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Acoso Laboral: Un gran problema de los trabajadores【Concepto & Ejemplos】

Acoso Laboral

¿Conocías la expresión acoso laboral? ¿Has oído hablar de ello? ¿Has sido, por desgracia, víctima de estas vergonzosas conductas? ¿Reconoces estas situaciones?

Si eres estudiante de Derecho y necesitas conocer las claves de este problema cada vez más creciente, sigue leyendo, no puedes perderte este post en el que se incluirá aspectos tanto teóricos como prácticos, que nos ayudarán a identificar esta difícil cuestión.

Si, por el contrario, estás sufriendo esta bochornosa circunstancia, quédate leyendo pues, quizás, esta información te sirva. Lamento lo que estás teniendo que vivir, pero, no te olvides de buscar ayuda.

En definitiva, no pierdas detalle de lo que te contaremos a continuación.

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Acoso Laboral, ¿Qué es y dónde se regula?

Son numerosas las definiciones que se pueden encontrar acerca del acoso laboral. Entre ellas destacan las siguientes:

la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.

  • El Código Penal prevé el acoso laboral, determinando como tal la realización reiterada de actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir un trato degradante, supongan un grave acoso contra la víctima en el ámbito laboral o funcionarial, teniendo en cuenta la relación existente de superioridad (artículo 173.1 CP).

Más allá de las regulaciones que engloban la definición del término acoso laboral, son numerosas las legislaciones que se vinculan con esta problemática cuestión, o bien, que la mencionan:

  • Dentro de la Constitución española, los artículos vinculados a la dignidad (Art.10), la igualdad ante la ley (art.14), el derecho a la vida y a la integridad física y moral (art.15) y el derecho al honor, la intimidad personal, familiar y a la propia imagen (art.18).
  • Dentro del Código Penal, como ya se ha mencionado, está presente en el artículo 173.1. Si bien es cierto que la norma anteriormente dicha es la más importante, también el artículo 177, referente a lesiones a la integridad física, la salud o la libertad sexual, o, el art.184, relativo al acoso sexual, se configuran como disposiciones de protección en supuestos de acoso laboral.
  • Dentro del Estatuto de los trabajadores, se menciona la prohibición de la discriminación laboral y se busca la protección y la seguridad de los trabajadores.

¿Cuáles son sus características?

Los caracteres esenciales que debe presentar una conducta para considerarse acoso laboral son los siguientes:

  • El acoso laboral se ha de realizar de manera reiterada y constante, lo que implica que tales comportamientos han de ser frecuentes durante un período de tiempo. La doctrina estipula que mínimo habrán de ser 6 meses.
  • Es preciso que existan, por una parte, la víctima o víctimas, y, por otra parte, el acosador o los acosadores.
  • Deberá existir una relación de superioridad, según la cual, el acosador ocupará la misma posición jerárquica que la víctima, haciendo referencia, de esta manera, el acoso horizontal. Por otra parte, si la jerarquía del acosador es superior, estaríamos ante el denominado acoso vertical.
  • Entre las consecuencias producidas por el acoso laboral destacan los problemas psicológicos, físicos y sociales, que, en la actualidad, se consideran como un problema público de salud.
  • Se ha de apreciar una intención de humillar o causar daño a la víctima por parte de la persona acosadora.
  • Los comportamientos hostiles o humillantes deberán tener lugar en el ámbito de una relación laboral o funcionarial.
  • Las conductas deben ser consideradas graves.

¿Qué tipos existen?

El acoso laboral puede darse de diferentes maneras delimitando diferentes tipologías:

  • Acoso psicológico: tiene lugar cuando se llevan a cabo conductas que entrañan un perjuicio emocional o mental para la persona acosada.
  • Acoso sexual: en los casos en los que los comportamientos presentan carácter sexual. No es necesario que sea algo físico, sino que vale con recibir comentarios de dicha índole.
  • Discriminación: se considerará como tal la conducta relacionada con el trato diferencial hacia una persona por razón de sexo, edad, raza, religión, orientación sexual, discapacidad, o cualquier otro rasgo distintivo que esté protegido.
  • Acoso cibernético: es aquel realizado de manera digital, ya sea por redes sociales o por otras plataformas. También puede producirse por la difamación o divulgación de información privada de la víctima, entre otras.
  • Mobbing: recibe esta denominación el acoso laboral que tiene lugar por parte de un grupo de personas. Es decir, el acosador es más de una persona y la víctima puede ser una sola o más.
  • Acoso laboral a través del poder o bossing: se prevé como tal, cuando el acosador presente una posición de superioridad frente a la víctima.

¿Cuáles son las consecuencias?

