a la jurisdicción contencioso-administrativa.

PLAZOS PARA INTERPONER EL RECURSO (art. 122 LPACAP):

  • Recurso contra acto expreso, aquel acto donde la Administración comunica el acto de forma expresa, por escrito: Es 1 mes
  • Recurso contra acto presunto, son aquellos actos donde la Administración no resuelve en el plazo que debía el procedimiento administrativo son 3 meses de forma supletoria según el art. 21.3 LPACAP– y se interpreta que hay un acto presunto recurrible) – en cualquier momento cabe interponer recurso de alzada desde que se produzca el silencio (art. 122.2 LPACAP).

Si transcurren estos plazos sin que se interponga el recurso, se entiende que el acto ha devenido firme.

ÓRGANO COMPETENTE:

El órgano superior jerárquico del que dictó el objeto impugnado o el órgano que determine la legislación aplicable (art. 121.1 LPACAP).

PLAZO PARA RESOLVER EL RECURSO:

El plazo para resolver y notificar el recurso es de 3 meses (art. 122.3 LPACAP). En el caso de que transcurra el recurso sin que se resuelva, se entenderá desestimado por silencio negativo.


Modelos


Recurso de alzada contra un acto administrativo en materia de subvenciones. Obligados al reintegro.

La empresa “Innovatech Solutions” es una startup dedicada al desarrollo de tecnología sostenible que ha sido beneficiaria de una subvención para la investigación y desarrollo de un nuevo producto ecológico.

Sin embargo, la Administración ha dictado una resolución ordenando el reintegro de la subvención otorgada alegando supuestas irregularidades en la justificación de gastos.

La empresa considera que la resolución no es conforme a derecho y, por tanto, su representante legal, María López, decide presentar un recurso de alzada para impugnar la decisión y defender el derecho de la empresa a mantener la subvención otorgada.

Con el siguiente recurso de alzada:

Dña. María López, con D.N.I. número 12345678X, en representación legal de la empresa “Innovatech Solutions” con CIF A12345678, según acredito mediante escritura de representación, con domicilio a efectos de notificaciones en Calle Innovación 123, Ciudad Innovadora.

Correo electrónico [email protected] a efectos de notificaciones, ante la Administración competente, comparezco y como mejor proceda en Derecho expongo:

I.- Que mediante Resolución de la Administración competente de fecha 10 de mayo de 2023, se otorgó a la empresa “Innovatech Solutions” una subvención por importe de 50,000 euros para la realización del proyecto de investigación y desarrollo de un nuevo producto ecológico.

II.- Que, sin embargo, mediante Resolución de la misma Administración de fecha 25 de septiembre de 2023, se ha dictado el acto administrativo de reintegro de la mencionada subvención, alegando supuestas irregularidades en la justificación de los gastos del proyecto.

III.- Que la empresa “Innovatech Solutions” considera que dicho acto administrativo no es ajustado a Derecho y vulnera sus derechos como beneficiaria de la subvención.

IV. Que mediante dicho escrito vengo a interponer RECURSO DE ALZADA contra la misma, al amparo de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se cumple los requisitos formales de plazo y la legitimación según el artículo 4 de la misma ley.

El recurso se fundamenta en las siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero.- La empresa “Innovatech Solutions” ha cumplido con todas las obligaciones y requisitos establecidos en las bases de la convocatoria de la subvención.

Presentando una justificación detallada y documentada de los gastos realizados en el proyecto de investigación y desarrollo.

Segundo.- La Resolución de reintegro carece de fundamentación suficiente y no ha sido debidamente motivada, vulnerando el derecho de la empresa a conocer las razones específicas de dicha decisión.

Tercero.- No se ha concedido a la empresa “Innovatech Solutions” el derecho a aportar alegaciones o pruebas adicionales antes de dictar la Resolución de reintegro, vulnerando así el derecho de defensa.

SOLICITO: Que tenga por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan y en su virtud por interpuesto recurso de alzada frente a la Resolución de reintegro.

Tras los trámites oportunos, estime el mismo, dejando sin efecto la Resolución de reintegro y confirmando el derecho de la empresa “Innovatech Solutions” a mantener la subvención otorgada.

OTROSÍ DIGO: Que asimismo vengo a solicitar la suspensión de la ejecución de la Resolución de reintegro, ya que su cumplimiento podría causar daños irreparables a la empresa y al proyecto de investigación en curso.

En Ciudad Innovadora, a 1 de octubre de 2023.

