Domina el contrato de mandato: 5 claves

¿Te imaginas delegar tareas importantes a otra persona con total confianza? El mandato te permite hacerlo. Este contrato te da la tranquilidad de que tus asuntos estarán en buenas manos, mientras tú te dedicas a otras cosas.

En este artículo, descubrirás todo lo que necesitas saber sobre el mandato: qué es, para qué sirve, sus características, quiénes pueden participar, sus obligaciones y derechos, y mucho más.

A través de ejemplos realistas, comprenderás mejor cómo funciona el mandato en la vida diaria y cómo puede ayudarte a resolver diferentes situaciones.

¿Te interesa saber cómo funciona el mandato? ¡Sigue leyendo!

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Definición y concepto de mandato

¡Este contrato es la solución! Se trata de un contrato por el que le encargas a otra persona, llamada mandatario, que realice actos jurídicos en tu nombre y por tu cuenta.

¿Para qué sirve este contrato?

El mandato te permite:

  • Gestionar tus asuntos cuando no puedes o no quieres hacerlo tú mismo.
  • Obtener ayuda profesional para realizar tareas específicas.
  • Representarte ante terceros.

¿Qué características tiene el contrato?

  • Es un contrato consensual: se perfecciona por el mero consentimiento de las partes.
  • Es un contrato gratuito: salvo pacto en contrario, el mandatario no tiene derecho a cobrar una retribución.
  • Es un contrato personal: se basa en la confianza entre las partes.
  • Es un contrato de tracto sucesivo: se desarrolla en el tiempo.

¿Dónde está regulado el mismo?

Este tipo de contrato está regulado en los artículos 1709 a 1739 del Código Civil.

¿Cuándo se extingue el contrato?

El mandato puede terminar por diversas causas, entre ellas:

Revocación del mismo por parte del mandante:

El mandante puede revocar el mandato en cualquier momento, obligando al mandatario a devolver el documento en el que conste el mandato. Si el objeto del mandato hubiera sido contratar con determinadas personas, la revocación no puede perjudicarles si no se les notifica.

El nombramiento de un nuevo mandatario para el mismo negocio produce la revocación del mandato anterior desde el día en que se notifica al mandatario anterior.

Renuncia del mandatario:

El mandatario puede renunciar al mandato en cualquier momento, pero debe ponerlo en conocimiento del mandante.

 Si el mandante sufre perjuicios por la renuncia del mandatario, este último deberá indemnizarle, salvo que la renuncia se funde en la imposibilidad de continuar con el mandato sin grave detrimento para el mandatario.

Aunque el mandatario haya renunciado con justa causa, deberá continuar su gestión hasta que el mandante tome las disposiciones necesarias para suplir su falta.

Muerte o incapacidad del mandante o del mandatario:

Los actos realizados por el mandatario ignorando la muerte del mandante o cualquier otra causa que extinga el mandato son válidos y surtirán todos sus efectos respecto a los terceros que hayan contratado con él de buena fe.

En caso de muerte del mandatario, sus herederos deberán ponerlo en conocimiento del mandante y proveer entretanto a lo que las circunstancias exijan en interés del mandante

Y por último el cumplimiento del negocio encomendado.

Es importante que sepas que el artículo 1732 del Código Civil ,donde se regula esto ha sido modificado por la Ley 8/2021, de 2 de junio, con entrada en vigor el 3 de septiembre de 2021. Y tenemos un articulo hablado de esta ley.

Ejemplo realista:

Ana tiene que viajar al extranjero por trabajo durante dos meses. No tiene tiempo para gestionar la venta de su coche, por lo que decide otorgar un mandato a su amigo Pedro para que se encargue de la venta.

En el contrato del mismo, Ana especifica el precio mínimo de venta del coche, las condiciones de pago y la fecha límite para la venta. Pedro acepta el mandato y se compromete a cumplir con las instrucciones de Ana.

Pedro publica un anuncio en internet y contacta con varios interesados. Finalmente, encuentra un comprador que está dispuesto a pagar el precio de venta fijado por Ana. Pedro firma el contrato de compraventa en nombre de Ana y recibe el pago del precio del coche.

Pedro debe rendir cuentas a Ana y entregarle el dinero obtenido por la venta del coche. Ana está satisfecha con la gestión realizada por Pedro y le agradece su ayuda.

En este ejemplo, podemos observar las características esenciales del mandato:

  • Consentimiento: Ana y Pedro han acordado libremente el contenido del mandato.
  • Gratuidad: En este caso, no se ha pactado ninguna retribución para Pedro.
  • Personalidad: La confianza entre Ana y Pedro es fundamental para el buen funcionamiento del mandato.
  • Tracto sucesivo: El mandato se desarrolla en el tiempo, desde el momento en que se otorga hasta que se cumple el negocio encomendado.

Sujetos del mandato

Ahora que ya hemos definido qué es el mandato y para qué sirve, es importante conocer quiénes pueden ser las partes que intervienen en este contrato: el mandante y el mandatario.

