¿Sabías que existe un tipo de contrato que permite a un trabajador empezar a jubilarse sin dejar su puesto del todo, mientras un nuevo empleado lo va sustituyendo poco a poco? Esta fórmula legal se llama contrato de relevo, y es clave para entender cómo se produce el cambio generacional en muchas empresas españolas.
Pero, ¿quién puede acogerse a este contrato? ¿Qué requisitos exige? ¿Cuánto debe trabajar el nuevo empleado? ¿Y qué errores pueden invalidar este tipo de acuerdo?
Si eres estudiante de Derecho, estas preguntas no solo son fundamentales para un examen: también lo serán en tu futura práctica profesional. A lo largo de este artículo, te explicamos qué es el contrato de relevo, cómo se regula, qué requisitos impone la ley y cómo se aplica en la práctica, con ejemplos reales, normativa oficial y una guía paso a paso para entenderlo como un jurista.
Indice de Contenidos
Toggle¿Qué es el contrato de relevo?
El contrato de relevo es una modalidad laboral que permite a las empresas contratar a un nuevo trabajador para sustituir parcialmente a otro que accede a la jubilación parcial. Esta figura tiene como finalidad facilitar la transición generacional, conservar el conocimiento de los empleados mayores y fomentar el empleo juvenil.
Este contrato es complementario a la jubilación parcial y exige el cumplimiento de requisitos específicos tanto por parte del trabajador relevado como del relevista y la empresa. Se regula principalmente en el artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y su desarrollo reglamentario se encuentra en el Real Decreto 1131/2002.
¿QUIERES ENTENDER EL CONTRATO DE RELEVO Y SUS DIFERENCIAS CON LA JUBILACIÓN PARCIAL?
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Regulación legal del contrato de relevo en España
El contrato de relevo está regulado en:
- Artículo 12.7 del Estatuto de los Trabajadores: lestablece las condiciones del contrato vinculado a la jubilación parcial. Puedes consultar qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el contrato de relevo con ejemplos aplicados.
- Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, que desarrolla el régimen jurídico de la jubilación parcial.
Consulta el texto oficial aquí:
Además, la normativa sobre cotización y compatibilidad está sujeta a los criterios de la Seguridad Social. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) proporciona guías actualizadas:
¿Quién puede acceder a un contrato de relevo?
Requisitos del trabajador relevado (jubilación parcial)
- Debe estar contratado a jornada completa.
- Tener una antigüedad mínima de 6 años en la empresa (salvo excepciones sectoriales).
- Edad mínima:
- 62 años y 6 meses, si ha cotizado al menos 36 años.
- 63 años y 8 meses, si ha cotizado menos de 36 años.
- La jornada laboral puede reducirse entre un 25 % y un 50 % (o hasta el 75 % si el contrato de relevo es indefinido y a jornada completa).
- Debe existir un acuerdo por escrito con la empresa.
Requisitos del trabajador relevista
- Puede ser una persona desempleada o contratada temporalmente.
- El contrato puede ser indefinido o temporal, salvo que la reducción de jornada del relevado supere el 50 %, en cuyo caso debe ser indefinido y a jornada completa. Aquí puedes revisar las diferencias entre contrato indefinido y otros tipos.
- La duración mínima del contrato debe ser igual al tiempo que le reste al trabajador relevado para alcanzar la edad de jubilación ordinaria.
Duración y condiciones del contrato
- Duración mínima: Igual al período pendiente para que el trabajador relevado acceda a la jubilación total.
- Jornada laboral: Puede ser a tiempo completo o parcial, pero como mínimo debe cubrir la jornada reducida del trabajador jubilado.
- Correspondencia entre puestos: El puesto del relevista debe corresponderse con el del relevado (misma categoría profesional o similar).
Diferencias entre contrato de relevo y contrato temporal
| Característica | Contrato de relevo | Contrato temporal |
| Finalidad | Sustituir parcialmente a un trabajador jubilado | Atender necesidades productivas puntuales |
| Duración | Hasta jubilación total del relevado | Variable según la causa (obra, interinidad, etc.) |
| Requisitos | Regulados en el art. 12.7 ET | Regulados en el art. 15 ET |
| Tipo de jornada | Mínimo igual a la reducción del relevado | Libre según acuerdo contractual |
| Relación con la jubilación | Obligatoria | Inexistente |
Ventajas e inconvenientes para empresa y trabajador
Para la empresa:
| Aspecto | Impacto en la empresa |
| Ahorro de costes | Se paga solo el porcentaje de jornada que trabaja el relevado. |
| Transición ordenada | Permite conservar el conocimiento del empleado mayor mientras se forma al nuevo. |
| Bonificaciones | Pueden aplicarse reducciones de cotización en algunos supuestos (según edad y tipo de contrato del relevista). |
| Renovación de plantilla | Favorece la entrada de jóvenes sin perder productividad. |
| Seguridad jurídica | Si se aplica bien, es una herramienta válida dentro del marco legal vigente. |
Inconvenientes:
| Aspecto | Riesgo para la empresa |
| Rigor normativo | El contrato está sometido a condiciones estrictas: errores en jornada, duración o encuadre pueden invalidarlo. |
| Gestión administrativa | Requiere un seguimiento estrecho de la situación del relevado y del relevista. |
| Limitación de perfiles | No todos los puestos son adecuados para esta fórmula por su especialización o falta de relevo inmediato. |
Para el trabajador:
| Ventajas | Detalle | |
| Acceso gradual a la jubilación | No se abandona de golpe el empleo: se mantiene parte de salario y actividad. | |
| Cotización continua | Permite seguir cotizando, lo que mejora la pensión futura. | |
| Mejora de conciliación | Se reduce el tiempo de trabajo sin perder el vínculo laboral. | |
| Inconvenientes | Detalle | |
| Reducción salarial | El salario se reduce de forma proporcional a la jornada. | |
| No todos los sectores lo permiten | Algunas actividades no están organizadas para aplicar el relevo. | |
| Incompatibilidad con contratos a tiempo parcial | Solo se permite si el relevado tenía jornada completa previa. | |
Para comprender mejor el contexto normativo, puedes revisar los principales derechos laborales asociados a la jubilación parcial que se aplican en estos casos.
