¿Qué derechos tiene el nasciturus en el ámbito legal? ¿Cómo se aplican las presunciones del derecho civil en situaciones sucesorias y de donaciones a favor del hijo no nacido? ¿Y qué dicen las últimas sentencias de la jurisprudencia sobre la vida y derechos del nasciturus? Estas preguntas nos llevan a adentrarnos en el fascinante mundo del nasciturus, una figura legal que, aunque se presume familiar, encierra matices y aplicaciones sorprendentes en la práctica jurídica.
En este artículo, explicaremos qué es, qué derechos tiene y dónde se regulan, así como que dice la jurisprudencia sobre esta figura. También exploraremos ejemplos prácticos que completarán tu conocimiento sobre el concebido no nacido. Acompáñanos en este viaje jurídico donde desentrañaremos su complejidad, sus aplicaciones prácticas y la influencia clave del nasciturus en el derecho civil contemporáneo.
¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?
Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.
Indice de Contenidos
Toggle¿Qué es el Nasciturus? 2 Ejemplos Prácticos
La figura del nasciturus es una presunción del derecho civil, que tiene al concebido como nacido para todos los efectos que le sean favorables, esto viene regulado en el artículo 29 del Código Civil.
¿Por qué es esto una presunción?
Por el momento en el que se adquiere la personalidad jurídica, veámoslo más a fondo. En derecho para poder ser sujeto de derechos y obligaciones, y en general, poder llevar a cabo relaciones en materia legal, se debe tener personalidad, que no debemos confundir con la capacidad jurídica que es la capacidad para de manera efectiva llevar a cabo esos derechos y obligaciones por nosotros mismos.
Pues bien, esta personalidad se adquiere, según el Código Civil desde el nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno, así se establece en el artículo 30 CC. Por tanto, si no existiera esta presunción del concebido, hasta que no nacemos de manera efectiva, para el derecho no existiríamos, por ejemplo, en una herencia, si el fallecido hubiera dejado a su cónyuge embarazada, la repartición de la herencia se llevaría a cabo sin tener en cuenta a ese hijo.
Así, la presunción del concebido, es una presunción que tiene por nacido al que únicamente ha sido concebido para todos los efectos que le sean favorables, es decir, la adquisición de derechos, supeditando los efectos de esta adquisición hasta en el momento en el que nazca.
Regulación del Nasciturus en el Código Civil
Son varios los artículos del CC que hacen mención a esta figura, entre ellos encontramos:
- Artículo 627. Este artículo establece que el nasciturus podrá recibir donaciones, y deberán ser aceptadas por las personas que les representarían legítimamente si hubieran nacido, es decir, sus progenitores en la mayoría de casos.
- Artículo 959 a 966. Estos artículos se refieren a la obligación de la viuda embarazada a informar a los herederos de su estado y en el momento en el que se ponga de parto. Esto reconoce implícitamente el derecho del concebido a formar parte de dicha herencia. También se establece los derechos de otros herederos para solicitar medidas que eviten la suposición de parto, en el mismo supuesto que el anterior.
Por otro lado, también establece el derecho de la viuda de ser alimentada con los bienes hereditarios durante el embarazo, en consideración al concebido. En cuanto a la herencia los dos últimos artículos establecen que los bienes de la herencia serán administrados y deberán asegurarse hasta el parto, o hasta el momento en que se verifique que este nunca sucederá. Para ello, se suspenderá la división de la herencia hasta el mencionado parto, aunque el administrador podrá pagar a los acreedores de la herencia.
El Nasciturus en la jurisprudencia
Esta presunción del concebido ha dado sin lugar a dudas origen a muchas sentencias en nuestro sistema jurídico, por ello vamos a analizar la Sentencia 44/2023 que hace una gran enumeración de las sentencias que se han ido dando a lo largo del tiempo y supone una de las más recientes sobre el tema actualmente:
- En cuanto al derecho a la vida la sentencia establece que el Nasciturus no es per se una persona sino más bien un bien jurídico protegido, ya que al no ser persona no puede ser titular de derecho y tampoco de derechos fundamentales. Así lo establece la jurisprudencia en su Sentencia SSTC 53/1985, de 11 de abril, FFJJ 5 y 7. Si quieres conocer tus derechos fundamentales y entenderlos con ejemplos te interesará nuestro artículo sobre Derechos Fundamentales.
