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Donación en España【Concepto & Ejemplos】

¿Alguna vez te has preguntado qué implica realizar una donación en España? En este artículo, exploraremos detalladamente el proceso de donación, desde su definición hasta sus implicaciones legales y prácticas.

Nuestro objetivo es proporcionarte una comprensión clara y completa de este importante aspecto del derecho civil español.

A lo largo del artículo, ilustraremos cada punto con ejemplos reales para ayudarte a visualizar mejor cómo funciona en la práctica. ¡Comencemos descubriendo el mundo de las donaciones en España!

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¿Qué es la donación? ¿Qué tipos hay?

¿Qué implica realmente este acto de generosidad en el contexto legal español?

La donación se define como el acto por el cual una persona, con ánimo de liberalidad, se empobrece en una fracción de su patrimonio, en provecho de otra persona que se enriquece con ello.

Desde el punto de vista jurídico, implica tres elementos esenciales: el empobrecimiento del donante, el enriquecimiento del donatario y el ánimo de hacer una liberalidad.

Se regula en el Código Civil como un modo de adquirir la propiedad – un derecho real-en el libro III capitulo II. Pero ¿qué tipos de donaciones existen y cómo se regulan?

Tipos de donaciones:

Inter vivos y mortis causa:

Las donaciones inter vivos se rigen por las disposiciones generales de los contratos y obligaciones en todo lo que no esté determinado en el título correspondiente.
Por otro lado, las donaciones mortis causa se producen por la muerte del donante y se rigen por las reglas establecidas en el capítulo de la sucesión testamentaria.

Puras y modales:

Las donaciones puras son aquellas que se realizan como una liberalidad gratuita, sin ninguna carga o condición adicional.
Las donaciones modales imponen al donatario una carga o modo que disminuye la cuantía de la misma , aunque no la priva de su carácter gratuito.

Remuneratorias:

Las donaciones remuneratorias se hacen en reconocimiento a los méritos o servicios prestados al donante por parte del donatario.
Según el artículo 622 del Código Civil, estas donaciones se rigen por las disposiciones del título en la parte que exceda del valor del gravamen impuesto.

Con cláusula de reversión:

La cláusula de reversión permite que el donante recupere los bienes donados en determinadas circunstancias, estableciendo la reversión en su favor.

Con facultad de disponer:

En este tipo , el donante se reserva la facultad de disponer de algunos de los bienes donados o de una cantidad específica de ellos.

Universales y particulares:

Las donaciones universales comprenden todo el patrimonio del donante o parte de él, siempre que se reserve lo necesario para vivir acorde a sus circunstancias.
Por otro lado, las donaciones particulares se refieren a bienes o cosas determinadas del patrimonio del donante.

Indirecta:

Se trata de una atribución realizada con ánimo de liberalidad y enriquecimiento del favorecido, aunque mediando un negocio típicamente oneroso.

Ejemplo:

Imagina que Juan, un padre de familia, decide donar a su hijo Pablo un apartamento como muestra de su apoyo y reconocimiento por sus logros académicos. Esta sería una pura, sin ninguna carga o condición adicional, realizada con ánimo de liberalidad y sin contraprestación por parte del hijo.

Los elementos de la Donación

¿Cuáles son los elementos personales?

La donación involucra a dos partes fundamentales: el donante y el donatario.

  • El donante es quien realiza el acto de generosidad, empobreciéndose en favor del donatario, quien recibe lo que se dona y se enriquece con ella.

Según el artículo 624 del Código Civil, pueden realizar donaciones aquellos que tengan la capacidad legal para contratar y disponer de sus bienes. Esto incluye a personas físicas con plena capacidad jurídica y, bajo ciertas circunstancias, a personas jurídicas. Sin embargo, existen prohibiciones especiales, como la necesidad de autorización judicial para los tutores o herederos de personas declaradas fallecidas.

  • Por otro lado, el donatario, como beneficiario, debe tener la capacidad jurídica para aceptarla. Según el artículo 625 del Código Civil, pueden aceptar donaciones todos aquellos que no estén especialmente incapacitados por la ley. En el caso de menores o personas incapacitadas, la aceptación puede realizarse a través de sus representantes legales, quienes deben tener el discernimiento adecuado para este acto jurídico.

¿Cuáles son los elementos reales?

El objeto de la misma son las cosas y los derechos, que pueden ser tangibles o intangibles.

Según el artículo 633 del Código Civil, la cosa o derecho donado debe ser concreto e individualizado.

Además, el artículo 634 del Código Civil establece que la misma puede comprender todos los bienes presentes del donante o parte de ellos, siempre que se reserve lo necesario para mantener un nivel de vida adecuado.

Sin embargo, existen límites para la donación de bienes presentes, como la acción revocatoria a favor de los acreedores, la reducción por inoficiosidad a favor de los legitimarios y la reserva que debe hacer el donante para mantener su propio nivel de vida, según lo establecido en el artículo 634 del Código Civil.

