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La Nacionalidad Española por Residencia: Requisitos, plazos y 2 ejemplos prácticos

Nacionalidad Española por Residencia

¿Te gustaría obtener la nacionalidad española por residencia pero no sabes cómo? Seguro que has escuchado hablar alguna vez de la posibilidad de obtener la nacionalidad española por residencia en España o por otras vías distintas. Te adelanto que este artículo te va a resultar interesante porque vamos a ver cómo un extranjero, tras cierto período de tiempo residiendo legalmente en este país, puede conseguir la nacionalidad española por residencia.

Para obtener la nacionalidad española por residencia se requiere que la persona que la solicita viva en España durante el período de residencia exigido, según el caso, que deberá ser de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, así como cumplir con los requisitos de buena conducta cívica e integración en la sociedad española.

Ahora bien, hay ciertas personas que pueden llegar a tener doble nacionalidad. Lo que quiere decir que obtener la nacionalidad española no comporta la pérdida automática de la nacionalidad que se venía ostentando.

No obstante, si estás pensando en adquirir la nacionalidad española pero no cumples los requisitos exigidos para obtenerla por la vía de la residencia, déjame decirte que existen otras formas, como son la nacionalidad por carta de naturaleza o por nacimiento.

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¿Cuáles son los plazos que hay que cumplir para obtener la nacionalidad española por residencia?

Los plazos de residencia legal los recoge el artículo 22 del Código Civil, y variarán en función de la nacionalidad o circunstancias de cada persona.

Encontramos cuatro plazos diferentes:

  1. Plazo general: 10 años de residencia en España.
  2. Plazos reducidos:
  • 5 años para los que hayan obtenido la condición de refugiado.
  • 2 años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.

3. Plazo super reducido: 1 año de residencia para:

  • El que haya nacido en territorio español.
  • El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
  • El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho. Aquí también se incluye el cónyuge que conviva con funcionario diplomático o consular español acreditado en el extranjero.
  • El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
  • El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

La ley es tajante y contundente en cuanto a la forma de disfrutar la residencia.

Establece, literalmente, en el apartado 3 del mencionado artículo “En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición” continuando su apartado 4 con que “El interesado deberá justificar, en el expediente regulado por la legislación del Registro Civil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española”.

¿Qué documentación es preceptiva aportar para obtener la nacionalidad española por residencia?

La documentación preceptiva que el interesado en adquirir la nacionalidad española por residencia deberá aportar, es la que expongo a continuación, sin perjuicio de la documentación adicional que pueda requerirse en cada caso concreto:

  • Modelo de solicitud normalizado. En caso de menores de edad o personas con la capacidad modificada judicialmente, la solicitud debe firmarse, en su caso, por los representantes legales.
  • Mandato o poder acreditativo del representante voluntario, si lo hubiera.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, sólo necesario para mayores de edad.
  • Certificado de nacimiento del país de origen.
  • Certificado CCSE, sólo necesario para mayores de edad.
  • Certificado DELE, sólo necesario para mayores de edad, estando exentos de tal certificado aquellos cuya lengua materna sea el español. Las nacionalidades que eximen del DELE son: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
  • Pasaporte completo en vigor, así como el anterior según el plazo de residencia exigido en cada caso. En caso de no disponer del pasaporte anterior, tranquilidad, porque se podrá aportar, por ejemplo, la vida laboral o, en caso de menores de edad, un certificado del centro educativo, o cualquier otro documento que permita acreditar que el solicitante ha mantenido una residencia efectiva y continuada en España.

¿Cuáles son los requisitos que hay que acreditar para obtener la nacionalidad española por residencia?

El interesado en la obtención de la nacionalidad española por residencia deberá acreditar el cumplimiento de tres requisitos, de lo contrario la solicitud de nacionalidad será denegada. Son los siguientes:

  • Residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Esta residencia, como ya hemos visto, varía entre 1 y 10 años en función de la nacionalidad o circunstancias personales de la persona interesada. Ahora bien, por residencia legal hay que entender aquella que tenga lugar mediante autorizaciones o permisos de residencia previstos en la legislación de extranjería.
  • Buena conducta cívica. La forma de demostrar este comportamiento será aportando un certificado de antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Integración en la sociedad española. Este requisito se refiere a la superación de una serie de pruebas o exámenes que realiza el Instituto Cervantes. Básicamente, consisten en valorar el conocimiento del idioma español y los conocimientos constitucionales y socioculturales que tengan los solicitantes de España (calma, con esto no quiero decir que haya que estudiarse el texto literal de la Constitución Española). Los nacionales de países iberoamericanos están exentos su realización.