Entre las consecuencias derivadas del acoso laboral destacan las siguientes:

  • El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores establece como causa de extinción del contrato de trabajo la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, algo que puede ser producto de acoso laboral.
  • El acoso laboral está tipificado en el Código Penal como un delito, pudiendo incluir tanto multas económicas como medidas privativas de libertad.
  • El acosador podrá ser castigado a través de una acción disciplinaria que podrá alcanzar, incluso, el despido.
  • Las empresas podrán recibir demandas o multas si no se llevasen a cabo los procesos de prevención o el apoyo a las víctimas.
  • La productividad y el ambiente dentro de la empresa también podrá verse perjudicado, así como la reputación.

¿Cómo pueden reaccionar las empresas ante casos de acoso?

Como se ha especificado con anterioridad, el acoso laboral es un gran problema social, por lo que, actualmente, las empresas han creado protocolos de prevención con el fin de impedir el avance de esta problemática. Entre las medidas cabe mencionar:

  • Políticas de prevención.
  • Concienciar acerca de esta cuestión.
  • Apoyo a las víctimas.
  • Responsabilidad empresarial.
  • Apertura de investigación ante denuncias.

¿Qué puede hacer el trabajador que sea víctima de acoso?

Ante una situación de acoso laboral a un trabajador, la víctima deberá comunicar al supervisor la situación ocurrida con toda la información que haya podido recabar, y posteriormente, si no se tomasen medidas efectivas o se quisiera, se podrá presentar una denuncia formal ante el departamento de recursos humanos o a un superior.

No obstante, también cabrá la denuncia ante los tribunales competentes para conocer del asunto.

Entre las reclamaciones que puede hacer la persona acosada, destaca la solicitud del despido del acosador, así como la indemnización por daños y perjuicios.                                                                   

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Identificación del acoso laboral

Un grupo de trabajadores lleva siete meses tratando de manera degradante a un empleado nuevo. Entre las conductas que realizan destacan:

  • La divulgación de videos privados por parte de uno de ellos con el que mantuvo una relación.
  • Las críticas reiteradas y no constructivas acerca del trabajo realizado en la empresa.
  • E, incluso, le han llegado a quitar material necesario para realizar sus funciones con las medidas de seguridad pertinentes.

¿Estaríamos ante un caso de acoso laboral? Si la respuesta es sí, ¿ante qué tipo nos encontraríamos?

, debido a que se cumplen cada una de las características, entre ellas, la reiteración y constancia de las conductas, la intención de humillar y la gravedad de las mismas.

Además, también se especifica que ha transcurrido en el plazo de 7 meses, superando los 6, mencionados por la doctrina.

En cuanto al tipo de acoso laboral, es posible apreciar el acoso psicológico al provocar a la víctima un perjuicio emocional, el mobbing debido a que se produce por un grupo de personas, el acoso sexual e, igualmente, cibernético por la difamación.

Ejemplo 2: Reacción de la empresa

El trabajador anteriormente mencionado decide tomar cartas en el asunto y comunicar a la empresa la situación que lleva viviendo durante los últimos meses, sin embargo, a diferencia de lo que cabría esperar, no ocurre nada. ¿Qué podrá hacer el empleado ante tal situación?

El trabajador deberá presentar una denuncia formal ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. En ella, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 9.1.f) del Real Decreto 928/1998, el escrito deberá contener:

  • Datos identificativos del empleado y su firma.
  • Hechos constitutivos de infracción.
  • Fecha y lugar en el que ocurrieron.
  • Los responsables de los mismos.
  • Demás circunstancias que se consideren relevantes.

Conclusiones

¡Enhorabuena por haber llegado hasta aquí!

A lo largo de este artículo, has conocido la problemática del acoso laboral, su regulación y los casos más típicos.

De la misma manera, has aprendido las consecuencias de estos actos y las maneras en las que han de actuar tanto las empresas como las víctimas.

Además, aparte del conocimiento adquirido a través de la teoría, con los ejemplos prácticos has podido identificar situaciones reales.

Si te interesa la materia laboral, no te olvides de pasarte por nuestro post: Descubre la Nómina del Trabajador con 2 Ejemplos.

Tampoco puedes dejar en el tintero materias como las modificaciones sustanciales del contrato de trabajo, así que te dejo un enlace que te hará aumentar tu conocimiento: Modificación Sustancias de las Condiciones de Trabajo (Concepto y Ejemplos)”.

¡Espero que te haya servido de ayuda! ¡Nos vemos muy pronto!

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Autor

  • Laura Garcia Pascual

    Estudiante del Máster de Abogacía y de Derecho Penal Internacional y escritora. Mi objetivo es transmitir los conocimientos más esenciales del Derecho y facilitarte su comprensión.

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