¿Quién puede ser mandante?

El mandante es la persona que encarga a otra la realización de un acto jurídico en su nombre y por su cuenta. Para ser mandante, se requiere tener capacidad general para contratar y capacidad para el acto concreto que se quiere encomendar al mandatario.

¿Quién puede ser mandatario?

El mandatario es la persona que se encarga de realizar el acto jurídico encomendado por el mandante. En este caso, solo se requiere capacidad general para contratar.

Capacidad del mandante:

El artículo 1714 del Código Civil establece que para poder ser mandante es requisito tener  capacidad para contratar y para el acto o negocio que es dicho al mandatario

Esto significa que el mandante debe ser mayor de edad y no estar incapacitado legalmente para actuar. Además, debe tener capacidad para entender el alcance del acto que está encomendando al mandatario.

Capacidad del mandatario:

El artículo 1716 del Código Civil establece que el menor emancipado puede ser mandatario, pero el otro sujeto solo tiene una acción  respetando las obligaciones de los menores

Esto significa que el mandatario puede ser menor de edad emancipado, pero el mandante solo podrá reclamarle al mandatario en la medida en que este se haya enriquecido con la gestión realizada.

En el caso de los menores de edad no emancipados, no pueden ser mandatarios, ya que no tienen capacidad para contratar.

Las personas jurídicas (empresas, asociaciones, etc.) también pueden ser tanto mandantes como mandatarios. En este caso, actuarán a través de sus representantes legales.

Los sujetos del contrato de mandato son el mandante y el mandatario. El mandante debe tener capacidad para contratar y para el acto que encomienda al mandatario. El mandatario solo necesita tener capacidad general para contratar.

Derechos y obligaciones

Derechos y obligaciones son las dos caras de la misma moneda en el contrato de mandato. Ambas partes, el mandante y el mandatario, tienen derechos y obligaciones que deben cumplir para que el contrato funcione correctamente.

Obligaciones del mandatario:

  • Ejecutar el mandato:  El artículo 1718 establece que el mandatario “responderá de los daños y perjuicios que, de no ejecutarlo, se ocasionen al mandante”.
  • Actuar conforme a las instrucciones (1719): El mandatario debe actuar de acuerdo con las instrucciones del mandante. Si no recibe instrucciones específicas, debe actuar según la naturaleza del negocio jurídico.
  • No traspasar los límites del mandato: El mandatario no puede actuar más allá de lo que el mandante le ha autorizado.
  • Rendir cuentas(1720 y 1724): El mandatario tiene la obligación de informar al mandante sobre sus gestiones y entregarle todo lo que haya obtenido en su nombre
  • Responder por los daños y perjuicios(1726): El mandatario es responsable por los daños y perjuicios que cause al mandante por incumplir sus obligaciones. Tanto del dolo como de la culpa

Derechos del mandatario:

  • Retribución: Solo si es oneroso.
  • Anticipos (1728): El mandatario tiene derecho a que el mandante le anticipe las cantidades necesarias para la ejecución del mandato
  • Reembolso de gastos.
  • Indemnización (1729): El mandatario tiene derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios .

Obligaciones del mandante:

  • Pagar la retribución.
  • Anticipar los gastos.
  • Indemnizar al mandatario.
  • Reembolsar los gastos.

Derechos del mandante:

  • Exigir la ejecución del mandato.
  • Recibir información.
  • Solicitar la rendición de cuentas.
  • Revocar el mandato.

Ejemplo de mandato

Ejemplo 1 Javier el abogado

Javier es un abogado que tiene un gran volumen de trabajo. No tiene tiempo para llevar un caso particular, por lo que decide otorgar un mandato a la abogada Marta para que se encargue del caso.

En el contrato de mandato, Javier especifica las instrucciones que Marta debe seguir para llevar el caso, los honorarios que le pagará y la duración del mandato. Marta acepta el mandato y se compromete a cumplir con las instrucciones de Javier.

Marta estudia el caso, reúne pruebas y representa a Javier en el juicio. Finalmente, gana el caso y Javier recibe una compensación económica.

Marta debe rendir cuentas a Javier y entregarle la compensación económica obtenida. Javier está satisfecho con la gestión realizada por Marta y le agradece su ayuda.

Conclusiones

¡Ya lo sabes todo sobre el mandato! Es un contrato muy útil para que alguien te ayude a gestionar tus asuntos cuando no puedes o no quieres hacerlo tú mismo.

Recuerda:

  • El mandante te encarga la tarea.
  • El mandatario la realiza en tu nombre.
  • Puedes revocar el mandato cuando quieras.
  • El mandatario tiene que rendirte cuentas.

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Author

  • Daniel García

    Jurista apasionado del Derecho Público y la Filosofía del Derecho, mi objetivo aquí es acercarte el derecho de forma sencilla y cotidiana. 

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