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El Factoring: solución legal financiera [Explicada con Ejemplos]

factoring

¿Has entrado en complejo entramado del mundo financiero y quieres conocer la figura del factoring con más profundidad? ¿Quieres saber qué tipos hay y cuáles son sus ventajas? Pues has llegado al lugar correcto

¡Te doy la bienvenida a este artículo! Hoy vamos a desgranar el concepto del factoring, y lo haremos con ejemplos prácticos. Entender este concepto es esencial para poder enfrentarse a una de las operaciones financieras más utilizadas en el tráfico comercial, especialmente entre las PYMES.

Así que, ya seas un pequeño empresario que está pensando en concertar una operación de factoring para financiarse, un estudiante que necesita una aclaración sobre el concepto, o un particular que desea conocer más sobre el derecho financiero, ¡esto te interesa! Comenzamos.

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Qué es el factoring y cómo funciona

Para comenzar, tenemos que empezar por lo más básico, que es definir qué es el factoring.

El factoring es una operación de financiación comercial mediante la cual se produce una cesión de un derecho de cobro originado por el tráfico comercial de la empresa —venta de bienes, realización de servicios…— a una entidad de factoring —normalmente, entidades de crédito—, con el objetivo de que ésta le adelante el valor del derecho de cobro. Es una operación realizada de manera habitual por las PYMES para obtener financiación y liquidez en el corto plazo.

De esta manera, en esta operación participarán tres agentes:

  • CLIENTE: Es la empresa que cede el derecho de cobro.
  • FACTOR: Es la empresa de factoring —que normalmente son entidades de crédito—, que será la cesionaria del derecho de cobro del cliente.
  • DEUDOR: Es el obligado a satisfacer el derecho de cobro como consecuencia de la venta de bienes o de la realización de servicios del cliente.

Llegados a este punto, y sabiendo ya en qué consiste en factoring y quiénes participan, vamos a ver cómo funciona el concepto: una empresa adquiere un derecho de cobro como resultado de una venta de un bien o de la satisfacción de un servicio. Son embargo, la fecha de cobro de este derecho es posterior a su devengo, y la empresa necesita financiación. Para ello acude a una entidad de factoring, que le concederá el valor de su derecho de cobro, sustrayendo de ese montante los intereses aplicados y una comisión por la operación. A partir de ahí, en la fecha del cobro, será el factor quien reciba el pago por parte del deudor.

Qué tipos de factoring existen

Seguro que habiendo leído el artículo te ha surgido una pregunta: ¿Qué pasa si el deudor no satisface el derecho de cobro en la fecha convenida? Pues pueden ocurrir dos cosas, dependiendo del tipo de factoring por el que se haya optado: factoring con recurso o factoring sin recurso:

  • FACTORING CON RECURSO: El cliente asume el riesgo de insolvencia del deudor. En este caso, ante la insolvencia del deudor, el cliente devolverá al factor el anticipo recibido por el derecho de cobro; y asumirá el impago de la deuda.
  • FACTORING SIN RECURSO: El factor asume el riesgo de insolvencia del deudor. Aquí, el cliente se desentiende por completo del impago de la deuda, y no tendrá que devolver el importe adelantado por el factor.

Ventajas e inconvenientes del factoring

Como cualquier operación financiera, el factoring tiene una serie de ventajas e inconvenientes que hay que conocer antes de acceder a esta forma de financiación.

Entre las ventajas puede señalarse que aporta una liquidez inmediata, por lo que garantiza un caudal de efectivo prácticamente instantáneo en el caso de que sea necesario. Además, flexibiliza la gestión del cobro, ya que será el factor quien se encargue de ello.

Sin embargo, como se ha podido ir previendo, esto no está exento de una serie de inconvenientes que hay que tener en cuenta. Los intereses y la comisión asociadas a la operación pueden ser realmente altos. Además, hay que recordar el peligro del factoring con recurso, en la que la empresa que acceda al factoring asumirá el riesgo de impago del deudor.

