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Contrato de Suministro explicado con 3 ejemplos

Contrato de Suministro

¿Sabes que es posible contratar con la Administración? ¿Te imaginas haciendo negocios con ella? ¿Conoces el contrato de suministro? 

Amigo lector, si ahora mismo sientes que te falta el aire ante Derecho Administrativo, más te va a faltar cuando tengas que estudiar la parte de los contratos del sector público.

Pero, como no quiero que te asfixies, para eso estoy aquí hoy, para ayudarte a entender, de una forma más amena y sencilla, todo lo que necesitas saber sobre este tipo de contrato administrativo.

No me dejes sola ante el “peligro” y acompáñame a examinarlo, ¿vale?

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¿Qué es el contrato de suministro?

El contrato de suministro es aquel contrato de carácter administrativo cuyo objeto es la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, por parte de la entidad del sector público contratante, de productos o bienes muebles salvo los relativos a propiedades incorporales y valores negociables.

En este aspecto, la ley considera que se trata de un contrato de suministro si el objeto del mismo es un programa de ordenador. 

Por lo tanto, en este tipo de contrato las partes están bien delimitadas: siempre se celebra entre una Administración Pública y un proveedor privado , que será el encargado de provisionar a la Administración contratante de bienes catalogados como esenciales.

Por ejemplo: equipos médicos, como bombas elastoméricas para administrar quimioterapia; alimentos para un hospital, como frutas y verduras; materiales de construcción, como el asfalto para hacer carreteras.

El contrato de suministro es un contrato administrativo pero, ¿qué quiere decir esto último?

Se trata de un contrato que celebra la Administración y tiene por objeto alguna de las siguientes prestaciones:

  • Una obra, por ejemplo, la construcción de una guardería o parque canino. 
  • Una concesión de obra pública, por ejemplo, la construcción de un estacionamiento por parte de una empresa y, durante el tiempo de la concesión, será ésta quien se beneficie de los derechos de explotación.
  • Una gestión de servicio público.
  • Un suministro.
  • Un servicio , por ejemplo, la contratación de una empresa de limpieza para limpiar los cristales del centro de Salud.
  • Una colaboración entre el Sector Público y el Sector Privado.

¿Dónde se regula el contrato de suministro?

El contrato de suministro se regula en el artículo 16 de la Ley 9/2017 , de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Además, cada contrato se regirá por las estipulaciones expuestas en el cuerpo del mismo.

No obstante, el Derecho Administrativo lo que hace es enfocarlo desde las particularidades de funcionamiento de la Administración, pero nada más. Realmente, el fondo de este contrato debe encontrarse en el Derecho Civil.

¿Cuáles son las características esenciales del contrato de suministro?

El contrato de suministro tiene unas características especiales que expongo a continuación:

  1. Duración: no puede exceder de 5 años incluidas las prórrogas (Artículos 29.4 y 5 LCSP).

Ejemplo : si se celebra un contrato de suministro cuya duración es de 5 años, una vez finalizado el mismo, no podrá prorrogarse. En cambio, si el contrato de suministro tiene una duración de 3 años, sí podría prorrogarse 2 años más, respetando siempre el plazo máximo de 5 años.

        2. El contrato de suministro puede ser de dos modalidades:

  • Compra, donde a cambio de un precio cierto se adquiere un bien en propiedad. Ejemplo: mobiliario de oficina. 
  • Alquiler: no se adquiere el bien en propiedad a cambio de un precio, sino que se abona una cuota por la utilización del bien por el tiempo que se haya acordado. Una vez transcurrido dicho tiempo, la Administración podrá adquirirlo en propiedad a cambio de un precio o bien, devolvérselo a su proveedor.

Ejemplo: se puede adquirir en renting el coche oficial del Rector de cualquier Universidad Pública. 

3. La Administración, como parte contratante, podrá inspeccionar y ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que se le vaya a entregar y constituya el objeto del contrato de suministro.

Ejemplo: contrato de suministro para la fabricación de cinco autobuses urbanos para el Ayuntamiento de Benidorm.

¿Qué casos se entienden contenidos dentro de un contrato de suministro?

Los supuestos contenidos en este tipo de contrato son heterogéneos. El contrato de suministro es capaz de adoptar modalidades diferentes entre sí guardando todos ellos la misma finalidad instrumental y el mismo objeto (bienes muebles).  Se consideran contratos de suministro:

  1. Los que tienen por objeto la adquisición de energía primaria o energía transformada;
  2. Aquellos que se utilizan para la adquisición o arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones;
  3. Aquellos que se usan para tratamiento de información, sus dispositivos y programas y la cesión del derecho de uso de estos;
  4. La fabricación, en los que se establece que la cosa o mercancía que se entregará deberá ser fabricada de acuerdo a características particulares que han sido determinadas previamente por la parte contratante.

