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Dolo eventual: Todo lo que un buen jurista tiene que saber

Dolo eventual

¿Eres estudiante de derecho y acabas de empezar la parte de derecho penal? ¿Alguna vez has oído hablar del dolo eventual? ¡No te preocupes si no es así! Si estás aquí has llegado al lugar indicado, el dolo eventual es uno de los temas más complicado del derecho penal, y a los estudiantes de derecho les suele traer dolores de cabeza ¿Por qué?

Sencillamente porque es un concepto difícil de entender a medio camino entre el concepto claro de dolo que todo estudiante conoce y el de imprudencia. Al estar a medio camino cuesta verlo y ejemplificarlo correctamente.

Si te cuesta entenderlo tranquilo hasta los juristas con más años ejerciendo discuten sobre que es y que no es dolo eventual. Aquí vamos a intentar dejaros las claves para entenderlo.

¿Qué es el dolo eventual?

Antes de empezar a hablar del dolo eventual, es importante saber que es el dolo en general y saberlo distinguir ¿Te acuerdas de que es el dolo? Aquí te dejamos las notas fundamentales.

Dolo y tipos

El término “dolo” tiene distintos significados en el campo del Derecho, pero aquí, en el derecho penal lo entendemos como la intención y la voluntad de cometer un delito. A veces nos resulta difícil aplicar este concepto cuando se borran los límites entre el dolo y la imprudencia, y es difícil identificar tanto el conocimiento como la voluntad. Sin embargo, podemos decir que los elementos claves son el conocimiento como la voluntad.

Nuestro Código Penal también utiliza otras palabras para referirse al dolo, como “intencionadamente” o “a sabiendas”, y se enfoca en aspectos de la voluntad o el conocimiento sin renunciar a ninguno de los dos ¿Pero que significan estos elementos?

Elemento de conocimiento (intelectual o cognitivo)

El primer elemento para que una persona actúe con dolo es el conocimiento. Es necesario que sepa lo que está haciendo y entienda que su acción conlleva una consecuencia. Por ejemplo, en el caso de un homicidio, el sujeto debe saber que está matando a otra persona. En un robo, debe saber que está tomando algo que no le pertenece.

Sin embargo, no es necesario que la persona conozca todos los detalles técnicos de la ley. Es decir, no necesita saber si su acción es antijurídica, culpable o punible. Este conocimiento puede ser importante para otros fines, pero no es esencial para determinar si la acción es delictiva o no.

Por ejemplo, imaginemos que una persona mata a otra, un delito según el 138.1 del CP español, para que fuese doloso no hace falta que la persona lo mate sabiendo que no es legítima defensa, sino simplemente que lo que hace va a causar la muerte de una persona o que potencialmente va a causar la muerte.

Por último, este conocimiento tiene que ser actual en el momento de hacer la acción no potencial. Siguiendo el ejemplo anterior si esa persona le da a un amigo un plato con algo que causa una alergia mortal al amigo, sino tenia capacidad para descubrir lo o lo sabía no habría dolo a pesar de que quisiera matarle.

Elemento de voluntad (volitivo)

Este segundo elemento, nos dice que no solo hay que saber hay que querer. En otras palabras, se tiene que querer llegar a x resultado.

Por ejemplo, siguiendo el anterior, imaginemos dos escenarios:

  • En el primero, efectivamente le da a su amigo un plato con una sustancia que le causa alergia para querer matarle, aquí hay dolo.
  • En el segundo, le da el plato con la sustancia, pero con la intención de gastarle una broma, aquí probablemente no hubiera dolo.

Hay diferentes tipos de dolo y cada uno tiene sus propias características y requisitos.

  • El dolo directo de primer grado se produce cuando el autor del delito tiene el objetivo claro de cometerlo. En este caso, la persona sabe que su conducta es delictiva y actúa con el propósito de realizarla. El ejemplo clásico es disparar a una persona en la cabeza para acabar con su vida.
  • En el dolo directo de segundo grado, la persona no tiene como objetivo directo el resultado, pero sí acepta de forma consciente que su conducta va a tener ese resultado. Por ejemplo, imagina que una persona quiere robar en una joyería y para robarla si o si tiene que disparar contra un guardia de seguridad, pues eso es dolo de segundo grado

Por último, esta el eventual al cual le dedicamos este artículo sigue leyendo para saber que es.

El dolo eventual

El dolo directo, ya sea de primer o segundo grado, no alcanza todos los casos en los que hay dolo. En algunos casos, una persona puede ser considerada que su acción fue con dolo, aunque no quisiera directamente el resultado producido. Esto es el dolo eventual.

En el dolo eventual, la persona sabe que el resultado es probable pero no lo quiere específicamente. Aun así, sigue actuando y acepta el riesgo de que el resultado ocurra. Más adelante veremos ejemplos, pero antes tienes que aprender a diferenciar entre el dolo eventual y la imprudencia.

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Diferencia entre dolo eventual y la imprudencia

Como te habrás dado cuenta el dolo eventual se encuentra en la frontera entre el dolo y la imprudencia, especialmente la imprudencia consciente. Es difícil determinar qué casos pertenecen a cada categoría, pero es importante hacer la distinción debido a que como bien sabrás porque no todo delito es penado si se comete imprudentemente y si es así la pena es diferente.

Por ejemplo, un homicidio por imprudencia grave son de 1 a 4 años (art 142 Cp.) , mientras que en caso de dolo son de 10 a 15 años( art 138 Cp.) .

