¿Sabes en qué consiste el conocido delito de denuncia falsa? ¿Cuáles son los requisitos para que concurra el tipo? ¿Puedes distinguirlo de otros delitos similares, como las calumnias o la simulación de delitos?
Si aún no conoces la respuesta a estas preguntas, no te preocupes, porque tras la lectura de este breve artículo serás todo en experto del delito de denuncia falsa.
Para que lo consigas, vamos a explicar todo lo que necesitas saber sobre este tipo delictivo de una forma sencilla y comprensible, acompañada de ejemplos que terminarán de asentar tus conocimientos en la materia.
Así que sin más dilación, comencemos.
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Indice de Contenidos
Toggle¿Qué es la denuncia falsa?
Ubicado en el Título XX del Código Penal, que se dedica a los delitos contra la Administración de Justicia, el delito de denuncia falsa se tipifica en el artículo 456 de la misma norma.
Así, comete el delito de denuncia falsa aquel que sabiendo su falsedad o conociendo que puede no ser verdad, imputa a una persona hechos constitutivos de delito, y ello ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación.
Veamos sus Requisitos
En base a lo dispuesto en el artículo 456 del Código Penal, para apreciar la comisión del delito de denuncia falsa han de cumplirse los siguientes requisitos:
1. Imputación falsa
El autor del delito de denuncia falsa debe imputar los hechos a otra persona, distinta de sí mismo. Ello puede realizarse a través de cualquier acusación o denuncia, por la que se atribuyan hechos concretos a una persona determinada.
Además, la imputación debe ser falsa, pues es precisamente esa falsedad lo que hace que la conducta merezca reproche penal.
2. Hechos delictivos
Los hechos que se imputen al tercero deben ser constitutivos de infracción penal.
No se comete el delito de denuncia falsa, por tanto, cuando se atribuyan hechos constitutivos infracción administrativa, laboral o civil.
A estos efectos, se entienden como hechos delictivos tanto los tipificados en el Código Penal como en las leyes especiales, incluyendo los delitos leves.
3. Ante funcionario judicial o administrativo
En el delito de denuncia falsa, la imputación del hecho delictivo no puede realizarse ante cualquiera, sino que es necesario que sea ante un funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de averiguar los hechos.
Se cumple este requisito, por tanto, con la denuncia de los hechos a la policía, al juez, o al Ministerio Fiscal.
4. Elemento subjetivo: dolo
La denuncia falsa es un delito doloso, pues así se entiende cuando establece el artículo 456 CP que los hechos se imputan “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad”.
Se admite la comisión del tipo cuando el sujeto activo actúa con dolo eventual, pues a éste equivale actuar con “temerario desprecio a la verdad”.
No es posible, en cambio, su comisión por imprudencia.
Requisito de perseguibilidad
El artículo 456 CP establece un requisito de perseguibilidad, sin el cual no podrá procederse contra el denunciante o acusador autor del delito de denuncia falsa.
Para ello, es necesario que exista una sentencia firme, o un auto firme -de sobreseimiento o archivo- por parte del Juez o Tribunal que ha conocido del delito falsamente imputado.
Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.
En este sentido, lo que exige la norma es que antes de proceder contra el falso acusador, se haya comprobado la falsedad de la acusación -o, al menos, no haberse podido comprobar la realidad de la misma, cuando haya sobreseimiento o archivo- en un proceso penal ya finalizado.
Bien jurídico protegido
En cuanto al bien jurídico protegido por el tipo de denuncia falsa, éste es considerado por la mayor parte de la doctrina y jurisprudencia como un delito pluriofensivo, que protege:
- El correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, pues la falsa acusación obliga al despliegue indebido de los medios de la misma.
- El derecho al honor del falsamente acusado, que claramente se ve perjudicado cuando se le atribuyen unos hechos delictivos que no son verdaderos.
Pena aplicable
La pena aplicable al autor de un delito de denuncia falsa va a depender de la gravedad de la infracción falsamente imputada. De esta forma, el reo de este ilícito será castigado con:
- Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si imputara un delito grave.
- Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si imputara un delito menos grave.
- Con la pena de multa de tres a seis meses, si imputara un delito leve.
Distinción de tipos similares
Una de las mayores dificultades en cuanto al delito de denuncia falsa es la de distinguirlo de otros tipos delictivos con los que guarda una gran similitud. Me refiero, concretamente, al tipo de simulación de delitos y al de calumnias.