Ejemplos y casos prácticos
Ejemplo 1:
María, trabajadora de una empresa textil, cumple 63 años y ha cotizado durante 37 años. Solicita la jubilación parcial reduciendo su jornada al 50 %. La empresa contrata a Javier, de 28 años, con un contrato de relevo indefinido y jornada completa. Javier realiza tareas similares, y su contrato se mantendrá hasta que María cumpla la edad de jubilación ordinaria.
Ejemplo 2:
Antonio, trabajador de mantenimiento, tiene 64 años y desea acogerse a la jubilación parcial. La empresa contrata a Ana, con jornada parcial equivalente al 30 % que deja Antonio. El contrato de Ana es temporal, ya que la reducción no supera el 50 %, y se extinguirá al llegar Antonio a la edad ordinaria.
Ejemplo 3:
Una empresa incumple los requisitos: contrata a un relevista a tiempo parcial cuando el trabajador relevado ha reducido el 60 % de su jornada. La Inspección de Trabajo detecta el incumplimiento y sanciona a la empresa con la obligación de convertir el contrato a indefinido y abonar cotizaciones complementarias.
Compatibilidad con otras prestaciones y situaciones
¿Es compatible el contrato de relevo con un ERTE?
Durante situaciones excepcionales como un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), no se puede iniciar un contrato de relevo. Si ya está en vigor, la empresa debe analizar caso por caso con la Seguridad Social. La jurisprudencia y los criterios del SEPE han señalado que la suspensión de jornada del relevado puede afectar la validez del contrato.
¿Es compatible con una incapacidad temporal?
Sí. Si el trabajador relevado entra en situación de incapacidad temporal, el contrato de relevo puede mantenerse activo mientras dure esa situación. No obstante, si se prolonga, puede afectar al cumplimiento de las condiciones del acuerdo. En todo caso, la empresa debe seguir cotizando correctamente por ambos trabajadores.
¿Es posible aplicar el contrato de relevo a tiempo parcial?
No. El trabajador que accede a la jubilación parcial debe estar contratado a jornada completa en el momento de solicitarla. Por tanto, si tiene un contrato a tiempo parcial, no puede acceder a esta modalidad. Tampoco es válido que un trabajador a jornada parcial aumente su jornada solo para solicitar después la jubilación parcial: esta práctica puede considerarse fraude.
¿Se puede compaginar el contrato de relevo con otras actividades laborales?
El trabajador relevista puede tener otro empleo o actividad, siempre que no afecte a la disponibilidad y cumplimiento de las condiciones pactadas en el contrato de relevo. El relevado, en cambio, no puede desarrollar otra actividad laboral una vez iniciada la jubilación parcial.
Cómo formalizar un contrato de relevo paso a paso
- Redacción del contrato:
- Modelo oficial del SEPE (código 410).
- Indicar claramente si es a tiempo completo o parcial.
- Mención expresa del trabajador relevado y su jornada.
- Comunicación al SEPE:
- Debe hacerse en un plazo de 10 días hábiles desde la firma.
- Alta en Seguridad Social:
- A través del sistema RED.
- Registrar correctamente el tipo de contrato (modalidad 150 o 250 según jornada).
- Documentación necesaria:
- Vida laboral del trabajador relevado.
- Declaración de compatibilidad de jubilación parcial.
- Copia del acuerdo de reducción de jornada.
Errores comunes y consecuencias legales
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- Error: Contratar a tiempo parcial cuando la reducción del jubilado es superior al 50 %.
- Consecuencia: Sanción e invalidación del contrato.
- Error: No cumplir la correspondencia entre el puesto del relevado y del relevista.
- Consecuencia: Se considera fraude de ley y puede dar lugar a sanciones administrativas.
- Error: Finalizar el contrato de relevo antes de que el trabajador relevado acceda a la jubilación total sin causa justificada.
- Consecuencia: Incumplimiento del contrato y posibles indemnizaciones.
- Error: Contratar a tiempo parcial cuando la reducción del jubilado es superior al 50 %.
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Estudiante del Máster de la Abogacía de Cáceres con una pasión por el Derecho Mercantil. Apasionado por hacer el derecho más accesible para todos
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