Entonces imagina que tenemos un caso en el que una persona al atracar una gasolinera deja maniatado y con una bolsa en la cabeza al dependiente, este muere ¿Es dolo o imprudencia? Para saber esto, la doctrina ha realizado varias teorías:

Teoria del consentimiento:

En esta teoría muy aceptada por la doctrina y los jueces: El autor aprueba, acepta, se conforma, es consciente de lo que va a pasar. Se trata de un consentimiento señala que en caso de e que la persona supiera que el resultado iba a pasar lo acepta igualmente.

Como uno se puede dar cuenta lo importante es la voluntad, la clave es lo que quiere la persona. Lo que estaría dispuesto a aceptar si estuviera seguro de que se iba a producir el resultado.

Por ello, se suele usar la formula hipotética Frank, gran penalista alemán que se resume: (1) si la persona hubiera sabido que se iba a producir el resultado, seguiría actuando, (2) si la persona dice “sea así o de otra manera, en todo caso actuó”.

Teoria de la probabilidad:

Esta teoría nos dice que para considerar que hay dolo eventual, no es necesario que el autor quiera que ocurra el resultado, sino que lo vea como una posibilidad probable.

Es decir, que el autor tenga la idea de que puede pasar algo, pero decide seguir adelante con su acción sin importarle mucho el resultado. En este caso, lo que importa es el aspecto intelectual o de conocimiento del dolo.

Según esta teoría, si el autor se da cuenta claramente de que su acción va a producir un resultado que conduce a un delito y lo puede evitar.

Si hay mucha posibilidad de que se produzca el resultado estaremos ante dolo eventual, si por el contrario nos encontrásemos con una baja probabilidad sería imprudencia.

Teoria eclíptica o mixta:

También hay una tercera teoría que se llama eclíptica o mixta. Si usamos esta teoría en el dolo eventual habrá que exigir no solo que la persona conozca la probabilidad de la realización del hecho sino también que la persona acepte esa posibilidad.

Existirá imprudencia consciente cuando el autor conozca esa probabilidad, e infringiendo el deber de cuidado, no valora correctamente el nivel de riesgo confiando en que no se va a producir el resultado.

Dependiendo de las teorías que sigas podrás responde de forma diferente al caso planteado, pero aquí vamos a usar la eclíptica. Se podría decir que hay dolo eventual porque por un lado hay mucha posibilidad de que una persona con una bolsa en la cabeza y atada puede morir y que además el autor sabía dicho riesgo y a pesar de no quererlo actuó igualmente.

Ejemplos de dolo eventual

Teniendo eso en mente, vamos a poner 3 ejemplos de dolo eventual que te pueden venir bien para aclarar el concepto.

  • Imagina que alguien decide cometer un robo utilizando la violencia y la intimidación. En principio, su objetivo es provocar únicamente lesiones a la víctima, pero sabe que puede acabar matándola si le propina demasiados golpes. A pesar de esto, no hace nada para evitarlo y continúa con su plan de robo.
  • En este caso, el autor del delito sabe muy bien que se puede producir el homicidio de la víctima, ya que antepone sus propios intereses – robar y escapar – por encima de la vida de la persona a la que está atacando.

  • Un ejemplo histórico del concepto de dolo eventual lo encontramos en la práctica de mendigos rusos de cortar los miembros de niños pequeños para aumentar su sufrimiento y obtener más limosna. Aunque los mendigos no tenían intención directa de matar a los niños, eran conscientes de que podía ocurrir debido a la gravedad de las lesiones y las infecciones que se producían y que había una posibilidad muy alta.

  • María llega tarde al trabajo. Baja al garaje, coge su vehículo y de camino al trabajo decide ir por el camino corto, que es una zona transitada por peatones. Debido a que llega tarde, decide aumentar la velocidad, sabiendo que puede matar a alguien por cualquier circunstancia que se presente en el trayecto.
  • María es consciente de que su conducta es peligrosa y que puede causar un accidente en el que alguien resulte muerto. Sin embargo, le da igual y sigue aumentando la velocidad.
  • Aquí uno se da cuenta de que María tiene voluntad e intención de acelerar su vehículo a pesar de la alta posibilidad de atropellar a alguien. Además, María tiene conocimiento de que su conducta es peligrosa y puede causar la muerte de alguien.
  • Si ocurriera un accidente y alguien resultara muerto, María podría ser castigada por haber actuado con dolo eventual, ya que fue consciente del riesgo que estaba asumiendo y aceptó el posible resultado de su conducta ilícita.

Conclusión: La importancia del conocimiento del dolo eventual en el derecho

En conclusión, el dolo eventual es una figura importante en el derecho penal que implica que el autor de un delito no tiene como finalidad directa cometer un resultado específico, pero sí sabe que existe una alta probabilidad de que ocurra. Como hemos visto en los ejemplos anteriores, el dolo eventual puede presentarse en distintas situaciones, desde un robo con violencia hasta un accidente de tráfico.

Es importante destacar que la existencia de dolo eventual no implica que el autor quiera que el resultado ocurra, sino que lo acepta y sigue adelante con su conducta a pesar de conocer la posibilidad de que se produzca el resultado típico. Y es un concepto clave cuando se estudia derecho penal y cómo se ha visto puede significar una diferencia muy importante de años de prisión, si tienes alguna duda ya sabes.

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Autor

  • Daniel Garcia

    Jurista apasionado del Derecho Público y la Filosofía del Derecho, mi objetivo aquí es acercarte el derecho de forma sencilla y cotidiana

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