Fdo.: María López (Representante Legal de Innovatech Solutions)


Recurso administrativo de alzada por una sanción por beber en vía pública

Laura es una joven estudiante universitaria que reside en la ciudad de Nueva Numancia. Un día, mientras celebraba su cumpleaños con un grupo de amigos, fue sancionada por la Policía Local por beber en la vía pública.

Laura considera que la sanción es injusta, ya que estaban bebiendo coca cola y no ningún tipo de bebida alcohólica. Por ello, decide interponer un recurso administrativo de alzada contra la resolución de la sanción. Siendo el modelo el siguiente.

Dña. Laura Gómez Rodríguez, con DNI 12345678A, actuando en su propio nombre y derecho, con domicilio a efectos de notificaciones en Calle Mayor 45, Nueva Numancia, y correo electrónico [email protected], y como mejor proceda en Derecho,

DIGO:

Que con fecha 15 de mayo de 2023 se me ha notificado la Resolución de Sanción número 123/2023 de fecha 10 de mayo de 2023, por la que se me impone una sanción económica de 100 euros por beber en la vía pública.

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, vengo a interponer, en tiempo y forma, RECURSO DE ALZADA, además de la ordenanza 20/1987 que sirve de base a dicha sanción

Que baso en las siguientes

ALEGACIONES

Primera. La sanción impuesta vulnera las ordenanzas municipales, ya que en ningún momento estuve causando molestias ni alterando el orden público.

Simplemente, me encontraba celebrando mi cumpleaños junto a un grupo reducido de amigos en un parque, sin generar ningún tipo de disturbio. Y sin beber ninguna clase de bebida alcohólica, a pesar de que el atestado policial niega ese punto.

Segunda. La sanción carece de fundamentación suficiente y no se ha valorado adecuadamente la prueba, simplemente basándose en el color de la bebida para afirmar que era “ron cola”.

Tercera. La sanción impuesta es desproporcionada y excesiva, considerando que en casos similares es necesario comprobar si la bebida es alcohólica más allá de la simple apariencia con lo que se vulnera los principios básicos de la potestad sancionadora.

Cuarta. Se ha vulnerado el principio de proporcionalidad, ya que existen otras medidas menos restrictivas que podrían haber sido adoptadas antes de imponer la sanción, como una advertencia verbal.

Es por lo expuesto que

SOLICITO:

Tenga por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan y por interpuesto, en tiempo y forma, RECURSO DE ALZADA contra la Resolución de Sanción número 123/2023 dictada con fecha 10 de mayo de 2023 por la que se me impone una sanción por beber en la vía pública, y en virtud de lo expuesto, declare la nulidad  de la misma y deje sin efecto la sanción impuesta.

OTROSÍ DIGO:

Que mediante el presente escrito vengo a solicitar la suspensión de la ejecución de la resolución sancionadora, ya que la ejecución de la misma podría causar daños de difícil reparación, al tratarse de una sanción económica de la cual no puedo disponer actualmente.

Es por lo expuesto que

SOLICITO:

Tenga por hecha la anterior manifestación y en su virtud decrete la suspensión solicitada.

(Nueva Numancia, 5 de Junio de 2023 y firma de Laura Gómez Rodríguez)

Sr./Sra. Jefe de la Policía Local de Nueva Numancia


Recurso de alzada en materia de órganos de selección de personal.

Juan Pérez, residente en la ciudad de Valencia, es arqueólogo de profesión y ha decidido presentarse a un concurso-oposición convocado por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia para cubrir una plaza de Arqueólogo municipal vacante.

Después de realizar todas las pruebas y aportar los documentos correspondientes, Juan ha recibido la propuesta de resolución por parte del órgano de selección de personal.

Sin embargo, está en total desacuerdo con la puntuación que le han concedido en la fase de concurso, especialmente en lo que respecta a la valoración de su antigüedad laboral. Por esta razón, decide interponer un recurso de alzada contra la propuesta de resolución, buscando que se revisen correctamente los méritos aportados.

Con el siguiente recurso de alzada:

D.. Juan Pérez Gómez, provisto de DNI nº 12345678A, con domicilio en la calle Lemos 123 de la ciudad de Valencia, COMPARECE Y MANIFIESTA:

Que con fecha 15 de junio de 2023 se dictó y publicó la propuesta de resolución, consignándose en la misma la pertinente puntuación, del Tribunal nombrado por la Alcaldía-Presidencia mediante resolución de fecha 1 de mayo de 2023, con objeto de juzgar el concurso-oposición convocado para la selección de una plaza de Arqueólogo municipal vacante en la plantilla de ese Ayuntamiento.

He sido admitido y concurrí a tales pruebas, y estoy en total disconformidad con la puntuación que me fue concedida por dicho órgano de selección, en concreto en cuanto a la correcta valoración de los méritos acreditados en la fase de concurso en cuanto a la antigüedad.

Considero que no se han apreciado en su integridad todos los certificados aportados de los servicios que he prestado a lo largo de mi carrera profesional.

Por el presente, INTERPONGO RECURSO DE ALZADA conforme al art. 121 de la Ley 39/2015 LPACAP contra la referida propuesta de resolución del indicado Tribunal, con el objeto de que se admita el mismo y se proceda a su estimación. Estando legitimado según el articulo 4 de la misma ley y el 122 de la misma según el plazo.

 Solicito que se valore la totalidad de méritos aportados respecto a la antigüedad, conforme a lo establecido en el punto 5.2 de las bases de la convocatoria de este proceso selectivo, y se proceda a notificar en forma lo así resuelto a esta parte.

Valencia, a 20 de junio de 2023.

Fdo.

Juan Pérez Gómez

Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Valencia


Recurso de Alzada por Denegación de Ayuda Social

María López Pérez es una madre soltera con dos hijos que reside en una provincia de España. Debido a su situación económica precaria, decidió solicitar una ayuda social destinada a familias con escasos recursos.

Sin embargo, para su sorpresa, su solicitud fue denegada sin una justificación clara por parte de la administración. Sintiéndose desamparada y consciente de sus derechos, María está decidida a impugnar la decisión y buscar una revisión exhaustiva de su caso mediante un recurso de alzada.

Fecha: 2 de mayo de 2023

Asunto: Recurso de Alzada contra la denegación de la ayuda social

Ilmo. Sr./Sra.  Delegado/a de ayudas sociales,

Me dirijo a usted en calidad de interesada, María López Pérez, con DNI 12345678A y domicilio en Calle Progreso 123, 45678, Ciudad Provincia, para interponer formalmente el presente Recurso de Alzada contra la resolución emitida el 25 de abril de 2023 por la cual se deniega mi solicitud de ayuda social.

Todo ello conforme al artículo 121 de la LPACP, estando legitimada por el articulo 4 de la misma ley y conforme al plazo recogido en el artículo 4.

Fundamento mi recurso en los siguientes argumentos:

Falta de motivación: La resolución denegatoria no proporciona una explicación clara y detallada sobre las razones que llevaron a la negativa de la ayuda solicitada, vulnerando mi derecho a conocer las causas de la decisión administrativa.

Cumplimiento de requisitos: Adjunto nuevamente la documentación requerida que acredita mi situación económica y familiar, demostrando que cumplo con todos los requisitos establecidos para acceder a la ayuda social.

Interés social: La ayuda social solicitada tiene como finalidad contribuir al bienestar de familias en situación vulnerable, y mi caso particular refleja una clara necesidad de asistencia que se ajusta al objeto de la ayuda.

Solicito respetuosamente que se reconsidere la resolución denegatoria y se proceda a la revisión de mi solicitud con base en los fundamentos expuestos.

Asimismo, le ruego que se me comunique cualquier novedad o avance en el procedimiento mediante los medios de contacto proporcionados en mi solicitud inicial.

Agradezco de antemano la atención prestada y la pronta revisión de mi recurso de alzada.

Atentamente,

[Firma de María López Pérez]


Conclusiones

En el presente artículo, hemos explorado en profundidad el recurso de alzada, una herramienta fundamental en el ámbito del derecho administrativo español.

Es importante destacar que el recurso de alzada es un mecanismo que agota la vía administrativa, lo que significa que, una vez presentado, no cabe interponer más recursos dentro de la administración.

La regulación del recurso de alzada se encuentra establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC). Esta normativa establece los plazos, requisitos y procedimientos para la presentación y tramitación del recurso, otorgando a los ciudadanos la posibilidad de defender sus derechos frente a actos administrativos que consideren injustos o erróneos.

Asimismo, hemos puesto especial énfasis en proporcionar modelos realistas de recursos de alzada en diferentes situaciones. Esperamos que este articulo te haya servido de ayuda.

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Autor

  • Daniel García

    Jurista apasionado del Derecho Público y la Filosofía del Derecho, mi objetivo aquí es acercarte el derecho de forma sencilla y cotidiana. 

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