¿Qué debe contener el contrato de suministro?

En un contrato de suministro deben establecerse expresamente ciertos datos sobre el bien mueble o servicio objeto de contrato para evitar futuros malentendidos. Estos datos son: 

  • Cantidad, peso o medida del bien o la mercancía  que debe entregarse.
  • Condiciones de suministro, como la unidad de tiempo o periodicidad  con la que debe realizarse la entrega.
  • También puede establecerse que será el suministrado quien hará la solicitud del bien en una determinada cantidad cuando lo requiera para satisfacer una necesidad reiterada. 
  • El precio podrá establecerse por unidad, peso u otra medida acordada, y se puede pactar que se pague contra entrega o que se pagará de manera periódica un monto establecido y acordado.

Dicho de otra manera, es posible que el proveedor cobre el precio del bien de forma parcial, cada vez que entrega un bien o cobrarlo a plazos.

Cuando por razones debidamente justificadas lo aconsejen, podrá establecerse que el pago del precio total consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes.

  • Garantías y responsabilidades de las partes: el proveedor suele ofrecer garantías sobre la calidad y conformidad de los bienes o servicios suministrados, así como servicios postventa en caso de defectos. Si alguna de las partes incumple alguna de las estipulaciones del contrato, deberán asumir las responsabilidades que se deriven de tal incumplimiento.
  • Vigencia y terminación: se especifica la duración del contrato que, como ya hemos visto, será máximo de 5 años,  y las condiciones bajo las cuales puede ser terminado anticipadamente por cualquiera de las partes, por ejemplo, en caso de incumplimiento grave de una de las partes, faculta a la otra a rescindir el contrato.

Ahora bien, la resolución del contrato dará lugar a la recíproca devolución de los bienes y del importe de los pagos realizados.

  • Demora en el cumplimiento del contrato: el contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo acordado o en el propuesto por él si mejora el anterior.

En caso de que el contratista incurriese en demora en el cumplimiento de dichos plazos por causas imputables al mismo, el órgano de contratación, sin necesidad de intimación previa, podrá optar por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía definitiva, o por la imposición de las penalidades previstas en el artículo 212 de la LCSP.

Ejemplo práctico de uno de los contratos de suministro más frecuentes

Contrato de suministro celebrado por la Universidad de Murcia 

La Universidad de Murcia para el curso 2024/2025 necesita ciertos materiales y mobiliario para algunas de sus aulas.

Tras el procedimiento de adjudicación, y siendo la oferta económicamente más ventajosa para la Universidad de Murcia la propuesta por la empresa FERRER 2019, S.L., la misma celebra un contrato de suministro con la empresa adjudicada para la adquisición mediante compra de 50 microscopios, distinto mobiliario como mesas y sillas y material de oficina. 

Entre las estipulaciones del contrato se encuentran la periodicidad de la entrega de los bienes, en concreto, cada dos meses, y el pago parcial de los mismos, abonándose en cada entrega.

De esta forma, la Universidad de Murcia ostenta la parte de entidad contratante como organismo público, y FERRER 2019, S.L., como proveedor privado, que suministrará los bienes muebles contratados.

Conclusiones

Antes de nada, quería darte la enhorabuena por llegar al final del artículo. Sé que no ha sido un camino fácil, pero aún así has aguantado con la lectura del mismo.

Como resumen y para conseguir retener los aspectos más importantes de este contrato de suministro de forma simple, los vamos a simplificar de la siguiente forma:

  • El contrato de suministro es un contrato administrativo donde siempre una de las partes será una Administración Pública.
  • En el contrato debe establecerse expresamente ciertos datos, como el peso y cantidad que debe entregarse o la periodicidad de entrega de la misma.
  • El objeto del contrato de suministro es heterogéneo, por ejemplo, fabricación de ciertos bienes conforme a unas particularidades en concreto.
  • Su duración máxima es 5 años, incluidas las posibles prórrogas.
  • Terminamos con un ejemplo práctico muy habitual en cualquier Universidad, sobre todo, al comienzo del curso educativo.

¡Hasta el próximo artículo!

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Autor

  • Mari Carmen Martínez Morante

    Jurista. Actualmente, me preparo las Pruebas de Acceso a la Abogacía y la Procura 2024. Mi vocación por el derecho cumple con una función social y moral. Mi objetivo es aproximar este apasionante mundo de una manera clara y sencilla a cualquier lector.

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