Delito de Suplantación de Identidad: Art. 401 CP y Casos

¿Qué es la suplantación de identidad en Derecho Penal?

La suplantación de identidad es una conducta cada vez más frecuente en la sociedad digital, pero su relevancia penal va mucho más allá del entorno virtual. En términos jurídicos, se trata de hacer pasar a una persona por otra con el fin de obtener un beneficio, causar un perjuicio o alterar la verdad, afectando así bienes jurídicos como la seguridad jurídica, la intimidad o el patrimonio.

Aunque el Código Penal español no recoge un tipo penal específico denominado así, existen varias figuras que permiten sancionar esta conducta, principalmente a través del artículo 401 del Código Penal, así como mediante delitos conexos como la falsedad documental, la usurpación de estado civil o la estafa.

Su relevancia práctica es alta: puede darse en redes sociales, trámites bancarios, procedimientos judiciales, contratos privados o incluso en la comisión de otros delitos (como el fraude fiscal o el acoso). Por eso, es fundamental que los estudiantes de derecho comprendan cuándo estamos ante una conducta penalmente relevante, y cuándo solo se trata de una irregularidad civil o administrativa.

Si quieres ver cómo se relaciona con otros delitos que afectan a la intimidad o la documentación, te puede interesar este análisis sobre los delitos contra la intimidad.

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Delito de suplantación de identidad: regulación y artículo 401 del Código Penal

En el ordenamiento jurídico español, el delito más directamente aplicable a los casos de suplantación de identidad es el regulado en el artículo 401 del Código Penal. Este precepto establece:

“El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años.”

Este delito no castiga simplemente el hecho de fingir ser otra persona, sino que requiere un grado de intención y permanencia, ya que lo que se protege es la identidad jurídica de una persona ante el ordenamiento. No se trata de una suplantación puntual o trivial (como usar el nombre de alguien en redes sociales por burla), sino de una usurpación real de su identidad civil.

Además, no todos los actos de suplantación de identidad encajan en este tipo penal. Por eso, cuando no se da el encaje exacto en el artículo 401, la conducta puede ser perseguida por otros delitos relacionados, como veremos más adelante.

La clave interpretativa está en la jurisprudencia, que exige:

  • Suplantación real de la identidad de una persona viva.
  • Conocimiento y voluntad del autor.
  • Finalidad de atribuirse su estado civil de manera estable.

¿Cuándo existe suplantación penalmente relevante? Tipos comunes

La suplantación de identidad puede materializarse de muchas formas, pero no todas son penalmente relevantes. En derecho penal, la tipicidad exige que la conducta encaje exactamente en el supuesto descrito por la ley.

Aquí te presentamos los tipos de suplantación más habituales que sí pueden tener consecuencias penales:

Suplantación en redes sociales y plataformas digitales

Crear un perfil falso en Instagram, TikTok o Facebook haciéndose pasar por otra persona puede constituir delito si se causa un perjuicio real, como:

  • Envío de mensajes difamatorios o amenazas.
  • Solicitud de dinero o datos personales.
  • Suplantación de profesionales (médicos, abogados, policías…).

En estos casos, pueden concurrir delitos como injurias, amenazas, usurpación de identidad, delitos contra el honor o estafa. Y si hay captación de menores, incluso grooming.

Revisa también el delito de simulación de delito para entender las diferencias clave.

Suplantación ante entidades bancarias y administrativas

Firmar un contrato, pedir un préstamo o realizar gestiones con el DNI de otro —sin su consentimiento— puede encajar en:

  • Falsedad documental (art. 392 CP).
  • Estafa (art. 248 CP).
  • Usurpación de estado civil (art. 401 CP), si se hace de forma continuada.

Este tipo de suplantación es habitual en fraudes bancarios, estafas a la Seguridad Social o falsificación de documentación.

