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Delito de Abandono Familiar: Deberes Incumplidos y Consecuencias Legales

Delito de Abandono Familiar

¿En qué consiste el delito de abandono familiar? ¿Cuándo se produce este delito? ¿Cuáles son las consecuencias legales de no cumplir con los deberes familiares? Estas son algunas de las preguntas que exploraremos detalladamente en este artículo, donde desvelaremos las conductas que constituyen el Delito de Abandono Familiar, abordando tanto los deberes incumplidos como las severas consecuencias legales que acarrea.

En este artículo analizaremos en profundidad el Título XII del Código Penal, específicamente en el capítulo III sobre los delitos contra los derechos y deberes familiares. A lo largo de estas líneas, examinaremos ejemplos concretos, requisitos y modalidades de este delito, desde el abandono familiar hasta el impago de pensiones económicas, proporcionando una comprensión clara y completa para quienes deseen adentrarse en este delito poco conocido.

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¿Qué es el delito de abandono familiar?

Como hemos adelantado, es un delito regulado en el Título XII, concretamente en el capítulo III sobre los delitos contra los derechos y deberes familiares, artículo 226 a 233 del Código Penal.

La conducta que se pena en este delito, a tenor literal del artículo es dejar de cumplir los deberes de asistencia necesaria legalmente establecidos para los hijos, padres o el cónyuge.

Pero esto ¿Qué significa? ¿Qué son deberes legalmente establecidos? Pues bien, no debemos olvidar que cuando dos personas se casan adquieren deberes para con el otro, concretamente el deber de ayudarse mutuamente y el de compartir las responsabilidades domésticas.

Esto quiere decir, que los cónyuges tienen el deber de ayudar al sostenimiento de las cargas familiares, ya sea a los propios gastos de la casa o al cuidado de los hijos o de los padres de cualquiera de los dos, y es cuando se deja de hacer esto cuando se comete el delito de abandono familiar.

Pongamos un ejemplo, Ana y Laura, están casadas y tienen un hijo, Ana trabaja y sostiene económicamente a la familia, mientras Laura ayuda a la familia con el cuidado del hijo y del hogar. Si un día Ana decide irse, bloqueando las cuentas familiares y sin dejar ningún tipo de recurso económico a la familia, estaría cometiendo abandono familiar.

¿Qué sucede si Ana se va, pero sigue participando de los deberes familiares? En tal caso no hay abandono familiar, y en este ámbito podemos hablar tanto de obligaciones económicas como otros deberes como el cuidado de los hijos.

Debemos tener presente que el delito de abandono familiar en este tipo básico que estamos viendo lleva aparejada una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, pudiendo también privarle de la patria potestad de los hijos si los hubiera.

Impago de prestaciones económicas

Otra modalidad de este delito es el que se da, cuando una vez ha finalizado el matrimonio, o incluso si este no existió, pero se establecen pensiones, ya sean a favor del cónyuge, o de los hijos, y estas se dejan de pagar.

En concreto el artículo establece que se cometerá el delito cuando se dejen de pagar 2 meses consecutivos o 4 meses no consecutivos.

Lo relevante es que esas pensiones deben estar establecidas por un convenio judicialmente aprobado, ya sea de divorcio o de medidas paterno-filiales, o resolución judicial.

Si quieres conocer más sobre la pensión compensatoria y la pensión de alimentos, como cuando se establecen o en función de qué se fija la cantidad no te pierdas nuestros artículos.

Requisitos del delito de Abandono familiar

Refiriéndonos al primero de los tipos, es decir el abandono familiar, sin impago de pensiones podemos ver los siguientes requisitos:

  • Debe existir una familia, es decir, dos personas únicas por vínculo matrimonial, ya sea con o sin descendientes o ascendientes.
  • Uno de ellos debe de dejar de cumplir sus deberes inherentes, ya sean económicos o de cualquier tipo.
  • No se debe interponer demanda de separación o divorcio, ya que, si uno deja de cumplir estos deberes, pero posteriormente interpone la demanda, no se cumplen las circunstancias de este delito, ya que los deberes familiares en mayor o menor medida dejan de existir.
  • No se dará tampoco este delito cuando el cónyuge que abandona la familia es víctima de violencia de género o malos tratos, aunque deje al otro cónyuge en situación de desamparo.

