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ToggleGanancias patrimoniales: lo que todo contribuyente necesita saber
¿Quieres saber qué son las ganancias patrimoniales y por qué es tan importante entenderlas? Tal vez te resulte interesante saber cómo tributar aquellos incrementos en tu patrimonio como consecuencia de operaciones concretas, como en transmisiones lucrativas, extinción del régimen económico matrimonial de la separación de bienes… Desde éste mismo momento te doy la bienvenida. Has de saber que te enfrentas a concepto clave del Derecho Tributario que puede marcar una diferencia significativa en tu declaración de la renta.
En este artículo vamos a ayudarte a comprender todo acerca de las ganancias patrimoniales: qué son; cuál es su marco jurídico; cómo se calculan; o las diferencias que hay con el rendimiento del capital mobiliario. Tras ello te mostraré una serie de ejemplos prácticos que estoy seguro de que te ayudarán a terminar de comprender el concepto a la perfección.
Dicho esto, sólo me queda invitarte a que te pongas cómodo y abras bien los oídos, porque vamos a comenzar a sobrevolar el maravilloso mundo del Derecho Tributario. ¡Empezamos!
¿QUIERES ENTENDER LAS GANANCIAS PATRIMONIALES Y SU IMPACTO TRIBUTARIO?
En Legal Prime, te explicamos qué son las ganancias patrimoniales, cómo se calculan y cómo afectan a tus impuestos. Con ejemplos prácticos, aprenderás a gestionar estas ganancias de manera efectiva para cumplir con la normativa tributaria. ¡Empieza gratis hoy mismo y mejora tu comprensión sobre el Derecho Tributario!
¿Qué son las ganancias patrimoniales? Definición y marco jurídico
Para comenzar, vamos con lo más importante: establecer una definición del concepto a analizar. Para ello nos dirigimos a la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), la cual, en su art. 33, define las «ganancias patrimoniales» como «las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos».
Así, a raíz de esta definición, has de saber que el marco jurídico de las ganancias patrimoniales se encuentra en los arts. 33 a 39 LIRPF. De su lectura podrás intuir que la norma concreta la alteración del patrimonio como aquella proveniente de las transmisiones o adquisiciones de bienes y derechos; estableciendo asimismo un numerus clausus de ganancias exentas, como pueden ser as derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años o las indemnizaciones por expropiaciones forzosas.
Sin embargo, esta definición puede resultar algo farragosa. Para entenderlo un poco mejor, vamos a ver algunos ejemplos cotidianos de las ganancias patrimoniales:
- Transmisión de acciones: La ganancia patrimonial resultará de la diferencia entre el precio de venta de las acciones y el de compra.
- Venta de inmuebles: Derivado de la ganancia obtenida con la venta de un inmueble.
- Transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente.
- Extinción del régimen económico matrimonial de la separación de bienes: Cuando éste haya generado una ganancia patrimonial en los cónyuges.
Diferencia entre las ganancias patrimoniales y los rendimientos del capital mobiliario
Si ya tienes alguna noción sobre Derecho Tributario, seguro que te has parado a pensar en las diferencias que puede haber entre el concepto que nos ocupa en el artículo y los rendimientos del capital mobiliario. Y es que, en efecto, sus características pueden generar cierta confusión. Por ello, voy a explicarte cuáles son sus diferencias para que entiendas perfectamente ambas categorías fiscales:
- Ganancias patrimoniales: Su carácter es extraordinario, ya que no derivan de una actividad recurrente y se originan por variaciones en el valor de los bienes o derechos del contribuyente, generalmente asociadas a transmisiones de patrimonio.
- Rendimientos del capital mobiliario: En cambio, estas rentas provienen del rendimiento económico periódico o continuo de activos financieros, como intereses de cuentas bancarias, dividendos de acciones o arrendamientos de bienes muebles… Estando vinculadas, pues, a la obtención de ingresos por la cesión o el uso de capital.
Tratamiento fiscal de las ganancias patrimoniales
Las ganancias patrimoniales forman parte de la base imponible del ahorro. La tributación de estos rendimientos se realiza en función de un sistema de tipos progresivos que se aplican a la base imponible del ahorro. En la actualidad, los tipos aplicados a cada tramo son los siguientes:
- Hasta 6.000 €: 19%.
- De 6.001 € hasta 50.000 €: 21%.
- De 50.001 € hasta 200.000 €: 23%.
- De 200.001 € hasta 300.000 €: 27%
- De 300.001 € en adelante: 28%.
¿Cómo se calculan las ganancias patrimoniales?
Casi hemos llegado al final. Sin embargo, antes de pasar a los ejemplos prácticos hemos de detenernos en el que quizá sea el más importante de los apartados: la forma de calcular las ganancias patrimoniales. Como verás, la fórmula para su obtención no es compleja, pero es necesario conocer sus diferentes conceptos a la perfección:
GANANCIA PATRIMONIAL = (Valor de transmisión – valor de adquisición) – gastos deducibles
- Valor de transmisión: Importe total obtenido por la venta o transmisión del bien o derecho, incluyendo impuestos repercutidos.
- Valor de adquisición: Precio por el que se adquirió el bien o derecho, al que se suman los gastos inherentes a la compra (notaría, registro, etc.) y, en su caso, las mejoras realizadas.
