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La legítima estricta【Conceptos & Ejemplos】

La legítima estricta

Si eres un aprendiz de jurista y deseas conocer de forma sencilla y práctica cómo se debe repartir una herencia, este breve artículo te explica una de las claves de este proceso: la legítima estricta. En el derecho Sucesorio existen multitud de reglas muy concretas que determinan quien debe heredar y en que medida.

Cuando una personas fallece, rápidamente surgen un montón de dudas, ¿Quién debe heredar? ¿Cuánto le toca a cada uno?

Acompáñame en este recorrido por un concepto clave en el mundo del derecho de sucesiones…¿Empezamos?

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¿Que es la legítima estricta?

La legitima es una parte de la herencia que corresponde a cierto tipo de herederos, en este caso forzosos. ¿Cuáles son los herederos forzosos? Pues normalmente los hijos, los nietos, bisnietos (descendientes) y los padres (ascendentes) en caso de que no haya ningún descendiente.

Es importante recalcar que los ascendientes nunca podrán ser herederos forzosos si existen antes descendientes que puedan heredar.

Es decir, que si alguien fallece con hijos la legítima de los hijos es la que cuenta, sin embargo, si esa persona muere sin hijos entrara en juego la legítima de los padres.

Ejemplo

Mario de 56 años fallece con dos hijos Juan y Anacleto. Mario todavía cuenta con su padre Antonio con vida ¿Cómo queda esto?

En este caso la legitima que debe tenerse en cuenta es la de los hijos de Mario por lo que Antonio no será considerado como heredero forzoso.

¿Y que pasa si alguien fallece y su esposo o esposa sobrevive sin hijos en común? Pues en ese caso también será heredero forzoso el cónyuge superviviente, eso sí, tendrá que compartir la herencia con los padres del fallecido.

Ejemplo

Mario estaba casado con Isabel. Un día Isabel fallece repentinamente  y deja a Mario con una herencia de 100.000€. Los padres de Isabel aún con vida hablan con Mario avisándoles de que ellos también son herederos, por lo que tocará repartir la herencia.

Tipos de legítima: La legítima estricta y la legítima larga

Tenemos que pensar para empezar que los herederos forzosos (hijos y descendientes) pueden llegar a recibir 2/3 de la herencia en concepto de legítima. De esos 2/3, un tercio (1/3) es lo que se denomina como legítima estricta y es el mínimo del mínimo que le corresponde a cualquiera de los hijos o descendientes.

El tercio que falta comprende lo que se denomina como 1/3 de libre disposición, y esto significa que podrá dejarle esa parte a quien quiera sea pariente o no.

Es decir, únicamente pueden reclamar la legítima estricta los hijos o descendientes a esta parte de la herencia (1/3) se le puede añadir otro tercio, al que se le conoce como “el tercio de mejora” (1/3)

En resumen, la legitima estricta es 1/3 de la herencia que los hijos recibirán en todos los casos y la legítima larga es aquella que une la estricta con la mejora llegando alcanzado entonces los 2/3 de la herencia.

Ejemplo:

Mario deja una herencia de 10.000€ a sus dos hijos Juan y Anacleto. Como hemos visto les corresponde por ser hijos al menos 1/3 de la herencia (la legítima estricta).

Ahora bien, Mario decidió darle algo más a uno de ellos porque estuvo cuidándole durante años y haciéndose cargo de sus gastos, por lo que además de dejarle la legítima estricta le mejora con un 1/3 de mejora, por lo que uno de los hijos tendrá únicamente la legítima estricta y el otro disfrutará de una legítima larga (2/3 de la herencia)

Importante: Antes de pasar a los ejemplos prácticos debes saber que esto únicamente ocurre en los territorios de España donde se aplica el Código Civil (art. 806 al 822 CC) y no existe derecho especial que regule las Sucesiones, como sucede en Navarra, Cataluña, País Vasco etc.

Ejemplos prácticos de la legítima estricta


Ejemplo 1. FALLECIDO SIN HIJOS, CON CÓNYUGE Y SIN PADRES

Martín ha sido huérfano desde que tiene uso de razón, a los 75 años fallece dejando en el banco unos 100000€ y le dejándole por testamento unos 10.000 a un amigo Juan que le ayudó mucho de joven. Un año antes de fallecer se casó con Leocadia ¿Cómo calculamos la legítima estricta?

En este caso la herencia total es de 110.000€ por lo que 2/3 (73.333€) van para Leocadia y como el 1/3 restante no vulnera nada y sobra dinero no hay ningún problema y podrá dejarle a su amigo Juan esos 10.000€.


Ejemplo 2. FALLECIDO SIN HIJOS CON CÓNYUGE Y CON PADRES

Martín fallece dejando en el banco unos 100000€, su esposa Leocadia espera poder heredar todo, pero los padres de Martín, Paula y Anacleto le dicen que tendrá que repartir. ¿Cómo calculamos la legítima estricta?

En este caso, les corresponde 1/3 a los padres (33.333€) como no hay libre disposición por parte de Martín, los 2/3 de la herencia restante irían para su cónyuge.


Ejemplo 3. FALLECIDO CON HIJOS Y SIN CÓNYUGE

Martín un día este fallece dejando en el banco unos 100000€, sus hijos Gervasio y Anamena desean saber cuánto les toca de la herencia de su padre.

Su padre, le ha dejado únicamente a Gervasio la legítima estricta y a Anamena la legítima estricta y la mejora.

¿Cuánto le ha dejado exactamente a cada uno?

En este caso, a Gervasio le ha dejado lo mínimo por lo que esto será 1/3 de la herencia, es decir, 33.333€, en cambio a su hermana le he dejado la mejora por lo que a Anamena le tocará recibir 2/3 de la herencia es decir 66.666€


Ejemplo 4. FALLECIDO CON HIJOS, UN NIETO Y CÓNYUGE

Martín fallece dejando en el banco unos 100000€, sus hijos Gervasio y Anamena desean saber cuánto les toca de la herencia de su padre.

Su padre, le ha dejado únicamente a Gervasio la legítima estricta y a Anamena la legítima estricta también. Además, decide mejorar a su nieto Javier para que estudie lo que quiera.

Leocadia, la madre de Gervasio y Anamena les aconseja ir a un abogado porque ella cree que algo le corresponde ¿Cuánto le corresponde exactamente a cada uno?

En este caso, Gervasio y Anamena reciben únicamente la legítima estricta que es de 33.333€
Javier siendo el nieto recibe otros 22.222€ en concepto de mejora
Finalmente, Leocadia recibe un usufructo de 11.111€ (1/3 de la mejora)


Conclusiones

Como has podido ver un detalle dentro del fenómeno de las Sucesiones cambia por completo el reparto de la herencia, por ello es importante conocer qué tipos de legítima existen, cómo funciona esta figura y sobretodo cómo afectan al reparto hereditarito.

Conociendo estas claves, hemos visto por un lado, que solamente un tipo de heredero tiene derecho a reclamar la legítima y que por otro lado la legitima representa el mínimo legal que deben recibir tanto hijos como descendientes.

Si te ha gustado este pequeño artículo, seguro que te gustará conocer en profundidad el fenómeno sucesorio en España.  Esperamos que te haya quedado claro y hayamos despejado tus dudas. ¡Nos vemos en la próxima!

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Autor

  • Jesús Aitor Prado Seoane

    Abogado especialista en propiedad intelectual, industrial y nuevas tecnologías en QUERYLAWYER LEGAL BOUTIQUE (32.135.180.35.) Doctorando en Derecho civil por la Universidad de la Rioja.

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