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La Nulidad Contractual por falta de consentimiento [con 2 ejemplos de película]

nulidad contractual por falta de consentimiento

La nulidad contractual por falta de consentimiento es uno de los conceptos más importantes del Derecho civil. Y es que existen varios factores que hacen que un contrato sea considerado como nulo, es decir, que el contrato se convierta en un papel mojado sin efecto alguno.

¿Recuerdas la película de Disney “La sirenita” cuando Úrsula le hace firmar un contrato a la protagonista?

El contenido del contrato era algo similar a esto:

Por la presente concedo a Úrsula, la bruja del mar, mi voz, por toda la eternidad.” 

Dicho contrato sería nulo de pleno derecho y podría hacer que Ariel quedase libre del poder de Úrsula y recuperase por completo su voz, sin ninguna consecuencia.

¿Quieres saber cómo? Quédate conmigo porque nos adentramos bajo el mar… para descubrir la nulidad contractual.

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La nulidad contractual por falta de consentimiento

La nulidad contractual por falta de consentimiento supone literalmente la autodestrucción del contrato sin que haya producido efecto alguno. Esto se recoge en el art. 1261 CC justamente cuando se trata de los requisitos “esenciales” del contrato.

Y son esenciales justamente porque sin esos requisitos no puede existir el contrato.

Requisitos:

  • Consentimiento, las personas que lo firman quieren voluntariamente realizar ese pacto.
  • Objeto del contrato, ya sea crear nuevas relaciones, extinguirlas modificarlas o transmitirlas.
  • Causa, lo que origina realmente que las partes quieran obligarse a cumplir con lo pactado en el contrato

Además debemos puntualizar que los contratos son vinculantes y obligatorios desde que se cumple con el requisito del consentimiento (art. 1258 CC) 

Esto es lo que se denomina como pacta sunt servanda, es decir, los pactos deben cumplirse

Ejemplo “La sirena y la nulidad”

Ariel y Úrsula, firman “voluntariamente” y sin ningún “tipo de engaño” un contrato por el cual Ariel le da su voz a cambio de tener piernas para poder “enamorar” a Erick, para ello se configura un plazo de 3 días. En caso de “no conseguir enamorar a Erick” Ariel será propiedad de Úrsula y se quedará sin voz.

En este ejemplo vemos, el consentimiento afirmativo de Ariel y Úrsula.

Vemos el objeto del contrato creando una relación jurídica entre las partes y una causa que despliega derechos y obligaciones para ambas partes.

Aunque existe un pequeño problema y es que Ariel es menor de edad y por ende su consentimiento no es del todo válido.

Es por ello que el contrato sufriría la nulidad contractual por falta de consentimiento y en consecuencia será nulo.

La relación entre el consentimiento y la nulidad contractual por falta de consentimiento

El consentimiento se regula en los art. 1261 y 1262 CC

Principalmente el consentimiento se produce cuando se aceptan las condiciones puestas a disposición de las partes en cualquier trato, negocio o contrato.

Normalmente a estas condiciones se les denomina como “oferta” y cuando se aceptan esas condiciones se esta realizando una “aceptación de la oferta”.

Ejemplo “El Ferrari”

Mario de 18 años tiene un precioso Ferrari, como quiere comprarse una casa decide poner a la venta el vehículo.

Rápidamente Aitor, que busca un coche de ensueño, se pone en contacto con él.

Tras revisar el vehículo, Mario le pone una oferta encima de la mesa, desea vender el coche por 120.000€ y como tiene un amigo mecánico le dice que si en 6 meses le da problemas él mismo correrá con los gastos.

Aitor convencido de la oferta, la acepta al momento.

Es entonces cuando el requisito del consentimiento se cumple, al tiempo que se concreta la cosa y la causa del contrato.

¿Cuándo no entraría en juego la nulidad contractual por falta de consentimiento?

El consentimiento es válido cuando se ha dado sin error, intimidación, violencia o dolo y cuando se cumple con lo establecido en el art. 1263 y 1264 CC

El consentimiento es libre y válido siempre y cuando:

  • En primer lugar, no sea el consentimiento de un menor no emancipado, cuando estas decisiones sean de una entidad considerables.
  • Y en segundo lugar, no sea un consentimiento de una persona que judicialmente este incapacitada o necesite apoyos.
  • En tercer lugar, lo que se denomina como “iocandi causa”, otorgar consentimiento por mero divertimento sin ánimo de que el negocio se realice.