En cuanto al impago de prestaciones:

  • Deberá haberse reconocido la prestación en convenio o sentencia
  • Dejar de pagar durante 2 meses consecutivos o 4 no consecutivos
  • Que el impago sea doloso, es decir que se haga con la voluntad de dejar de pagar, y no por un mero accidente o despiste.

¿Dejar de pagar la hipoteca es delito de Abandono Familiar?

Para resolver esta cuestión en primer lugar debemos tener presente que el artículo 227 dice “cualquier otra prestación económica”, y por tanto se puede también referir a cualquier cantidad que deje desprotegida la familia, lo que incluye la hipoteca.

Sin embargo, para resolver esta cuestión también debemos irnos a la jurisprudencia, que, como regla general, ha considerado que dejar de pagar la hipoteca, cuando los hijos siguen residiendo en la vivienda es delito de abandono familiar.

Además, la sentencia STS 914/2021 establece que dejar de pagar la pensión de alimentos, puede constituir violencia económica, cuando se deja a los hijos en un estado de vulnerabilidad.

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1 – Abandono Familiar

Juan y Marta han estado casados durante diez años y tienen dos hijos. Juan trabaja a tiempo completo y contribuye financieramente al hogar, mientras que Marta se encarga de la crianza de los niños y las responsabilidades domésticas. Un día, Juan decide abandonar la familia sin previo aviso, dejando a Marta sin recursos económicos y bloqueando las cuentas familiares. Marta se encuentra en una situación de desamparo, sin poder cumplir con las necesidades básicas de los niños. En este caso, Juan estaría cometiendo el delito de abandono familiar, ya que ha dejado de cumplir sus deberes económicos y de asistencia hacia su esposa e hijos.

Juan podría enfrentar una pena de prisión de tres a seis meses o una multa de seis a doce meses, además de la posibilidad de ser privado de la patria potestad de los hijos.

Ejemplo 2 – Impago de Pensiones

Luis y Ana se divorciaron después de cinco años de matrimonio. En el convenio de divorcio, se estableció que Luis debía pagar una pensión alimenticia para sus dos hijos. Sin embargo, Luis deja de pagar la pensión durante cuatro meses consecutivos, dejando a Ana y a los niños en una situación financiera difícil.

Luis estaría cometiendo el delito de impago de pensiones de forma dolosa, es decir, intencional. En este caso, Luis podría enfrentar consecuencias legales, como multas y otras sanciones, por dejar de cumplir con las obligaciones establecidas en el convenio de divorcio.

Ejemplo 3 – Dejar de Pagar la Hipoteca

María y Carlos están divorciados, pero la vivienda familiar aún tiene una hipoteca pendiente. Según el convenio de divorcio, Carlos es responsable de pagar la mitad de la hipoteca. Sin embargo, Carlos decide dejar de pagar la hipoteca, poniendo en riesgo la vivienda en la que aún residen los hijos.

De acuerdo con la jurisprudencia y el artículo 227, dejar de pagar la hipoteca, cuando los hijos continúan viviendo en la propiedad, puede considerarse como abandono familiar. Carlos podría enfrentar consecuencias legales por poner en peligro la estabilidad del hogar.

Conclusiones

En conclusión, tras explorar en detalle el Delito de Abandono Familiar, hemos analizado las conductas que llevan a su comisión, que involucra los deberes inherentes a los lazos matrimoniales. Desde el incumplimiento de obligaciones económicas hasta la desatención de responsabilidades para con los hijos, cada ejemplo presentado ha arrojado luz sobre las diversas formas en que este delito puede manifestarse en la realidad cotidiana. Hemos comprendido que el abandono familiar, en su forma básica, conlleva consigo penas significativas, como prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses, incluso la privación de la patria potestad en casos extremos.

Asimismo, hemos explorado la modalidad del impago de prestaciones económicas, destacando la importancia de reconocer estas obligaciones mediante convenios judiciales o resoluciones legales, y entendiendo que el impago debe ser intencional, no fruto de descuidos. Además, al abordar la pregunta de si dejar de pagar la hipoteca constituye un delito de abandono familiar, hemos comprendido que la jurisprudencia generalmente considera que sí, especialmente cuando los hijos continúan residiendo en la vivienda.

En última instancia, este artículo sobre el Delito de Abandono Familiar te ha proporcionado una visión clara de los deberes y las consecuencias legales asociadas, destacando la importancia de la responsabilidad familiar en la sociedad.

¡Espero que te haya gustado este artículo y nos vemos en el siguiente!

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