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La Ejecución de Sentencia Civil: Aspectos clave para solicitar su cumplimiento con 2 ejemplos

Ejecución de Sentencia Civil

¿Sabías que puedes solicitar la ejecución de sentencia en la que has salido beneficiado? ¿Quieres saber cuándo y cómo hacerlo?

Si la respuesta es sí, sigue leyendo porque vamos a ver los aspectos clave de este concepto tan importante de la Ley de Enjuiciamiento Civil con el cual podrás solicitar que fuercen al condenado al cumplimiento de la obligación que le han impuesto en la sentencia.

Si no sabes nada de esto es normal, porque el Derecho Procesal es un derecho muy práctico que requiere vivirlo en todas las etapas de un juicio, pero estás de suerte porque con nuestros ejemplos prácticos no necesitarás de vivirlo.

Lo dicho, si quieres aprender con ejemplos prácticos y de una forma amena, este es tu artículo.

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¿Qué es una sentencia?

Antes de emepezar a hablar sobre la ejecución, deberemos saber en que consiste una sentencia, que es una resolución definitiva dictada por un juez o Tribunal que concluye el proceso judicial en la que se emite.

Ejemplo típico: se interpone demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Murcia. La parte demandada contesta a la demanda, negando los hechos aducidos por la parte actora. Una vez celebrada la audiencia previa y, posteriormente, el acto del juicio, en el plazo de 20 días desde la terminación de éste, el juez dictará sentencia motivada poniendo fin al procedimiento seguido en primera instancia.

¿En qué momento procesal se puede solicitar la ejecución de sentencia?

En primer lugar, para poder solicitar la ejecución de sentencia la misma debe ser firme, es decir, no se puede interponer recurso alguno contra ella.

Esto es así porque la sentencia de condena firme es un título ejecutivo y, de acuerdo con el artículo 517. 2, 1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lleva aparejada la ejecución.

Como es obvio, deberá existir un incumplimiento de lo expuesto en la sentencia por parte del condenado.

El artículo  548 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece un plazo de espera de 20 días hábiles desde la firmeza de la sentencia para poder iniciar el procedimiento de ejecución.

La finalidad de este periodo de gracia o cortesía es que el condenado disponga de un plazo suficiente para cumplir voluntariamente con lo dispuesto en la sentencia.

El cumplimiento voluntario dentro del plazo mencionado elimina  la posibilidad de despachar ejecución frente al condenado.

Ejemplo: si la sentencia que condena al demandado a entregar una cantidad de dinero se dicta el día 15 de mayo de 2024, y el condenado, voluntariamente, entrega esa cantidad el 20 de mayo de 2024, la parte beneficiada por la sentencia no podrá despachar ejecución frente a él.

Cabe destacar que los órganos judiciales tienen la responsabilidad y potestad tanto de juzgar como de hacer que se ejecute lo juzgado.

Ahora bien, al tratarse de justicia rogada, será el vencedor en el pleito el que deba acudir al mismo órgano judicial que dictó la demanda, y solicitar, por medio de la interposición de una demanda ejecutiva o demanda de ejecución, que se requiera al condenado al cumplimiento de la sentencia. 

Aquí se daría inicio al proceso de ejecución,  donde el juez solicitará que el condenado comparezca para el cumplimiento de la sentencia. Ante esto, pueden darse tres posibilidades distintas:

  1. El condenado puede cumplir con la sentencia en el mismo momento, es decir, en el acto.
  2. Que el mismo se oponga a la ejecución de la sentencia por motivos fundados en el plazo de 10 días.
  3. Que no cumpla la sentencia en el acto ni se oponga a la misma. En tal caso, el Juzgado dictará la ejecución forzosa.

¿Quién puede solicitar la ejecución de sentencia?

El proceso de ejecución se caracteriza por el Principio Dispositivo. Se iniciará a instancia de parte demandante con la presentación de la demanda ejecutiva y el titulo en virtud del cual se insta la ejecución.

Puede solicitar la ejecución de sentencia las partes comprendidas en la demanda.

De esta forma, será la persona beneficiada por el fallo de la sentencia la que solicitará al tribunal que despache ejecución frente al condenado, independientemente de que quiera o no cumplir.

Los requisitos para que una parte tenga derecho de acción ejecutiva son:

  • Que esté en posesión de un título ejecutivo. En el caso que nos ocupa, sería la sentencia.
  • Que tenga un interés legítimo.
  • Que el condenado esté obligado al cumplimiento de la sentencia.

¿Qué sucede si no se respeta el plazo de 20 días?

En caso de no respetar el plazo de 20 días hábiles de espera para el cumplimiento voluntario del condenado, recogido en el artículo 548 de la LEC, los tribunales siguen, como criterio general, que la demanda de ejecución no se rechazará, sino que quedará a la espera por el tiempo restante al cumplimiento de los 20 días.

Por ejemplo, este criterio fue seguido en la resolución de la Audiencia Provincial de Cáceres, de 5 de abril de 2018, nº rec. 132/218, sección 1ª.