Además, en el caso de bienes futuros está prohibida, ya que el donante no puede disponer de bienes que no posee en el momento de la donación, según el artículo 635 del Código Civil.

¿Cuándo se realiza una donación y qué pasa?

La forma

Puede adoptar distintas formas según el objeto que se esté donando y las circunstancias específicas. Para los bienes muebles, puede realizarse verbalmente siempre que se haga entrega simultánea de la cosa donada. En caso contrario, la donación debe constar por escrito y ser aceptada de la misma manera, según lo establece el artículo 632 del Código Civil.

En cuanto a los bienes inmuebles, la misma debe hacerse mediante escritura pública, detallando los bienes donados y las cargas que deba asumir el donatario. La aceptación puede realizarse en la misma escritura o en una separada, pero solo surtirá efecto si se realiza en vida del donante y se notifica de manera auténtica, como lo exige el artículo 633 del Código Civil.

La perfección del contrato

Según el artículo 623 del Código Civil, la misma se perfecciona desde el momento en que el donante conoce la aceptación del donatario.

Sin embargo, el artículo 629 del Código Civil establece que la misma no obliga al donante ni produce efecto hasta que no se realiza la aceptación.

La donación se considera perfeccionada con la aceptación del donatario, pero puede ser revocada por el donante hasta que tenga conocimiento de dicha aceptación, como se expresa en el artículo 623.

Los efectos

Este contrato puede generar diversos efectos, más allá de la mera trasmisión de la propiedad, como la reserva de disposición a favor del donante, según lo dispuesto en el artículo 639 del Código Civil.

Esta reserva permite al donante retener la facultad de disponer de algunos bienes donados, los cuales pasarán al donatario solo en caso de que el donante no haga uso de este derecho antes de su fallecimiento.

Además, se pueden establecer cláusulas de reversión a favor del donante, como lo permite el artículo 641 del Código Civil, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

Por último, la misma puede implicar el pago de deudas del donante, aunque las obligaciones del donatario en este sentido dependen de la estipulación en el contrato de donación y de si se realizó en fraude de los acreedores, según lo establecido en los artículos 642 y 643 del Código Civil.

¿Se puede ir marcha atrás?

Revocación

Aunque el principio general es que los contratos son irrevocables, existen excepciones, como en el caso de la donación. El Código Civil establece tres causas para la revocación de una donación: la supervivencia o superveniencia de hijos, la ingratitud del donatario y el incumplimiento de cargas o condiciones.

Estas causas no invalidan automáticamente la donación, pero facultarán al donante para solicitar su ineficacia mediante una acción legal, salvo acuerdo extrajudicial con el donatario.

Reducción de donaciones

Cuando una donación excede los límites establecidos por la ley, se considera inoficiosa en cuanto al exceso.

La reducción del exceso no afecta los efectos  durante la vida del donante, pero el donatario solo devolverá los frutos desde la presentación de la demanda.

Tienen derecho a solicitar la reducción aquellos con derecho a legítima o parte alícuota de la herencia, y sus herederos o causahabientes.

Los donatarios, legatarios que no sean de parte alícuota y acreedores del difunto no pueden pedir ni beneficiarse de la reducción.

Ejemplos de donaciones

Ejemplo 1: Inter Vivos

María, una madre soltera, decide hacer una donación inter vivos a su hija Laura. María posee una casa valorada en 300.000 euros y decide transferirla a Laura como una muestra de su amor y apoyo.

Ambas acuerdan los términos de la donación y firman un contrato ante un notario. Laura acepta la donación con gratitud y se convierte en la nueva propietaria de la casa. Y tiene efectos en la sucesión como una donación que habrá que traer.

Ejemplo 2: Problemática de Revocación

Pedro decide hacer una donación de un automóvil a su amigo Juan como muestra de su amistad. Sin embargo, después de un tiempo, Pedro descubre que Juan ha incurrido en un acto de ingratitud al difamar su nombre públicamente cometiendo un delito contra el honor.

Pedro decide emprender acciones legales para revocar la donación del automóvil debido a la ingratitud de Juan, tal como señala el art.648.

Conclusiones

Con esto hemos llegado al final, esperamos que te haya sido de ayuda el articulo, por si acaso te vamos a dar las claves. En resumen, este contrato civil en España implica el empobrecimiento del donante y el enriquecimiento del donatario, con un objeto que puede ser tanto bienes muebles como inmuebles. Es importante que recuerdes, que las donaciones entre familiares pueden jugar un papel importantes para el caso de sucesiones.

Y que también hay de muchos tipos desde las simples hasta las que tienen condición pasando por las que tienen facultad de disponer. La formalidad de la misma varía según el tipo de bien y se perfecciona con la aceptación del donatario, según lo establecido en el Código Civil. Si tienes duda con otros contratos civiles no dudes en visitar nuestra sección de derecho civil, seguro que tenemos lo que buscas.

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Autor

  • Daniel García

    Jurista apasionado del Derecho Público y la Filosofía del Derecho, mi objetivo aquí es acercarte el derecho de forma sencilla y cotidiana. 

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