Derecho virtual Logo

Orden de Expulsión: Salida Obligatoria de España【Conceptos & Ejemplos】

Orden de Expulsión

¿Estás interesado en conocer sobre el Derecho de extranjería? ¿Derecho Administrativo te trae por la calle de la amargura? ¿Qué motivos pueden llevar a España a echar a un extranjero?

Son diversos los motivos que pueden conllevar a la salida obligatoria de un extranjero del territorio español. En este artículo, vamos a explicarte acerca de una fórmula concreta; la orden de expulsión, sus tipos, cómo y por qué motivos puede ejecutarse y en qué casos es imposible la expulsión.

¡Acompáñame! ¡Vamos a descubrirlo juntos!

¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?

Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.

PROBAR AHORA

¿Qué es la orden de expulsión?

Se trata de aquella resolución de carácter judicial mediante la cual una persona extranjera deberá salir obligatoriamente de España. Esta fórmula no tenemos que confundirla con la expulsión mediante resolución administrativa.

La nacionalidad de la persona extranjera es clave, puesto que expulsar a un ciudadano perteneciente a la Unión Europea tiene una serie de condiciones especiales y, por otro lado, si se encuentra o no en situación irregular.

Un ejemplo real de orden de expulsión es el caso del atacante de Algeciras, que fue detenido en enero de 2023 por agredir a un policía con un cuchillo. El hombre tenía una orden de expulsión desde junio de 2022, pero no se había ejecutado porque el proceso administrativo requiere de todas las garantías legales. El atacante era de nacionalidad marroquí y se encontraba en situación irregular en España.

Otro ejemplo real de orden de expulsión es el caso de un ciudadano colombiano que fue expulsado de España en noviembre de 2022 por haber cometido varios delitos de robo con violencia e intimidación. El hombre tenía una autorización de residencia de larga duración, pero la perdió por haber sido condenado a más de un año de prisión. El juez dictó la expulsión como medida sustitutiva de la pena de cárcel, y el hombre tuvo que abandonar el país en el plazo de 15 días.

Marco legal de la orden de expulsión

La regulación de la orden de expulsión y la consiguiente posibilidad de emisión de una orden de expulsión contra un extranjero en el territorio español la encontramos en diversas leyes:

  • Reglamento de dicha ley aprobado por RD 557/2011.
  • Código Penal, que sustituye las multas de prisión de más de un año a ciudadanos extranjeros por su expulsión.
  • Ley Orgánica 11/2003, sobre medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros.
  • Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería).
  • Ley Orgánica 1/2015, sobre modificación del Código Penal.
  • Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
  • Directiva 20087115 de la Comunidad Europea, sobre normas y procedimientos de nacionales de terceros países en situación irregular.

Motivos de la orden de expulsión

Las causas que pueden llevar al Estado español a ordenar la salida obligatoria de una persona extranjera del país pueden deberse a, concretamente, cuatro supuestos:

  1. Resolución judicial, en los casos previstos en el Código Penal, que sustituye la pena de prisión de más de un año por la expulsión.
  2. Resolución administrativa, en los casos de infracciones graves o muy graves tipificadas en el artículo 53 de la Ley de Extranjería, que implica la expulsión o la devolución según el caso.
  3. Carencia de autorización para residir en España, que implica la obligación de abandonar el país en el plazo establecido por la autoridad competente.
  4. Vencimiento del plazo concedido en el marco de un programa de retorno voluntario, que implica la salida efectiva del país en el plazo fijado.

Tipos de orden de expulsión

Expulsión judicial

La expulsión judicial procede en los supuestos contemplados en el Código Penal, pero tanto esta como la expulsión administrativa requieren la comisión de infracciones graves o muy graves, previstas en el artículo 53 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

Expulsión Penal

La expulsión penal se fundamenta en la reforma del Código Penal, que habilita al juez para sustituir la pena impuesta a un extranjero sin residencia legal en España que ha incurrido en un delito, por la expulsión.

La finalidad es impedir que la pena y su ejecución se erijan en una modalidad de permanencia en el territorio nacional. De acuerdo con este precepto, los delitos con penas de prisión superiores a un año, en el caso de extranjeros, serán sustituidos en todo o en parte por la expulsión.

Expulsión administrativa

Por otro lado, en el caso de la expulsión administrativa, si el extranjero se halla encausado o imputado por un delito cuya pena sea prisión por menos de 6 años u otra pena, y este dato consta en el expediente de expulsión, la misma será autorizada por el juez en un plazo no superior a 3 días, previa audiencia del Ministerio Fiscal.

Si el delito lo cometió un ciudadano de la Unión Europea, o asimilado a ciudadano europeo conforme a la jurisprudencia, solo podrá ser expulsado cuando constituya una amenaza grave para el orden público o la seguridad ciudadana.