Ejemplos Prácticos de Factoring

Ejemplo 1: Factoring con recurso. “Las maderas impagadas”

Pedro es un carpintero especializado en tablas de madera para parqué. Una constructora está terminando una promoción de chalés de lujo, y se pone en contacto con él para que sea el proveedor de las maderas para el suelo de estas casas. La constructora recibirá la mercancía, que se compromete a pagar en un plazo de 120 días.

Pedro acepta el trato. Sin embargo, 4 meses es mucho tiempo de espera para la viabilidad de su negocio, por lo que acude a su banco y solicita que le adelanten el valor de las maderas. El banco acepta, llevando a cabo con él una operación de factoring. El banco le explica que este factoring tiene recurso, y que si la constructora no hace frente a la deuda a los 120 días, tendrá que hacerse responsable de la insolvencia de la deuda y pagar al banco su valor. El maderero aprueba la operación, y recibe el precio de las maderas con los intereses y la comisión descontados.

Pasados esos 4 meses, Pedro recibe una llamada de su banco: la constructora no les ha abonado el valor de las maderas, así que, al existir factor, tendrá que ser él quien desembolse la deuda. Tras ello, se tendrá que encargar de forma autónoma de hacer valer su derecho de cobro frente a la constructora.

Ejemplo 2: Factoring sin recurso. “Fruela, el lechero”

Fruela es un lechero de Asturias. Sus vacas dan la mejor leche de la provincia, por lo que tiene un contrato con una empresa local de fabricación de productos lácteos —leche, yogures…—. En este contrato, él proporciona la leche, y la empresa de fabricación le paga a 90 días.

El establo de las vacas de Fruela ha sufrido graves daños como consecuencia de un temporal de viento y lluvias, y el ganadero no puede esperar 90 días para recibir el cobro. Por ello, se acerca a su entidad bancaria, que le ofrece la concesión de un factoring sin recurso. Ellos le anticiparán en el momento el valor de la leche, cobrándole, eso sí, los intereses y la comisión para este tipo de operaciones. Además no establecen recurso, por lo que Fruela no tendrá que hacer frente al riesgo de insolvencia por parte de su deudor.

Pasados esos tres meses, la empresa de fabricación de productos lácteos no hace frente a su deuda. Al no haber establecido el recurso, es la entidad bancaria la que hará frente a este impago.

Conclusiones

Hemos llegado al final ¡celebro que estés aquí! Ya comprendes a la perfección qué es el factoring, y tienes las herramientas necesarias para enfrentarte a esta operación financiera en cualquier momento.

En resumen, nos encontramos ante un tipo de transacción que permite a un cliente adelantar el abono de un derecho de cobro gracias a la intermediación de un factor. Gracias a nuestro amigo Pedro, el de las maderas; y a Fruela, el lechero, vemos que la diferencia entre el factoring con recurso y sin recurso es quién hace frente al impago del deudor.

Como has podido comprender, el factoring es un medio de financiación con el que las empresas obtienen liquidez en el corto plazo. Sin embargo, en el entramado empresarial existe otra gran variedad de herramientas societarias que pueden utilizar como mecanismo de financiación. Entre ellas, en Derecho Virtual te hemos explicado el aumento de capital, en el cual las sociedades usan la llamada «operación acordeón» para sanear sus cuentas.

Para terminar, te invito a que sigas leyendo Derecho Virtual para aprender sobre conceptos jurídicos de una forma sencilla y didáctica. ¡Te espero en el siguiente artículo!

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Autor

  • Pablo Amor de Miguel

    Doble Graduado en Derecho y ADE y Máster en Gobierno y Derecho Público. Opositor al CSACE. Entusiasta del Derecho Constitucional y Administrativo, pretendo transmitir el mundo jurídico desde una perspectiva didáctica y motivadora

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