El Maltrato Animal: Artículos 340 bis a 340 quinquies del Código Penal

Maltrato Animal

¿Qué es realmente el maltrato animal? ¿Cómo se define legalmente y cuáles son las distintas formas en que puede manifestarse? ¿Cuáles son las consecuencias legales para aquellos que cometen este delito? En este artículo, abordaremos estas preguntas fundamentales para comprender a fondo el delito de maltrato animal, tipificado en los artículos 340 bis a 340 quinquies del código penal.

Descubrirás que el maltrato animal no es simplemente un concepto vago, sino un delito concreto con diversas facetas y penas asociadas y, a lo largo de este artículo, ahondarás con ejemplos prácticos que ilustran las diferentes formas de maltrato animal, desde el abandono hasta las lesiones y la muerte, así como las implicaciones legales tanto para individuos como para personas jurídicas.

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¿Qué es el maltrato animal?

Como hemos adelantado, el maltrato animal es un delito, tipificado en el código penal en los artículos 340 bis a 340 quinquies. Este delito regula una serie de conductas hacia los animales muy diversas, con distintas gravedades y distintas penas.

Antes de pasar a las distintas conductas que regula el Código Penal, debemos especificar que entre ellos se encuentran tanto delitos de actividad como delitos de resultado.

Esto quiere decir que algunos se realizará el delito con una sola acción, sin que sea necesario que el animal reciba ningún daño de particular, para los delitos de actividad. Un ejemplo de estos delitos sería el abandono de un animal, no es preciso que reciba daño, si no que por el hecho de abandonarlo ya hemos consumado el delito.

En cuanto a los de resultado, veremos que hay tipos específicos que requieren lesiones en el animal, por ejemplo, las lesiones al animal, para que se consideren como tal, deben ser lesiones para cuya curación se ha requerido la intervención de un veterinario.

¿En qué consiste el maltrato animal?

Como hemos adelantado existen distintas acciones, a modo de resumen:

  • Causar a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud. Esto lleva aparejada pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses, este sería el tipo básico
  • Causar a un animal vertebrado las lesiones anteriores, cuando este no viva bajo el control humano. Esta acción tiene una pena inferior: pena de prisión de tres a doce meses o multa de tres a seis meses, por tanto estaríamos ante un tipo atenuado.
  • Causar la muerte de un animal, siempre que sea doméstico o que viva bajo control humano. Esto lleva una pena de prisión de doce a veinticuatro meses, sin que se pueda imponer multa. Este es sin duda el tipo más agravado de todos ellos, ya que conlleva una pena de prisión sin posibilidad de conmutarla por una multa.
  • Causar la muerte de un animal vertebrado cuando este no viva bajo control humano, aunque lleva aparejada una pena inferior: pena de prisión de seis a dieciocho meses o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
  • Causarle lesiones al animal, aunque no requiera tratamiento veterinario, con una pena inferior al primer supuesto. Para este caso se prevé una pena de multa de uno a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días. Estaríamos una vez más ante un tipo atenuado, al considerarse lesiones menores.

En resumen, causarle lesiones o la muerte a un animal será delito, lo que varía es la gravedad de la pena en función de su este animal vivía bajo el control humano y de si en el caso de las lesiones se necesitó tratamiento veterinario.

Debemos tener presente que el artículo también establece que se deberán aplicar las penas en su mitad superior en los siguientes casos:

  • Utilizar armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas que pudieran resultar peligrosas para la vida o salud del animal.
  • Ejecutar el hecho con ensañamiento.
  • Provocar la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal del animal.
  • Que el culpable sea el dueño del animal o tenga confiado su cuidado.
  • Llevar a cabo los hechos en presencia de menores o de una persona especialmente vulnerable.
  • Ejecutar el hecho con ánimo de lucro.
  • Cometer el hecho para coaccionar, intimidar, acosar o producir menoscabo psíquico a quien sea o haya sido cónyuge o con análoga relación.
  • Ejecutar el hecho en un evento público o difundirlo.
  • Utilizar veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva.