Una vez transcurrido el plazo mencionado, si el condenado no ha cumplido voluntariamente, se entenderá que la sentencia se ha incumplido abriéndose, por ende, la etapa ejecutiva.

¿Cuál es la finalidad de la ejecución de sentencia?

La finalidad de la ejecución de sentencia civil es que el deudor que haya sido condenado en sentencia cumpla lo que en ella se ordena.

Supone un alivio para la parte vencedora del pleito, que podrá tener este instrumento para solicitar que se cumpla con lo requerido.

Siguiendo el ejemplo anterior, si la sentencia de condena obligaba al pago de cierta cantidad, en primer lugar, se le requerirá el pago. Sólo si no se hace efectivo se procederá al embargo de aquellos bienes suficientes para cubrir la deuda.

De esta forma, sirve como ejecución forzosa para el cumplimiento de una condena aunque el condenado a ello no quiera.

¿Cuánto tiempo hay para  la ejecución de sentencia firme?

Cuando un Juzgado o un Tribunal ha dictado una sentencia, el demandante tiene un plazo de 5 años para la ejecución de sentencia. Si, pasado ese tiempo, no la ejecuta, caducará. Es decir, transcurrido dicho plazo ya no se podrá ejecutar la sentencia.

Ejemplos Prácticos de ejecución de sentencia

Ejemplo 1. ¡Págame mi moto!

Pepe, algo despistado, cuando se disponía a aparcar su vehículo, choca la moto de su vecino, Juan, con su coche, destrozándola por completo.

Juan demanda a Pepe por responsabilidad civil extracontractual, y éste contesta a la demanda. El órgano judicial, una vez celebrada la audiencia previa y el acto del juicio, dicta sentencia.

Transcurrido el plazo para interponer recurso, y no habiéndose interpuesto ninguno, la sentencia deviene firme.

La sentencia contenía una condena económica. Pepe, dentro de los 20 días hábiles a la notificación de la sentencia, no realiza el pago a Juan en periodo voluntario.

Juan, que tiene un derecho de cobro a su favor, acude al mismo órgano judicial que dictó la sentencia para solicitar que despache ejecución frente a los bienes del deudor, puesto que no está cumpliendo con la condena.

Así, una vez interpuesta la demanda ejecutiva, y citado a Pepe para comparecer, si éste no paga en el acto ni se opone, el Juzgado determinará el embargo de sus bienes.

Los bienes susceptibles de embargo son aquellos que pueden ser embargables, deben pertenecer al condenado y cubrir el importe de la deuda.

No son susceptibles de embargo el salario, el sueldo, las pensiones, las retribuciones o equivalente que no excedan el salario mínimo interprofesional.

Ahora bien, si en vez de una ejecución de sentencia condenatoria al pago del precio de la moto estuviésemos ante una ejecución de sentencia que condena al pago de alimentos, serían embargables todas las restricciones mencionadas ut supra.

Ejemplo 2. ¡Arréglame el muro de mi casa!

Siguiendo con el ejemplo anterior, supongamos que Pepe, en vez de chocar la moto, choca con el muro que tiene Juan alrededor de su casa, con la mala fortuna que se caen bastantes bloques.

Se sigue el mismo procedimiento, que concluye con sentencia condenatoria de reparar el muro. Sin embargo, no lo hace en periodo voluntario.

Juan está afectado puesto que, tras la rotura del muro, es fácil el acceso a su casa. Decide contratar a un albañil y comprar los bloques y los materiales de construcción necesarios para reparar el muro cuanto antes.

Después, interpondrá demanda ejecutiva solicitando al órgano judicial que condene a Pepe a pagarle el precio de la reparación.

Conclusiones

¡Enhorabuena por concluir la lectura de este artículo! A modo de resumen, destaco las ideas principales que hemos visto sobre la ejecución de sentencias:

  • Se puede solicitar la ejecución de sentencia cuando ésta sea firme.
  • Desde la notificación de la sentencia al condenado o desde que deviene firme, se le da un plazo de 20 días hábiles para que cumpla voluntariamente. En caso de no hacerlo, el órgano judicial tiene potestad para requerirle que cumpla con lo dispuesto en la sentencia.
  • Al tratarse de justicia rogada, será la parte beneficiada en el pleito quien deberá interponer demanda de ejecución o demanda ejecutiva solicitando el cumplimiento de la condena.
  • El plazo para solicitar la ejecución de sentencia firme es de 5 años.
  • Terminamos con dos ejemplos prácticos para entender mejor la materia tratada.

¡Nos vemos en el siguiente artículo!

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Autor

  • Mari Carmen Martínez Morante

    Jurista. Actualmente, me preparo las Pruebas de Acceso a la Abogacía y la Procura 2024. Mi vocación por el derecho cumple con una función social y moral. Mi objetivo es aproximar este apasionante mundo de una manera clara y sencilla a cualquier lector.

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