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Reformatio in peius explicado con 3 ejemplos

reformatio in peius

Un principio procesal cuyo conocimiento es imprescindible en el ámbito del Derecho Penal es el famoso non reformatio in peius.

Aunque es probable que hayas oído hablar de él, es normal que como estudiante te preguntes: ¿qué significa este término? ¿Cuándo se aplica este principio?  ¿Qué implicaciones tiene?

Si quieres descubrir en qué consiste la reformatio in peius, has llegado al lugar adecuado, pues a continuación daremos respuesta a estas cuestiones sobre el mismo, de forma que puedas comprenderlo sin problemas y mediante ejemplos prácticos.

Sin más dilación, comencemos.

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El derecho al recurso penal

Para comprender la reformatio in peius en el ámbito del Derecho Penal, debemos comenzar por señalar que en este orden jurisdiccional existe lo que se conoce como derecho al recurso.

En el orden penal, el derecho al recurso se eleva a la categoría de fundamental, lo cual se deriva tanto del derecho a la tutela judicial efectiva -establecido en el artículo 24 de la Constitución Española-, como de los artículos 2 del Protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos -coincidiendo estos dos últimos en reconocer el derecho de toda persona declarada culpable de una infracción penal a que su condena sea examinada por un órgano jurisdiccional superior-.

De esta forma, se garantiza que el condenado tenga derecho a impugnar la decisión por la que se le condena ante un órgano superior al que la impuso -esto es, el derecho al recurso penal-.

Es importante tener claro lo anterior porque la prohibición de reformatio in peius se enerva como una garantía más dentro de ese derecho: la de que no se empeore la situación del reo a causa del recurso interpuesto.

El principio de reformatio in peius

Reformatio in peius es una locución latina que significa, “reforma a peor” o “reforma en perjuicio”.

Es un principio jurídico que se aplica en diferentes órdenes jurisdiccionales, aunque este artículo nos centremos en sus implicaciones en el ámbito penal.

Así, en el orden penal, la reformatio in peius regula la revisión de decisiones judiciales en el contexto de los recursos de apelación y casación.

En esencia, la prohibición de reformatio in peius establece que un tribunal de apelación o casación no puede modificar una decisión judicial empeorando la situación jurídica de quien presentó tal recurso de apelación o casación, con ocasión de la resolución de su propio recurso.

De esta forma, se impide que quien ha sido condenado en primera instancia, y recurre en apelación -o casación– solicitando la aplicación de una pena inferior, o incluso su absolución, obtenga una sentencia desfavorable que no sólo desestime sus pretensiones, sino que empeore su situación jurídica.

Es importante señalar que a la hora de realizar la comparación entre la sentencia recurrida y la resolutoria del recurso para determinar si efectivamente la reforma ha sido peyorativa, no sólo se tendrá en cuenta la condena o absolución, y la pena aplicada en una y en otra, sino también la calificación jurídica de los hechos.

Así, aun si tras el recurso presentado por el reo, en segunda instancia no se aplica al mismo una pena más grave que la impuesta en primera instancia, se estará infligiendo la prohibición de refomatio in peius si se subsumen los hechos en un tipo penal más grave.

De esta forma, se impide que la decisión judicial desemboque en el efecto contrario al querido por el recurrente: el de suavizar su condena, o incluso anularla (STS 152/2017).

Es necesario tener en cuenta que lo anterior no obsta, por supuesto, que sí que se agrave la condena cuando así lo solicite la acusación particular o el Ministerio Fiscal en su propio recurso, pues lo que impide el principio de non reformatio in peius es que la reforma a peor traiga causa en el propio recurso presentado, pero no que tenga su origen en el que presenten otras partes del proceso.

Para que exista reformatio in peius, el empeoramiento de la situación del recurrente ha de resultar de su propio recurso, sin mediación de pretensión impugnatoria de otra parte (STS 152/2017).

Asimismo, el principio de reformatio in peius no impide que el tribunal de apelación o casación confirme la sentencia recurrida en su totalidad, pues los órganos jurisdiccionales podrán desestimar el recurso, siempre que no empeoren la situación del recurrente.