¿Qué ventajas tiene obtener la nacionalidad española?

Son muchas las ventajas que se pueden disfrutar tras obtener la nacionalidad española por residencia o por otra vía, destacando, a continuación, algunas de ellas:

  • Acceso al mercado laboral europeo.
  • Estabilidad de residencia, lo que te permite olvidarte de cuándo tienes la próxima renovación.
  • Posibilidad de viajar por la Unión Europea solo con presentar el DNI español en vigor.
  • Ejercer los derechos políticos, por ejemplo, votando en las elecciones.
  • Obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea, que permite recibir asistencia médica durante estancias temporales en los 27 países de la Unión Europea.
  • Facilidad en los trámites de reagrupación familiar.

Ya he obtenido la nacionalidad española por residencia, ¿y ahora qué?

Una vez obtenida la nacionalidad española por residencia, será imprescindible el cumplimiento de una serie de requisitos finales:

  1. Juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
  2. Declaración de renuncia a la anterior nacionalidad. No cumplirán este requisito los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal ni tampoco los sefardíes originarios de España.
  3. Inscripción de la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil español.

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Alicia, ¡ con sólo un año obtienes la nacionalidad española por residencia!

Imaginemos que, por las circunstancias personales de Alicia, sólo necesita un año de residencia en España para adquirir la nacionalidad. Solicita la misma en febrero de 2024, por lo que el cómputo de residencia a contar será del año inmediatamente anterior a tal petición, es decir, febrero de 2023.

Sin embargo, Alicia ese año lo utilizó para visitar varios países, siendo interrumpida su residencia en España en múltiples ocasiones. De esta forma, Alicia incumple uno de los requisitos esenciales para la obtención de la nacionalidad española por residencia, esto es, que la residencia en España sea continuada, por lo que su solicitud será denegada.

Ejemplo 2: Andrea, ¡No te metas en problemas!

Andrea, lleva residiendo en España 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición de nacionalidad que hace. Vino a España con la intención de obtener la nacionalidad española por residencia.

Ahora, 10 años después, entre la documentación que debe aportar se encuentra el certificado de antecedentes penales de su país de origen y de España.

En el último año, Andrea no ha pasado por su mejor etapa personal, pues fue condenada por un delito de robo con fuerza en las cosas y un delito de receptación. Lamentablemente para ella, no obtendrá la nacionalidad española por no tener una conducta cívica, requisito indispensable para la obtención de la nacionalidad española por residencia.

Conclusiones

¡Enhorabuena por llegar hasta aquí! Como ves, la normativa española permite que, tras cierto tiempo residiendo en nuestro país,  se pueda obtener la nacionalidad, lo que conlleva una serie de beneficios. Los plazos de residencia legal requeridos varían entre 1 y 10 años, dependiendo de ciertas circunstancias personales del solicitante.

Termino el artículo con un par de ejemplos sencillos pero prácticos donde se puede ver que con el mero incumplimiento de uno de los requisitos imprescindibles (residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, conducta cívica e integración en la sociedad) la petición de nacionalidad española por residencia será denegada.

Espero haberte ayudado a resolver las dudas que se te pudieran suscitar en este tema y, si llegaras finalmente a conseguirla, sería un placer compartir nacionalidad contigo.

¡Muchas gracias por la atención! ¡Hasta pronto!

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Autor

  • Mari Carmen Martínez Morante

    Jurista. Actualmente, me preparo las Pruebas de Acceso a la Abogacía y la Procura 2024. Mi vocación por el derecho cumple con una función social y moral. Mi objetivo es aproximar este apasionante mundo de una manera clara y sencilla a cualquier lector.

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