Ejecución de la orden de expulsión

Tras el dictado de la orden de expulsión por el juez, esta deberá ser notificada a la persona extranjera, indicando aquellos recursos que pueden interponerse y el plazo del que dispone para hacerlo.

Un mes tendrá la policía para ejecutar esta orden de expulsión y la persona extranjera deberá cumplirla en un plazo de 72 horas.

La imposibilidad de ejecutar la orden de expulsión en las 72 horas del plazo dispuesto conllevará la posibilidad de que la autoridad judicial ordene la internación del extranjero en un Centro de Internamiento para Extranjeros por el tiempo que sea necesario para su ejecución. El plazo no puede exceder los 60 días o hasta que se pueda constatar la imposibilidad de ejecutar en este plazo.

Además, existe la posibilidad de llevar a cabo otra serie de medidas cautelares para el aseguramiento de que se ejecute la orden de expulsión, entre otras:

  • Comparecencia periódica ante la autoridad judicial o el funcionario designado al efecto.
  • Establecimiento de un domicilio fijo donde pueda ser localizado.
  • Retirada del pasaporte o del documento nacional de identidad, o prohibición de obtenerlos o renovarlos.
  • Prisión provisional por un plazo máximo de treinta días, prorrogable por otro igual.
  • Cualquier otra medida que, respetando los derechos fundamentales, resulte proporcionada y adecuada a las circunstancias del caso

¿Qué implica la orden de expulsión?

La orden de expulsión conlleva las siguientes consecuencias jurídicas:

  1. Pérdida de cualquier autorización para residir o trabajar legalmente en España,.
  2. Sobreseimiento de cualquier procedimiento que tuviera por objeto la obtención o renovación de dicha autorización por parte del extranjero expulsado.
  3. Inhabilitación para entrar en el país durante el periodo establecido en la orden de expulsión, que no podrá exceder de 10 años. Esta medida podrá ser modificada o dejada sin efecto si el extranjero abandona voluntariamente el territorio nacional dentro del plazo previsto para el cumplimiento de la orden de expulsión.

Se deberá acreditar y comunicar la salida del territorio nacional al órgano competente, mediante alguno de los siguientes medios:

  • Certificación de los servicios policiales de control fronterizo, mediante el impreso correspondiente.
  • Comparecencia del expulsado ante el consulado o la embajada del país de origen o de residencia, con documentación que acredite que su salida de España se realizó dentro del plazo fijado para el cumplimiento voluntario de la orden de expulsión.

Imposibilidad de expulsión

Los supuestos en los que no cabe la expulsión de un extranjero del territorio nacional son los siguientes:

  1. Extranjeros nacidos en España que hayan residido legalmente en el país durante al menos 5 años.
  2. Residentes de larga duración.
  3. Españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad española.
  4. Beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente derivada de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional ocurridos en España.
  5. Beneficiarios de una pensión por desempleo.
  6. Beneficiarios de una prestación económica asistencial.
  7. Cónyuges de extranjeros que se encuentren en alguna de las situaciones anteriores, siempre que hayan residido legalmente en España durante más de 2 años.
  8. Expulsiones que vulneren el principio de no devolución.
  9. Mujeres embarazadas siempre y cuando la expulsión suponga un riesgo para el embarazo o la integridad física de la madre.
  10. Personas enfermas cuando la expulsión suponga un riesgo para su salud.

Las personas que se encuentran en algunos de los supuestos mencionados no podrán ser sancionadas a través del mecanismo de la expulsión, excepto que dicha infracción sea muy grave o que sea una infracción reincidente, tal y como se describe en la Ley Orgánica 4/2015.

Conclusión

Antes de nada, me gustaría darte la enhorabuena por haber llegado hasta aquí. En este artículo hemos visto que la orden de expulsión es una medida que obliga a un extranjero a abandonar España por haber cometido infracciones graves o muy graves, o por haber sido condenado por un delito, esta puede ser dictada por un juez o por una autoridad administrativa, y tiene como efectos la extinción de cualquier autorización para residir o trabajar en España, el archivo de cualquier solicitud de regularización y la prohibición de entrada al país por un plazo máximo de 10 años.

La orden de expulsión no se puede aplicar en algunos casos y existen diferentes tipos de orden de expulsión.

¡Muchas gracias por todo! ¡Hasta la próxima!

¿SE TE ATRAGANTA LA CARRERA DE DERECHO?

Prueba GRATIS los cursos que te permitirán aprobar 7 veces más rápido.

PROBAR AHORA

¿De cuánta utilidad te ha parecido este contenido?

¡Haz clic en una estrella para puntuarlo!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

Autor

  • Martin Olmo Perez

    Graduado en Derecho y estudiante del Máster en Derecho de la Ordenación del Territorio, el Urbanismo y el Medio Ambiente. Apasionado del Derecho Administrativo, busco compartir de manera amena e inspiradora conocimientos sobre diferentes cuestiones jurídicas.

Mas consejos de derecho: