Derecho virtual Logo

Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual explicado con Ejemplos Reales

Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual

¿Confundes la propiedad industrial y propiedad intelectual? Aunque parezca que estamos hablando de lo mismo, lamento decirte que no es así.

Te pongo un ejemplo muy sencillo

El inventor de la bombilla y de cualquier creación que pueda ser protegible y industrializable entra dentro de la propiedad industrial.

A estas creaciones se las denominará como inventos o invenciones

En cambio, el diseñador gráfico de Coca-Cola y cualquiera de sus creaciones estarán bajo la protección de la propiedad intelectual.

A todas las creaciones que salgan de la cabeza del diseñador grafico se les denomina como Obras

Como vemos tanto los inventos como las obras son creaciones que parten del ingenio humano, pero su desarrollo y utilidad hacen que sean protegibles desde diferentes ángulos.

¿Te sigue generando dudas este tema? Pues quédate un poco mas conmigo porque esto va de inventos.

¡Vamos a empezar!

¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?

Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.

PROBAR AHORA

Propiedad industrial y propiedad intelectual

Para empezar debo decirte que la principal diferencia es que ambas ramas tienen un desarrollo legislativo diferenciado.

Por un lado, todas aquellas creaciones que no tienen una aplicación directa en la industria serán consideradas como propiedad intelectual

La propiedad intelectual se regula mediante la Ley de Propiedad Intelectual

¿Qué tipos de creaciones son protegibles por la propiedad intelectual?

El artículo 10 de la Ley de Propiedad Intelectual, nos da un listado de creaciones dignas de protección por derechos de autor, es decir mediante la propiedad intelectual.

Por ejemplo

  • Los libros, ya sean de ficción, de consulta o científicos. Desde una novela de Reverte a un Manual de Derecho civil
  • Las composiciones musicales, la ultima canción de Bad Bunny  o una canción que compones en tu cuarto.
  • Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, comics, cualquier creación artística.
  • Obras audiovisuales, una película rodada tiene un guión, una banda sonora, actores, productores…
  • Los videojuegos, son una obra compleja con guion, música, mecánicas…

En cambio, los inventos que tienen una aplicabilidad industrial se regulan por la Ley de Patentes y se protegen mediante la propiedad industrial.

Debemos apuntar que para que una invención pueda protegerse mediante la Ley de Patentes (art. 6 a 9) debe cumplir con tres elementos muy importantes:

  • Novedad, se refiere a que la invención no debe estar dentro de los inventos conocidos hasta el momento.
  • Actividad Inventiva, se refiere a que el inventor debe haber realizado un esfuerzo en idear la solución que su invención.
  • Aplicabilidad Industrial, justamente que pueda ser fabricado o usado en algún campo de la industria, incluido el sector de la agricultura o ganadería.

Finalmente, debemos indicar que una de las diferencias entre la propiedad industrial y propiedad intelectual es que para la primera es necesario su registro, mientras que para la segunda los derechos nacen una vez se ha finalizado la obra.

Ejemplo “Juan el virtuoso”

Juan es un prestigioso inventor con mas de 40 patentes y modelos de utilidad registrados a su favor.

Para ello ha tenido que solicitar mediante un riguroso examen, que se registrase y concediesen todas ellas ante la OEPM.

Juan además de ser inventor es también muy buen dibujante por lo que disfruta además de los derechos de cada uno de lo bocetos que hace.

Para ello no es necesario que los registre en ningún lugar, aunque un amigo suyo abogado le ha dicho que debería registrarlos en el Registro de la Propiedad Intelectual

Diferentes derechos de propiedad industrial y propiedad intelectual

Los derechos del inventor y los del autor tienen cierta semejanza aunque tienen diferente alcance.

Los derechos del autor de una obra protegida propiedad intelectual se resumen en los siguientes:

  • Derechos Patrimoniales, aquellos que dan dinero, es decir que se pueden comerciar con ellos.
  • Derechos Morales, son intocable y pertenecen únicamente al autor, no se pueden ceder ni transferir

Estos derechos sin embargo, tienen fecha de caducidad, en concreto los derechos de autor duran hasta 70 años tras al muerte del autor.

Cuando transcurra ese tiempo su obra pasará a lo que se denomina como “Dominio Público”

Ejemplo “Lorca y el dominio público”

Federico García Lorca escribió una multitud de obras antes de su muerte en el 19 de agosto de 1936. En la actualidad, en 2023 han pasado 83 años desde la muerte del poeta.

Por lo que su obra habría pasado al dominio público y por ende cualquiera podría utilizarla sin restricciones.

Los derechos del inventor, de una creación protegida por propiedad industrial le permiten:

  • Autorizar la importación y exportación así como el uso de su invención.
  • Decidir sobre la fabricación o cesión a terceros para patentar nuevas invenciones.

Estos derechos no son ilimitados y normalmente tienen una duración de 20 años. 

Pasado ese tiempo la patente se libera y puede ser usada por cualquiera.

Ejemplo “Elon Musk y las patentes”

Elon Musk creador de los famosos coches Tesla liberó hace unos años algunas de las patentes que se utilizaban para fabricar sus automóviles.

Esto sucede porque el inventor tiene en su poder el control sobre las patentes, decidiendo si las cede a otra empresa o decide como fue el caso renunciar a sus derechos sobre ellas

y dejarlas para que cualquiera pueda introducirlas en sus procesos de producción.

Las marcas como híbrido entre la propiedad industrial y la propiedad intelectual

Todo trabajo realizado por un artista, con carácter general estará encuadrado dentro de la propiedad intelectual.

Sin embargo, el uso de una marca entra en contacto directo con el tráfico mercantil, ya sea para diferenciar el producto o servicio en el mercado o su origen empresarial.

Es por ello que las marcas son protegibles mediante la propiedad industrial y tanto su solicitud como su concesión dependerá de la OEPM o de la EUIPO.

Además de esto, desde hace unos años se decidió separar la ley de marcas de la ley de patentes y en la actualidad tienen una ley para ellas solas 

Conclusión

En este caso hemos visto las diferencias mas importantes entre propiedad industrial y propiedad intelectual.

Como ya sabes los derechos que pueden tener tanto el autor como el inventor son variados pero en esencia impera la protección sobre la creación derivada del esfuerzo intelectual.

Conceptos como Obra, Invención, o Marca ya no deberían generarte ninguna duda.

No obstante, si tienes mas curiosidad te invito a que sigas aprendiendo con nosotros sobre esta increíble temática

¡Hasta pronto!

¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?

Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.

PROBAR AHORA

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 1

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Autor

  • Jesús Aitor Prado Seoane

    Abogado especialista en propiedad intelectual, industrial y nuevas tecnologías en QUERYLAWYER LEGAL BOUTIQUE (32.135.180.35.) Doctorando en Derecho civil por la Universidad de la Rioja.

Mas consejos de derecho: