Una de las figuras clave en el marco del Derecho Penal es, sin duda, la del delito continuado. Su especial relevancia en materia de aplicación de penas nos lleva a cuestionarnos, ¿en qué consiste el delito continuado? ¿Respecto de qué delitos cabe apreciarlo? ¿Qué influencia tiene en la aplicación de la pena?
A lo largo de este artículo resolveremos estos interrogantes, abordando en profundidad la mencionada figura y acompañando las explicaciones de ejemplos que facilitarán su comprensión.
Sin más dilación, comencemos.
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Regulado en el artículo 74 del Código Penal, el delito continuado constituye una regla especial para la aplicación de las penas referida al supuesto del concurso real homogéneo, que recibe el tratamiento legal de unidad delictiva. En otras palabras, el delito continuado se aplica a los concursos sobre delitos “iguales”, por entenderse que existe unidad –continuidad– delictiva entre los mismos. De esta forma, varias infracciones pasan a constituir un único delito.
Profundizando en sus orígenes, esta figura penal se erige como solución adoptada por el legislador ante los casos en los que el delincuente actúa con un dolo unitario, pero también ante aquellos supuestos en los que no era posible determinar cuántas acciones había realizado el reo.
Requisitos del Delito Continuado
Es así como surge lo que conocemos como delito continuado, que exige la realización de una pluralidad de acciones u omisiones que reúnan los siguientes requisitos:
- Actuar en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, es decir, se exige un dolo conjunto o continuado.
- Que se infrinja el mismo precepto legal penal, o bien de igual o semejante naturaleza.
- Es indiferente que el ofendido sean uno o varios distintos.
- No deben ser ofensas a bienes eminentemente personales.
Excepciones
Ahora bien, respecto de los anteriores requisitos es necesario realizar dos matizaciones:
- En primer lugar, el hecho de que se infrinja el mismo precepto legal no excluye que puedan concurrir circunstancias agravantes o atenuantes distintas, ni tampoco que el grado de ejecución sea diferente. En estos casos, sigue existiendo delito continuado.
- En segundo lugar, aunque la regla general es que no cabe aplicar la consideración de delito continuado a las ofensas contra bienes personalísimos, el legislador establece una excepción respecto de las infracciones contra el honor y la libertad e indemnidad sexuales que afecten al mismo sujeto pasivo, en cuyo caso sí puede apreciarse continuidad delictiva, para lo que se atenderá a la naturaleza del hecho y al precepto infringido.
Lo anterior se comprende mejor con ejemplos.
3 Ejemplos Prácticos
Ejemplo 1. Delito continuado de apropiación indebida
Mª Carmen trabaja en una tienda de ropa, y se encarga de cerrar caja varios días a la semana. Desde hace dos meses, cuando ya no hay nadie en la tienda, aprovecha para coger 30 euros. Es algo que ha hecho varias veces, consiguiendo sustraer 300 euros utilizando esta misma técnica.
Mª Carmen ha cometido un delito continuado de apropiación indebida, pues ha cometido varias acciones aprovechando idéntica ocasión -cerrar la caja-, ha infringido el mismo precepto penal, y ha cometido delitos contra el patrimonio -que no ofende bienes eminentemente personales-.
Ejemplo 2. Delito continuado de agresión sexual
Antonio es profesor en un instituto, y en varias ocasiones -sin saberse con exactitud cuántas, pues es algo reiterado- ha tocado a distintas alumnas en formas que atentan contra su libertad sexual sin contar con consentimiento de las mismas. De momento se tiene conocimiento del nombre de dos de las víctimas: Claudia y Sofía.
Antonio es autor de dos delitos continuados de agresión sexual: un delito respecto de Claudia, y otro respecto de Sofía. Aunque la regla general es la de no apreciar delito continuado cuando se atacan bienes personalísimos, el artículo 74.3 CP exceptúa los delitos contra la libertad sexual -que se dan en este caso-. Ahora bien, esa excepción solo se aplica respecto del mismo sujeto pasivo, y es por ello que no se puede apreciar un único delito continuado, sino dos distintos, al haber dos víctimas diferentes.
Por otro lado, este ejemplo ilustra una situación que se da a menudo en estos casos, y es la de no saber cuantas acciones ha cometido el autor. Con la aplicación del delito continuado, se alcanza una solución en cuanto al modo de castigar estas conductas.
Si quieres aprender más sobre el delito de agresión sexual, no dudes en consultar nuestro artículo sobre el mismo.
Ejemplo 3. Delito de lesiones
Mario, jefe de Alberto, suele agredir físicamente a éste cuando hace algo mal en el trabajo, hasta el punto de que en tres ocasiones ha llegado a necesitar tratamiento médico.
