
¿Sabes las implicaciones que tiene ejercer el comercio con una persona casada? ¿Te encuentras estudiando Derecho Mercantil y no entiendes los tipos de empresarios? Tranquilo, al principio parece algo lioso, pero por esa razón esta este artículo.
Por esa razón, si estás estudiando Derecho no sabes cómo funciona el ejercicio del comercio por una persona casada, has llegado al lugar indicado. En este artículo, abordaremos todos los aspectos relevantes y te proporcionaremos ejemplos prácticos para una mejor comprensión. Así podrás resolver tus dudas y adquirir los conocimientos necesarios en este campo del Derecho Mercantil.
Y como valor añadido, si quieres aprender los conceptos fundamentales de esta rama jurídica, mira nuestro artículo sobre los datos y ejemplos que un buen jurista debe conocer sobre Derecho Mercantil.
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Las implicaciones del ejercicio del comercio por una persona casada
Cuestión Previa: El Estatuto jurídico del empresario
Antes de entrar a analizar en profundidad las implicaciones que tiene el ejercicio del comercio por una persona casada, es de relevancia explicar en que consiste la figura del empresario, sus deberes y los tipos que hay.
Por tanto, el estatuto jurídico del empresario es fundamental dentro del ámbito del Derecho Mercantil. En este contexto, definimos al empresario como la persona física o jurídica que, de manera profesional y en nombre propio, se dedica a organizar los medios de producción, bienes y servicios para el mercado. Veamos las características de esta definición:
- Debe ejercer la actividad en nombre propio.
- Debe tener capacidad para realizar dicha actividad.
Es importante distinguir entre la capacidad para ser comerciante y la capacidad para actuar como comerciante. Para actuar como comerciante, se requiere capacidad de obrar del Código Civil, lo cual implica ser mayor de edad y tener la libre disposición de los bienes. En cambio, para ser comerciante, solo se requiere capacidad jurídica, es decir, ser una persona. Esto significa que un menor de edad o una persona con incapacidad pueden ser comerciantes, pero ejercerán el comercio a través de otra persona en su nombre.
El Código de Comercio establece una distinción entre la capacidad para ser comerciante y la capacidad para actuar como comerciante. Los menores de edad y los incapacitados pueden ser comerciantes, pero no pueden actuar como tales.
Clases de empresario mercantiles
Dentro de las clases de empresarios, podemos distinguirlos por su dimensión entre grandes, medianos o pequeños empresarios. Esta distinción tiene implicaciones prácticas, principalmente en términos de beneficios fiscales.
También podemos clasificar a los empresarios en públicos y privados, dependiendo de si el titular de la empresa es un particular o la Administración Pública.
Sin embargo, la distinción más relevante y práctica se encuentra entre el comerciante individual y el comerciante colectivo o social. Esta distinción se basa en la responsabilidad de cada uno. Mientras que el comerciante individual responde personalmente con todos sus bienes presentes y futuros, el comerciante social tiene un patrimonio de afectación que responde únicamente por las deudas comerciales.
Para comprenderlo mejor, consideremos este ejemplo práctico: Juan y María, una pareja casada que decide abrir un negocio de artículos electrónicos. Si optan por ser comerciantes individuales, ambos responderán con todos sus bienes por las deudas comerciales. En cambio, si deciden constituir una sociedad comercial, su responsabilidad estará limitada al patrimonio de la sociedad, sin afectar su patrimonio personal.
Ejercicio del comercio por persona casada: Impacto del régimen matrimonial
Ahora nos adentraremos en el ejercicio del comercio por una persona casada. El matrimonio tiene una influencia significativa en la actividad profesional de los cónyuges, ya que afecta el régimen patrimonial. Cabe destacar que cada matrimonio tiene un régimen económico, es decir, una especie de sociedad o comunidad de bienes. Existen diferentes regímenes matrimoniales, pero nos centraremos en dos de ellos:
Régimen de Separación de bienes
En este régimen, cada cónyuge aporta sus propios bienes al matrimonio, y lo que se adquiere durante la unión es considerado propiedad individual. En este régimen, no existe una comunidad de bienes, por lo que plantea pocos problemas en relación con el ejercicio del comercio.