- Por otro lado, la sentencia también menciona el derecho a la igualdad del concebido, ya que en el análisis de inconstitucionalidad de la Ley se hacía mención al derecho a la no discriminación de los nasciturus con discapacidad que les reconocía el Convenio de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006. El TC manifiesta que el Convenio deja sus derechos a los concebidos en manos de cada Estado, que el legislador ha optado por no atribuir dichos derechos al concebido, y que por tanto no tiene derecho a la no discriminación.
- La sentencia también establece una importante distinción, y es que no hay confusión en cuanto a la identidad del nasciturus, teniendo este identidad propia y separada de la madre, aunque se encuentre dentro de la misma, sin que se pueda confundir con un órgano o miembro corporal de la misma.
- En otras sentencias del Tribunal Constitucional, en concreto en las sentencias 212/1996 y 116/1999, que la vida del concebido no nacido tiene un valor intrínseco, por tratarse de una vida humana en su fase de gestación.
Ejemplos Prácticos
1. El Nasciturus en la Herencia
En una compleja disputa sucesoria, Julián fallece dejando a su esposa Rosa embarazada y teniendo a dos herederos: Alonso y José de un matrimonio anterior. Sin la presunción del nasciturus, la herencia se distribuiría entre los herederos actuales, ignorando al hijo por nacer. La viuda, deberá reclamar la suspensión de la división hasta el parto, invocando, como has visto, el artículo 959 del Código Civil.
Al mismo tiempo, Alonso y José podrán solicitar medidas para asegurar que no haya suposición de parto, es decir, que se tomen medidas a la hora del parto, que se nombre a un testigo que certifique que es efectivamente Rosa la que va a dar a luz, además en los tiempos actuales podrá solicitarse una prueba de ADN.
La viuda, a su vez, tendrá derecho a ser alimentada, con los bienes de la herencia, ya que como hemos analizado se le reconoce dicho derecho en el Código Civil. respaldada por la jurisprudencia que reconoce el derecho del nasciturus a formar parte de la herencia, busca medidas que eviten la discriminación y garantice la participación equitativa del hijo por nacer. La complejidad radica en equilibrar los derechos de los herederos existentes con la presunción favorable al nasciturus, demostrando así la aplicación práctica y vital de la figura legal del nasciturus en un contexto sucesorio disputado.
2. El Nasciturus en la Donación
Álvaro decide realizar una donación de una cantidad de dinero a su sobrino que está por nacer, estableciendo condiciones específicas relacionadas con la presunción del nasciturus. La donación, según el artículo 627 del Código Civil, como has visto, debe ser aceptada por los representantes legítimos del nasciturus, en este caso, los padres. Sin embargo, surge una controversia cuando los padres, separados y en desacuerdo, discuten la aceptación y administración de la donación.
En este caso, si los padres no llegan a un acuerdo se podrá nombrar incluso un defensor judicial para el nasciturus, que si quieres saber en qué casos se nombra y cómo te dejo nuestro artículo sobre el Defensor Judicial. También puede suceder que la mujer embarazada esté incapacitada, y a su vez esté sometida a tutela extendida en la edad adulta, en tal caso, al nasciturus lo representará el que a su vez represente a la madre, es decir, en este caso podría ser el padre, o el tutor de la madre.
Conclusiones
En este artículo hemos analizado la figura legal del nasciturus, explorando sus derechos y aplicaciones en el ámbito jurídico. Has aprendido que el nasciturus se presume nacido para efectos legales favorables, siendo crucial en situaciones de herencia y donaciones, en las que, en caso contrario, llegaríamos a resultados injustos. La regulación detallada en el Código Civil y las clarificaciones de la jurisprudencia, como la sentencia 44/2023, revelan la complejidad de esta presunción, reconociendo al nasciturus como un bien jurídico protegido con derechos específicos, y no atribuyéndole personalidad per se, ya que como has visto conforme al Código Civil esta se adquiere al nacer.
Con los ejemplos prácticos en herencia y donación has conocido la aplicación práctica y la necesidad de considerar equitativamente los derechos del nasciturus junto con los de los herederos existentes. En resumen, has adquirido una comprensión más profunda de cómo el nasciturus influye en el derecho civil contemporáneo y su importancia en situaciones legales específicas.
¡Espero que te haya gustado este artículo y nos vemos en el siguiente!
¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?
Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.
¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?
¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!
Promedio de puntuación 5 / 5. Recuento de votos: 4
Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.
Author
-
Abogada especializada en Derecho digital y ciberseguridad, mi objetivo es ofrecer certeza sobre el mundo del derecho a los demás.
Ver todas las entradas