Mario es autor de tantos delitos de lesiones como puedan probarse, y no de un único delito continuado de lesiones, pues al ser ataques contra la integridad física de Alberto -un bien personalísimo– no cumple los requisitos del artículo 74 CP para recibir tal consideración.
Pena aplicable
Como he señalado antes, el delito continuado implica la aplicación de reglas especiales en cuanto a la pena. Así, la regla general es que esta figura comporta la aplicación de la pena señalada para la infracción más grave en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado.
Lo anterior implica que si en una de las infracciones cometidas concurre agravante, será ésta la tenida en cuenta para determinar la pena y, a sensu contrario, si a una de las infracciones pudiera aplicarse atenuante, no será esa la que se tendrá por referencia. Para aprender más sobre circunstancias atenuantes, consulta nuestro artículo relacionado.
Lo mismo puede decirse de infracciones que, en grado de tentativa, concurran con ilícitos consumados, teniéndose en cuenta estos últimos en su mitad superior y pudiendo llegar hasta la inferior de la pena superior en grado para determinar el castigo del conjunto.
Además, debe tenerse en cuenta que por la frecuencia con la que las infracciones contra el patrimonio se cometen en unidad o continuidad, se establece una regla especial respecto de las mismas: la de tener en cuenta el perjuicio total causado. De esta forma, en el caso de las infracciones patrimoniales de notoria gravedad y que perjudiquen a una generalidad de personas, deberá imponerse la pena superior en uno o dos grados.
Veámoslo en la práctica.
Ejemplo 4. Delito continuado de daños
Julián, aprovechando la oscuridad y la falta de vigilancia que tiene su barrio por la noche, se dedica a romper los retrovisores de varios vehículos -de propietarios distintos-.
Julián ha cometido un delito continuado de daños. Conforme al artículo 263, la pena que lleva aparejada el delito de daños es la de multa de entre seis y veinticuatro meses. En este caso, todas las infracciones son iguales, por lo que la pena a aplicar será la mencionada en su mitad superior pudiendo llegar hasta la superior en grado.
Así, la pena a la que se enfrenta Julián es la de multa de entre quince meses y un día-límite mínimo de la mitad superior- y treinta meses menos un día -límite máximo de la mitad inferior de la pena superior en grado-.
Ejemplo 5. Delito continuado de agresión sexual
Carlos, pareja de Cristina, ha obligado a ésta en varias ocasiones a mantener relaciones sexuales con él, atentando contra su libertad sexual al actuar sin consentimiento de la misma. Aunque Cristina no recuerda cuantos ataques ha sufrido, sabe que sólo en dos de ellos hubo acceso carnal.
Carlos es autor de un delito continuado y agravado de agresión sexual. Al ser Cristina su pareja, es de aplicación el tipo agravado del artículo 180 CP, que contempla una pena de dos a ocho años de prisión cuando no hay acceso carnal, y de siete a quince años cuando sí lo hay.
Aunque en algunas de las agresiones hubiera acceso carnal y en otras no, el artículo 74 CP determina que se tenga como base la pena correspondiente a la infracción más grave, que en este caso será la pena de prisión de siete a quince años.
Esta pena se aplicará en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la superior en grado. Conforme a lo anterior, en el presente supuesto, Carlos se enfrenta a una pena de prisión de entre once años y un día -límite mínimo de la mitad superior- y dieciocho años y nueve meses menos un día – límite máximo de la mitad inferior de la pena superior en grado-.
Conclusiones
En resumen, el delito continuado implica que varias infracciones del Código Penal reciban legalmente el tratamiento de una sola, considerando la unidad delictiva para imponer una única pena: la de la infracción más grave en su mitad superior, pudiendo llegar a la mitad inferior de la pena superior en grado -con la excepción de los delitos continuados patrimoniales, en los que la pena puede llegar a la superior en dos grados-.
Por otro lado, también hemos establecido los requisitos del delito continuado: varias acciones u omisiones en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, que infrinjan el mismo o semejantes preceptos y no ofendan bienes personalísimos -salvo las excepciones de delitos contra el honor y contra la libertad sexual-.
¡Enhorabuena! Has llegado al final del artículo.
Gracias a esta breve y práctica lectura, ahora ya sabes distinguir los delitos continuados y puedes calcular la pena aplicable.
Espero que te haya gustado la explicación, ¡nos vemos en el próximo artículo!
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Graduada en Derecho como tercera de mi promoción, y en el Máster de Abogacía como segunda de mi promoción. Apasionada del derecho penal.
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