Para que no tengas ningún problema en este punto, veamos cuáles son sus diferencias.
Simulación de delitos
Comete este ilícito el que ante funcionarios judiciales o administrativos que deban investigar los hechos, simule ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales (art. 457 CP).
Como puede observarse, su tipificación es muy parecida a la de la denuncia falsa, pero existe entre ambas una diferencia fundamental: la imputación.
Mientras que en el delito de denuncia falsa se imputa a una persona el hecho delictivo, en el tipo de simulación de delitos este se simula sin imputarlo a otro sujeto determinado -salvo que el sujeto al que se imputa sea el propio autor, que simula ser el responsable, cosa que se ha mencionado que no podía ocurrir en la denuncia falsa, en la que el hecho debe imputarse a un tercero-.
Además, en el tipo de simulación de delito no se aplica el requisito de perseguibilidad de la denuncia falsa.
Calumnias
Indica el artículo 205 del Código Penal que es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Como se puede observar, es una definición que coincide en gran parte con la del delito de denuncia falsa, con la salvedad de que falta que la imputación se realice ante un funcionario judicial o administrativo obligado a averiguar los hechos.
Por tanto, dependiendo de ante quien se haga la imputación estaremos ante un delito de denuncia falsa -si se hace autoridad competente- o ante un delito de calumnias -si se hace ante cualquier otra persona-.
Si quieres saber más sobre el delito de calumnias, no dudes en consultar nuestro artículo relacionado.
2 Ejemplos
Ejemplo 1. Delito de prevaricación
Javier ha participado en un procedimiento de licitación pública para la concesión de instalación y explotación de un chiringuito.
Finalizado el procedimiento, la concesión se otorga a otra persona. Aunque Javier sabe que el procedimiento ha seguido los cauces legales, está muy enfadado con el resultado, así que decide acudir a la policía y acusar a Luis -funcionario encargado de la concesión de un delito- de un delito de prevaricación.
Por la acusación de Javier se inicia un proceso penal que termina con auto firme se sobreseimiento libre ante la falta de pruebas.
Javier ha cometido un delito de denuncia falsa, pues ha imputado un delito de prevaricación a Luis a sabiendas de que no lo había cometido, y además lo ha hecho ante funcionarios policiales.
Habiéndose dictado auto firme en el proceso seguido contra Luis, puede perseguirse el delito cometido por Javier.
Ejemplo 2. Distinción entre denuncia falsa y simulación de delito
Ana tiene su móvil asegurado contra robos.
En un descuido, Ana pierde el dispositivo, así que decide acudir a las autoridades policiales y denunciar haber sido víctima de un robo con fuerza -para así cobrar el seguro- a pesar de que ese robo no se ha producido.
Indica a los funcionarios que ha ocurrido tan rápido que no ha podido ver al autor, por lo que no imputa a nadie el hecho delictivo.
La denuncia de Ana provoca varias actuaciones procesales dirigidas a la averiguación de los hechos.
Ana ha cometido el tipo de simulación de delito, y no de denuncia falsa, pues ha simulado ser víctima de un hecho delictivo sin imputarlo a nadie en concreto.
Conclusiones
En resumen, el delito de denuncia falsa consiste en imputar falsamente y a sabiendas un hecho delictivo concreto a una persona determinada, haciéndolo ante un funcionario judicial o administrativo con deber de averiguar los hechos.
Para perseguir este delito, debe haberse comprobado en un proceso penal previo la falsedad de la acusación formulada.
El delito de denuncia falsa protege el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y el derecho al honor del falsamente acusado, y no debe confundirse con tipos similares como la simulación de delito o las calumnias.
¡Enhorabuena! Has llegado al final del artículo. Gracias a esta breve y práctica lectura, ya en profundidad el delito de denuncia falsa, y puedes distinguirlo sin problemas de otras figuras delictivas. Además, gracias a los ejemplos, has adquirido una visión práctica de la materia que te será especialmente útil en tus exámenes e incluso durante tu ejercicio profesional.
Espero que te haya gustado la explicación y, ¡nos vemos en el próximo artículo!
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Graduada en Derecho como tercera de mi promoción, y en el Máster de Abogacía como segunda de mi promoción. Apasionada del derecho penal.
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