Ejemplo práctico: Ana y Carlos están casados bajo el régimen de separación de bienes. Ana decide iniciar su propio negocio de consultoría jurídica, mientras que Carlos se dedica a la enseñanza. Cada uno es responsable de sus propios bienes y de lo que generan dentro de su actividad profesional.
Régimen de Gananciales
En este régimen, se establece una verdadera comunidad de bienes. Lo que cada cónyuge aporta al matrimonio es considerado bien privativo, mientras que todo lo adquirido durante el matrimonio se considera bien ganancial, es decir, propiedad de ambos cónyuges.
Ejemplo práctico: Pedro y Laura están casados bajo el régimen de gananciales. Pedro es un empresario individual que dirige una tienda de ropa, mientras que Laura trabaja como abogada. En este caso, los bienes generados por la actividad comercial de Pedro son considerados bienes gananciales, ya que se adquirieron durante el matrimonio.
Por tanto, si te has fijado la relevancia que tiene el régimen económico a la hora de ejercer la actividad comercial, imagina como el Derecho influye en tu vida diaria, por lo que si te has quedado con esta duda, mira nuestro artículo para descubrir cómo el derecho vigente influye en tu vida cotidiana.
La importancia del consentimeinto en el ejercicio del comercio por persona casada
En el caso del ejercicio del comercio por una persona casada, es esencial comprender cómo se distribuye la responsabilidad y el consentimiento entre los cónyuges. Esto se encuentra regulado en los artículos 6 a 12 del Código de Comercio.
Artículo 6: “En caso de ejercicio del comercio por persona casada, quedarán obligados a las resultas del mismo los bienes propios del cónyuge que lo ejerza y los adquiridos con esas resultas, pudiendo enajenar e hipotecar los unos y los otros. Para que los demás bienes comunes queden obligados, será necesario el consentimiento de ambos cónyuges”.
De acuerdo con este artículo, del ejercicio del comercio por una persona casada, responderán los bienes propios del cónyuge comerciante y los adquiridos con las ganancias comerciales. Este cónyuge podrá enajenar e hipotecar tanto sus bienes propios como los adquiridos. Sin embargo, para que los demás bienes comunes queden obligados, se requiere el consentimiento de ambos cónyuges.
Ejemplo práctico: María es una empresaria individual casada con Juan. Ella administra una tienda de decoración y ha obtenido ganancias considerables. María tiene la capacidad de enajenar e hipotecar tanto sus bienes propios como aquellos adquiridos con las ganancias de su actividad comercial. Sin embargo, si María desea que los demás bienes comunes, como una casa de la pareja, queden obligados, necesitará el consentimiento expreso o tácito de Juan.
El consentimiento puede ser expreso, mediante una escritura pública, o tácito. El consentimiento tácito se da cuando el cónyuge comerciante ejercía el comercio antes del matrimonio y continúa haciéndolo sin oposición del otro cónyuge. También se considera tácito cuando se inicia el comercio después del matrimonio sin oposición expresa.
La oposición debe ser expresa, es decir, debe realizarse ante notario y registrarse en el Registro Mercantil para que tenga validez frente a terceros.
Es importante destacar que estas regulaciones se aplican, a menos que se establezca un régimen económico matrimonial diferente a través de capitulaciones matrimoniales, que son documentos públicos otorgados ante notario y válidos frente a terceros.
Conclusión
En resumen, acabas de aprender en poco tiempo tanto en que consiste la figura del empresario, los distintos tipos que hay, como todas las implicaciones que tiene el ejercicio del comercio por una persona casada, por lo que ten en cuenta que para que no se vean afectados los bienes gananciales tiene que haber una oposición expresa y manifiesta si no quereis problemas en un futuro.
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Autor
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Estudiante del Máster de la Abogacía de Cáceres con una pasión por el Derecho Mercantil. Apasionado por hacer el derecho más accesible para todos
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