Relación con otros delitos: falsedad documental, estafa y usurpación de estado civil

La suplantación de identidad no es un tipo penal autónomo en la mayoría de los casos, sino una conducta que se enmarca dentro de otros delitos tipificados en el Código Penal. Por eso, es fundamental conocer cómo se relaciona con figuras delictivas ya establecidas, ya que la acción de suplantar puede implicar varias infracciones de forma acumulada.

Uno de los encuadres más habituales es el de falsedad documental (artículos 390 y siguientes del Código Penal). Si para suplantar a otra persona se utiliza un documento falso (como un DNI manipulado o un contrato firmado en nombre ajeno), se incurre en este delito, que castiga tanto la creación como el uso del documento falso.

Otro delito que frecuentemente se comete junto con la suplantación es la estafa (artículo 248 del CP). Esto ocurre cuando la suplantación se realiza con el objetivo de obtener un beneficio económico ilícito, engañando a un tercero que sufre un perjuicio. Es habitual en fraudes bancarios, contrataciones falsas o solicitudes de ayudas o subvenciones públicas.

Por último, la usurpación del estado civil recogida en el artículo 401 del CP castiga los supuestos más graves y duraderos de suplantación, en los que el autor se hace pasar por otra persona de forma continuada, asumiendo su identidad de forma pública y prolongada. Esta figura exige una apropiación completa del estado civil, por ejemplo, vivir con el nombre de otra persona, casarse, trabajar o realizar gestiones oficiales bajo esa identidad.

Estos delitos no son excluyentes entre sí. De hecho, un solo acto de suplantación puede dar lugar a una pluralidad de infracciones penales, que serán valoradas por el juez de forma conjunta según las circunstancias del caso.

Si te interesa profundizar en las consecuencias penales de la falsedad de documentos, puedes revisar este artículo específico sobre el delito de falsedad documental.

¿Qué hacer si soy víctima de una suplantación de identidad?

Si sospechas que han suplantado tu identidad, es clave actuar con rapidez y organización. Estos son los pasos básicos a seguir:

  1. Reunir pruebas: guarda capturas, correos o perfiles falsos. Cualquier evidencia será útil para acreditar el hecho.
  2. Denunciar: acude a Policía o Guardia Civil y presenta una denuncia formal detallando la suplantación.
  3. Informar a la entidad afectada: bancos, redes sociales o empresas tienen protocolos para bloquear accesos o revertir acciones.
  4. Solicitar medidas cautelares: como el cierre de perfiles falsos o la suspensión de operaciones fraudulentas.
  5. Explorar la vía penal y civil: puedes exigir responsabilidades penales y también reclamar daños ante los tribunales civiles si hubo perjuicio económico o reputacional.

La rapidez en estos pasos es esencial para frenar el daño y reforzar la posición jurídica de la víctima en cualquier procedimiento.

3 ejemplos prácticos del delito de suplantación de identidad

Para consolidar el conocimiento sobre la suplantación de identidad como figura penal, es fundamental ver cómo se aplica en la práctica. Estos tres supuestos, inspirados en casos reales y en jurisprudencia, te permitirán identificar cuándo una conducta puede considerarse delictiva y cómo se analiza desde el Derecho Penal.

Ejemplo 1. Perfil falso en redes sociales con fines difamatorios

Lucía descubre un perfil en redes sociales que usa su foto y nombre para insultar a otras personas. Esta suplantación con fines lesivos puede constituir delito contra el honor o la intimidad, además de la suplantación si se prueba el perjuicio.

Ejemplo 2. Suplantación ante entidad financiera para solicitar un préstamo

Marcos consigue el DNI de su antiguo compañero de piso y, sin su conocimiento, contrata un préstamo a su nombre. El banco no detecta la irregularidad hasta que comienzan los impagos y contacta con la víctima para reclamar la deuda.

Ejemplo 3. Usurpación del estado civil en una relación sentimental

Carlos mantiene durante meses una relación sentimental utilizando el nombre y datos de otra persona. Llega incluso a firmar documentos y realizar trámites públicos haciéndose pasar por ella. Cuando la víctima lo descubre, presenta denuncia.

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