Ejemplo de consentimiento emitido por un menor de edad

¿Recuerdas el episodio de los Simpson en que Bart se independiza? (Emancipación – Los Simpson Temporada 14, episodio 11)

Bart se va de casa y decide ir a vivir solo alquilando un piso. Para ese tipo de contrato (un contrato de arrendamiento) sería necesario que contase con la aprobación de sus padres o representantes legales.

Dado que en el episodio no se especifica si Bart se encuentra emancipado o no, en el caso de que no lo estuviese su consentimiento sería nulo al no ser mayor de edad y necesitar el apoyo de sus padres.

Ejemplo de una persona incapacitada

Carla tiene 75 años, vive sola y por problemas de salud su hija le apoya en decisiones importantes.

Un día en el adosado de Carla cerca de la Sierra de Madrid, Miguel interesado en el alquiler de casas de verano conoce a Carla.

Carla le comenta que en verano suele marcharse de vacaciones con su marido a un piso en Mallorca, ante esto Miguel le proponga alquilarle la casa en verano.

Firman al día siguiente un contrato de arrendamiento para que en verano Miguel pueda disfrutar del inmueble. La hija de Carla, María desconoce por completo esta situación.

A los meses, Miguel llega a casa de Carla y atónito ve como Carla no le recuerda y lo que es más grave no recuerda haber firmado nada con el.

Miguel, indignado se marcha diciéndole que la va a denunciar.

Ante esta situación veríamos como el consentimiento que ha dado Carla sería nulo.

Acción para la nulidad contractual por falta de consentimiento

En estos casos, y aunque el contrato al no respetar el requisito básico del consentimiento será anulable, es conveniente que sea un Tribunal quien declare su nulidad o anulabilidad.

Para ello se deberá ejercitar una acción de nulidad en consonancia con el art. 1261 CC solicitando la nulidad radical del contrato.

Las características de la nulidad radical son las siguientes:

  • Nunca se produjeron los efectos del contrato.
  • Puede apreciarse por un juez o por cualquiera que este interesado en que el contrato sea nulo.
  • No es subsanable, es decir, que no existe ninguna forma de paliar el defecto por lo que el contrato será nulo sin remedio.
  • No esta sujeto a plazo alguno

Ejemplo “Pedro y la Casa de la Sierra”

Juan desea comprar una casa en la Sierra de Madrid. Para ello, le presentan a Pedro, un lugareño que desea vender la propiedad.

Pedro le pide por la propiedad unos 180.000 euros, Juan acepta sin dudarlo sabiendo que no conseguiría una casa de esas características por menos de 250.000€

Pasado un año, le llega una demanda del Juzgado en la cual le indican que el negocio es nulo por falta de consentimiento ya que Pedro se encontraba justamente en tratamiento psiquiátrico y desde hacia meses estaba regalando su patrimonio.

Tras unas jornadas duras en el juzgado, el juez estima de oficio la nulidad y al dictar sentencia obliga a devolver la casa a Pedro y que Pedro le devuelva los 180.000€.

De esta forma, la situación se resuelve sin que nada haya pasado, sin tener ningún tipo de efecto negativo para las partes.

Ejemplo real de falta de consentimiento

Carla de  80 años padece Alzheimer y finalmente deberá ser tutelada por su hija María.

Carla un buen día decide regalarle a María 20.000€ que tiene en la caja fuerte de casa, María al principio no quiere saber nada pero viendo su insistencia decide cogerlos.

María y Carla han perfeccionado una donación, no obstante, el art.  221 CC prohíbe a los tutores recibir de los tutelados cualquier tipo de “regalo” mientras sigan realizando la gestión de sus bienes.

Es por ello que dicho contrato sería nulo simplemente en atención al art 221 CC y porque el propio art. 1261 CC entiende que un contrato no puede existir sin consentimiento.

Carla al estar tutelada por su hija María no puede dar un consentimiento plenamente válido. 

Conclusión

Hemos visto a lo largo de este artículo que la nulidad de un contrato es posible si falla en lo mas esencial (consentimiento, objeto y causa).

Además hemos estado revisando algunos ejemplos tanto de la Sirenita como de Los Simpson en los que vemos como podría entrar en juego la nulidad contractual.

Finalmente, hemos destacado las consecuencias de anular el contrato que nunca debió existir por no respetar su contenido esencial.

¿Te ha gustado? Si te gusta esta forma de aprender las figuras y conceptos del derecho te invito a que sigas con nosotros.

¡Nos vemos en la próxima!

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Autor

  • Jesús Aitor Prado Seoane

    Abogado especialista en propiedad intelectual, industrial y nuevas tecnologías en QUERYLAWYER LEGAL BOUTIQUE (32.135.180.35.) Doctorando en Derecho civil por la Universidad de la Rioja.

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