¿Sabías que existen distintos métodos de resolución de conflictos? ¿Has oído alguna vez hablar de la mediación? ¿Y de la mediación internacional?
El arbitraje, la conciliación, la negociación y la mediación son los sistemas alternativos más empleados. Acudir a los Tribunales de Justicia ordinarios ya no es la única forma de solucionar nuestros problemas jurídicos.
En nuestro post: “Claves para conocer El arbitraje” pudiste conocer al primero de ellos. Ahora toca el turno de la mediación internacional, ¿estás listo? ¡No te lo pierdas!
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Indice de Contenidos
ToggleLa Mediación Internacional, ¿Qué es?
La mediación internacional hace referencia a un mecanismo de resolución de conflictos. A través de él, las partes solicitan a un tercero o terceros, denominado “mediador”, su asistencia para llevar a cabo un pronto arreglo de las controversias. Esta disputa se puede deber a una relación contractual o cualquier otro tipo de relación jurídica.
Al igual que el arbitraje, puede presentar un carácter nacional o internacional. Se considerará internacional cuando se presenten alguno de los siguientes elementos:
- Durante el momento de la presentación de la solicitud de mediación o, incluso, cuando surgiese la disputa, las partes habrán de tener sus domicilios en Estados distintos.
- El lugar del cumplimiento de la relación jurídica deberá estar situado en un Estado distinto al del domicilio de las partes.
- El lugar que guarde una relación estrecha el objeto del conflicto deberá estar localizado en un país diferente al del domicilio de las partes.
Asimismo, se considera un método para alcanzar una solución pacífica en el caso de conflictos internacionales entre Estados, empleados con el fin de evitar el uso de la fuerza.
¿Cuáles son sus características?
Los caracteres esenciales de la mediación internacionales son los siguientes:
- Las partes mantienen su libertad de acción y decisión respecto a la solución final de la controversia.
- La solución se ha de recoger en un acuerdo internacional obligatorio.
- Se trata de un procedimiento voluntario.
- El mediador se considera un sujeto activo puesto que más allá de promover la comunicación entre las partes, también participará, proponiendo soluciones, y negociando.
- Presenta un carácter multidisciplinar, pudiendo participar en ella distintos actores de inmensa diversidad (Estados, Organizaciones internacionales, expertos, etc).
- El mediador es imparcial y tendrá la obligación de informar si se diese alguna circunstancia por la que esa imparcialidad e independencia pudiera verse viciada.
- En principio la mediación se llevará a cabo por medio de un solo mediador, pero cuando existan más, todos ellos deberán actuar en consenso.
¿Cuáles son sus objetivos?
Los objetivos de la mediación son compartidos por ambos ámbitos, nacional e internacional, y son los siguientes:
- Promover la mediación como método de resolución de conflictos, sus efectos y aplicación.
- Mejorar la comunicación de las partes y su relación.
- Encontrar soluciones a través de pactos, que sean, además, adecuadas a cada situación.
- Tener en cuenta las necesidades de cada parte.
- Reducir la hostilidad entre las partes en conflicto.
¿Dónde encontramos su regulación?
- La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil reconoció la mediación o conciliación como método de arreglo pacífico de las controversias en el ámbito de las relaciones comerciales internacionales, aprobando el Reglamento de Conciliación de la CNUDMI (1980).
- Asimismo, se elaboró la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Conciliación Comercial Internacional (2002) que fue modificada posteriormente por la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Mediación Internacional (2018).
- La Ley anterior complementa, igualmente, la Convención de las Naciones Unidas sobre los acuerdos de transacción internacionales resultantes de la mediación.
- Y, de la misma manera, en 2021, se redactó el Reglamento de Mediación de la CNUDMI.
¿Cómo podrá finalizar la mediación internacional?
La conclusión de la mediación podrá tener lugar:
- Por firma de un acuerdo de transacción final por las partes.
- Por declaración escrita de las partes al mediador para concluir el procedimiento.
- Por notificación de una parte a la otra y al mediador para concluir el procedimiento.
- Por notificación del Centro de la expiración del término de mediación.
- Por notificación del Centro del no pago por las partes tras ser requeridas (30 días), o vencido el plazo adicional que se les haya otorgado para el pago.
El mediador tendrá la obligación de comunicar al Centro acerca de la firma de un acuerdo de transacción por las partes o sobre la presencia de alguna causa de terminación de la mediación.
La mediación en el ámbito europeo
Naciones Unidas
La Carta de las Naciones Unidas incluye la mediación como un medio para el arreglo pacífico de las controversias (artículos 2.3 y 33.1).
No obstante, es preciso afirmar que hasta 2010, Naciones Unidas no prestaba especial atención a este mecanismo y que, existen otras organizaciones internacionales con mayor capacidad para llevar a cabo procesos de mediación.
A pesar de ello, desde 2006, la ONU ha estado trabajando en iniciativas que promueven y mejoran este mecanismo pues según el Secretario General, “la mediación es una de las inversiones más inteligentes y rentables que Naciones Unidas puede realizar”.
En 2006, se creó la Unidas de Apoyo a la Mediación dentro del Departamento de Asuntos Políticos que, entre otras cosas, apoya a la Junta Consultiva de Alto Nivel sobre la Mediación, desarrolla el instrumento de apoyo “Peacemaker” y, además, ha colaborado en crisis como la crisis de Kirguistán y la crisis electoral de Kenia en 2007.
También se han de remarcar:
- La Resolución de la Asamblea General 60/284 sobre Prevención de conflictos armados
- La Resolución de la Asamblea General 65/283 sobre Fortalecimiento de la función de mediación en el arreglo pacífico de conflictos y su solución
- El Informe del Secretario General sobre “Diplomacia preventiva: obtención de resultados”
Unión Europea
La Unión Europea es la organización internacional de carácter regional más preparada en cuanto a prevención de conflictos debido a sus diferentes organismos y herramientas que permiten detectar alertas y llevar a cabo análisis sobre los sucesos.
Además, es una firme promotora del empleo de métodos alternativos de solución de conflictos, entre ellos, la mediación.
La Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles se aplica a los pleitos transfronterizos y su objetivo principal es promover el recurso a la mediación en los Estados Miembros.
Esta Directiva presenta cinco aspectos de especial relevancia:
- Obliga a los Estados miembros a promover la formación de mediadores y a garantizar una mediación de alta calidad.
- Establece la posibilidad de que cualquier juez proponga a las partes llevar a cabo un proceso de mediación en determinados casos.
- Asegura el respeto a la confidencialidad.
- Garantiza que las partes puedan continuar acudiendo a juicio a pesar del tiempo dedicado a la mediación, puesto que durante ella se producirá una suspensión de los plazos para interponer una acción judicial.
¿Cuáles son los retos a los que se enfrenta la mediación internacional?
Existen tres retos principales a los que se ha de enfrentar la mediación internacional:
- Apoyo financiero:
Se deberá producir una financiación por parte de los Estados y las organizaciones internacionales, de manera que se promueva la mediación internacional y sea posible su aplicación. Sin recursos económicos, no puede llevarse a cabo.
- Recursos humanos:
En este apartado se han de garantizar la creación un equipo de mediadores de nivel medio, que realicen la tarea de mediación desde niveles inferiores, colaborando en una labor necesaria.
Asimismo, se precisa elaborar una base de datos con el fin de poder escoger a los profesionales más adecuados, así como programas de formación.
- Voluntad política
Es necesario que los Estados y las organizaciones internacionales se involucren, cooperen y se comprometan a emplear el mecanismo de la mediación y buscar los objetivos que se extraen de la misma.
Ejemplos prácticos
Ejemplo 1: Álvaro de Soto en El Salvador
Álvaro de Soto es un diplomático peruano y fue representante especial del Secretario general de la ONU.
Se le conoce como un gran mediador que ayudó a poner fin a la guerra civil que tuvo lugar en el Salvador, emprendiendo numerosos procesos de mediación que finalizaron con la firma de la paz en México en 1992.
Ejemplo 2: Andrea Riccardi y Matteo Zuppi en Mozambique
Al alcanzarse la independencia de Mozambique, en 1975, se produjo un conflicto político y civil entre el Frente de Liberación y el grupo guerrillero Resistencia Nacional.
Andrea Riccardi y Matteo Zuppi tuvieron un papel fundamental en la firma de la paz de 1992, a través de un proceso de mediación que se caracterizó por el entendimiento mutuo y la creación de un clima de respeto, confianza, perdón y reconciliación.
Conclusiones
¡Felicidades por haber llegado hasta aquí!
Con la lectura de este post has aumentado tu conocimiento en uno de los métodos alternativos para la resolución de conflictos en la esfera internacional.
Gracias a ello, has podido informarte sobre un mecanismo muy relevante, sobre su regulación y sobre los retos y objetivos que presenta.
Asimismo, a través del análisis de la mediación desde el prisma de organizaciones internacionales de sumo interés, tales como la Unión Europea y las Naciones Unidas has profundizado todavía más en tu aprendizaje.
¡Y no te olvides de los ejemplos! Con ellos, has reforzado todo el conocimiento teórico adquirido.
Si te interesa el Derecho Internacional, no dudes en visitar nuestro artículo: “Claves para conocer el Crimen de Lesa Humanidad (Concepto y Ejemplos)”
¡Espero que hayas disfrutado! ¡Nos vemos muy pronto!
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Estudiante del Máster de Abogacía y de Derecho Penal Internacional y escritora. Mi objetivo es transmitir los conocimientos más esenciales del Derecho y facilitarte su comprensión.
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