Por otra parte, debemos tener presente que, además de las penas de prisión o multa de estos delitos, también se podrán imponer como accesorias: la inhabilitación para ejercer una profesión relacionada con animales, la prohibición de tenencia de animales, así como la prohibición de tenencia o porte de armas si para el delito se utilizaron. 

¿Cuándo es delito abandonar a un animal?

Conforme al artículo 340 ter, será delito abandonar a un animal cuando:

  • El animal se encuentre bajo su responsabilidad
  • Se le abandone en condiciones que pueda peligrar su vida o integridad

Recordemos que es un delito de actividad, no será necesario que el animal salga herido, solo que pudiera serlo.

Maltrato animal de personas jurídicas

También prevé el Código Penal que sea una persona jurídica la responsable del delito de maltrato animal. Poniendo un ejemplo, en una guardería de animales que uno de sus empleados lesiona de manera sistemática a las mascotas a su cargo.

En ese caso, por la culpa in vigilando, la empresa también será responsable por las acciones de sus empleados. Si no conoces la culpa in vigilando y los casos en los que se aplica te dejo nuestro artículo que te lo explica con ejemplos.

Las penas en las que pueden incurrir son:

  1. a) Multa de uno a tres años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista en la ley una pena de prisión superior a dos años.
  2. b) Multa de seis meses a dos años, en el resto de los casos.

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1- Abandono de un Animal

Juan es propietario de un perro llamado Max. Un día, decide abandonar a Max en un parque lejano, dejándolo sin agua ni comida y cerca de una carretera muy transitada. Aunque Max no sufre lesiones visibles, el simple acto de abandonarlo ya constituye un delito de maltrato animal. Juan podría enfrentar una pena de prisión de tres a dieciocho meses o una multa de seis a doce meses, según establezca el juez o tribunal.

Ejemplo 2- Maltrato Animal por Parte de una Empresa:

En una veterinaria, los empleados sistemáticamente maltratan a las mascotas a su cargo. La empresa, al no supervisar adecuadamente las acciones de sus empleados, puede ser considerada responsable por culpa in vigilando.

En este caso, la empresa podría enfrentar multas de uno a tres años si el delito cometido por los empleados tiene una pena prevista de prisión superior a dos años, o multas de seis meses a dos años en otros casos.

Además, la empresa podría sufrir sanciones accesorias, como la prohibición de tenencia de animales o la inhabilitación para ejercer una profesión relacionada con animales, lo que se traduciría en el cierre del negocio.

Ejemplo 3- Causar Lesiones a un Animal sin Necesidad de Tratamiento Veterinario:

Pedro, en un acto impulsivo, patea a un gato callejero causándole lesiones menores que no requieren tratamiento veterinario. Aunque las lesiones no son graves, el simple hecho de causar daño al animal lo convierte en un delito de maltrato animal. Pedro podría enfrentar una pena de multa de uno a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.

Conclusiones

En este artículo hemos analizado en profundidad el delito de maltrato animal, descubriendo que va más allá de un simple concepto, siendo un crimen específicamente tipificado en los artículos 340 bis a 340 quinquies del código penal. A lo largo de este texto, has explorado las diversas formas en que este delito puede manifestarse, desde el abandono de animales hasta las lesiones y la muerte, comprendiendo que estas acciones se rigen por una variada escala de gravedad y condena legal.

Además, has adquirido un conocimiento valioso al distinguir entre delitos de actividad y delitos de resultado, reconociendo que el maltrato animal puede consumarse con una única acción o requerir consecuencias perjudiciales para el animal.

La responsabilidad de las personas jurídicas en estos delitos, evidenciada por la “culpa in vigilando”, también ha sido un aspecto clave que has desentrañado. Al ilustrarlo con ejemplos prácticos, como el abandono de un perro o el maltrato sistemático en una empresa, te has enfrentado a situaciones concretas que ilustran la aplicación de las leyes en este contexto.

¡Espero que te haya gustado este artículo y nos vemos en el siguiente!

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