- Gastos deducibles: Gastos y tributos directamente relacionados con la transmisión.
Sin embargo, has de tener en cuenta que existen una serie de aspectos relevantes del cálculo que deberás considerar:
- Actualización de los valores según el IPC: Aunque actualmente no se permite la actualización de los valores de adquisición conforme al IPC en el IRPF, sí que fue una práctica habitual en ejercicios precedentes, por lo que se trata de un aspecto que puede ser relevante para futuras reformas fiscales.
- Deducciones y exenciones:
- Exención por reinversión en vivienda habitual: Si el importe obtenido se reinvierte en la compra de una nueva vivienda habitual, la ganancia puede estar exenta de tributación.
- Exención por transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años: En este caso, la ganancia generada está completamente exenta.
- Coeficientes reductores: Aplicables en transmisiones de bienes adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, para reducir la tributación de la ganancia acumulada hasta 2006.
Ejemplos prácticos
Ya hemos llegado al final, ¡enhorabuena! Pero antes de terminar, déjame ilustrarte con un par de ejemplos prácticos que puedan ayudarte a terminar de comprender a la perfección el concepto de las ganancias patrimoniales.
Ejemplo 1: La venta de la casa de Anabel
Anabel, una informática de una multinacional francesa, compró un pequeño apartamento hace 10 años por 150.000 €, incluyendo los gastos de notaría, impuestos y registro. Anabel decidió reformar la cocina hace cinco años, invirtiendo 10.000 € en mejoras para hacer su hogar más acogedor. Recientemente, ha tenido que mudarse a otra ciudad, por lo que ha decidido vender su apartamento. Gracias al auge del mercado inmobiliario, logró venderlo por 230.000 €.
Para calcular si había obtenido una ganancia patrimonial y cuánto tendría que tributar, Anabel pidió ayuda a su gestor personal:
- Valor de transmisión: El precio de venta del apartamento fue 230.000 €. Además, Anabel pagó 3.000 € en comisiones a la agencia inmobiliaria y 2.000 € en otros gastos relacionados con la venta. Así, el valor neto de transmisión quedó en 225.000 €.
- Valor de adquisición: Incluye el precio inicial de compra (150.000 €) más los gastos de mejora (10.000 €): 160.000 €.
- CÁLCULO DE LA GANANCIA PATRIMONIAL = 225.000 – 160.000 = 65.000 €
Anabel obtuvo, pues, una ganancia patrimonial de 65.000 €. Este importe deberá declararlo en la base imponible del ahorro de su IRPF, sujeto a la aplicación del tipo porcentual del 23%.
Ejemplo 2: Álvaro y sus finanzas
Álvaro es un joven emprendedor apasionado por las finanzas. Hace tres años, decidió invertir parte de sus ahorros en el mercado de valores. Adquirió 100 acciones de una empresa tecnológica en crecimiento por un precio de 50 € cada una, lo que sumaba un total de 5.000 €. Además, pagó 50 € en comisiones de compra a su bróker.
Recientemente, las acciones alcanzaron un buen precio de mercado de 90 € por unidad, por lo que decidió venderlas esperando obtener una buena ganancia. La operación se cerró con éxito y el bróker le cobró 75 € en comisiones por la venta.
Para calcular la ganancia patrimonial, Álvaro tuvo que seguir estos pasos:
- Valor de transmisión: Vendió las 100 acciones a 90 € cada una, obteniendo un total de 9.000 €. Restó los 75 € de comisión por la venta: 8.925 €.
- Valor de adquisición: Compró las acciones por 5.000 €, a lo que sumó los 50 € de comisión inicial: 5.050 €.
- CÁLCULO DE LA GANANCIA PATRIMONIAL = 8.925 – 5.050 = 3.875 €
Álvaro ha obtenido una ganancia patrimonial de 3.875 €, que deberá incluir en su declaración de la renta, y a la que le corresponde la aplicación del tipo del 19%.
Conclusiones
Hemos llegado al final, ¡te felicito! Has sobrevivido al arduo camino del Derecho Tributario, del cual eres ya todo un experto. En resumen, las ganancias patrimoniales pueden concretarse como las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que se califiquen como rendimientos, y se desarrollan en los arts. 33 a 39 LIRPF.
Asimismo, ya conoces qué tipos de existen y, lo más importante, cómo se calculan. Por último, estoy seguro de que Anabel y Álvaro te habrán ayudado a esclarecer el concepto.
Antes de terminar, si te gusta el Derecho Tributario, déjame invitarte a que te pases por nuestra web, donde encontrarás cursos como éste de Derecho Financiero y Tributario, o éste de Derecho Tributario Especial.
Esperamos que este artículo haya te haya resultado útil y que hayas podido resolver todos tus interrogantes sobre las ganancias patrimoniales. Recuerda que en Derecho Virtual puedes resolver todas tus dudas jurídicas. ¡Te esperamos en próximos artículos!
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Doble Graduado en Derecho y ADE y Máster en Gobierno y Derecho Público. Opositor al CSACE. Entusiasta del Derecho Constitucional y Administrativo, pretendo transmitir el mundo jurídico desde una perspectiva didáctica y motivadora
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