Dimensión y base jurídica

El Tribunal Constitucional ha afirmado que la prohibición de reformatio in peius ostenta dimensión constitucional, aunque no se enuncie expresamente en el artículo 24 de la Constitución (STC 223/2015).

Pero además, la prohibición de reformatio in peius tiene un respaldo jurídico amplísimo, tal y como puso de manifiesto el Tribunal Supremo en su sentencia núm. 152/2017, de 10 de marzo.

Su base jurídica se resume en lo siguiente:

Tutela judicial efectiva

Este principio procesal deriva de la tutela judicial efectiva a través del régimen de garantías legales de los recursos, que deriva en todo caso de la prohibición constitucional de indefensión.

Congruencia

La prohibición se justifica por la necesidad de respetar el principio congruencia del tribunal ad quem, que debe resolver respetando los límites de lo planteado en el recurso.

Derecho al recurso

De admitirse la reforma a peor, se estaría introduciendo un elemento disuasorio para la interposición de recursos, lo que sería contrario al derecho al recurso que hemos expuesto anteriormente.

Principio acusatorio

En el ámbito penal, además, el principio acusatorio destruye la posibilidad de que los tribunales realicen cualquier actuación inquisitiva, lo que sin duda estarían haciendo de agravar la situación del reo por el mero hecho de haberla éste recurrido.

Seguridad jurídica

Por otro lado, la prohibición de reformatio in peius también deriva de la seguridad jurídica del condenado sobre la inmutabilidad de la sentencia en su perjuicio si no media recurso de parte contraria -pues, como se ha explicado anteriormente, el recurso de la parte contraria sí permite que la situación jurídica del reo cambie a peor-. Se prohíbe la agravación de oficio incluso aunque sea evidente su procedencia legal.


Ejemplos prácticos 

Ejemplo 1

Miguel ha sido condenado en primera instancia como autor de un delito de lesiones del artículo 147 del Código Penal, a una pena de 2 años de prisión.

Con el objetivo de lograr su absolución o, al menos, la aplicación de una pena inferior, Miguel interpone un recurso de apelación. Ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular apelan la sentencia.

Finalmente, el tribunal que resuelve la apelación desestima el recurso de Miguel, condenándole a 3 años de prisión, por entender que era de aplicación el tipo agravado del artículo 148 CP.

Tal agravación vulnera la prohibición de reformatio in peius, pues aunque se desestime el recurso de Miguel, este no puede obtener una condena más grave que la impuesta en primera instancia si es el único recurrente.

Ejemplo 2

Arturo ha sido condenado en primera instancia como autor de un delito agravado de hurto (art. 235 CP) a una pena de prisión de 2 años. Arturo entiende que no concurre ninguna circunstancia del artículo 235 CP, por lo que interpone recurso de apelación contra la sentencia condenatoria.

Ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular apelan la sentencia.

El tribunal que resuelve el recurso mantiene la condena de Arturo a una pena de prisión de 2 años, pero cambia la calificación de los hechos a un delito de robo con fuerza del artículo 237 CP.

En este caso, se estaría vulnerando la prohibición de reformatio in peius, pues aunque a Arturo no se le imponga una pena más alta, los hechos sí se subsumen en un tipo más grave que el apreciado en primera instancia.

Ejemplo 3

Pedro ha sido condenado en primera instancia como autor de un delito societario del artículo 290 CP a pena de prisión de 1 año y multa de 6 meses. Pedro recurre en apelación solicitando su libre absolución, mientras que la acusación particular solicita una pena de 3 años de prisión y multa de doce meses.

El recurso se resuelve imponiendo a Pedro una pena de 2 años de prisión, y multa de 9 meses.

En este caso, no se ha vulnerado el principio de reformatio in peius, pues aunque el recurso se ha resuelto imponiendo una pena más grave a Pedro, el empeoramiento de su situación jurídica es debido al recurso interpuesto por la acusación particular, y no al presentado por Pedro.


Conclusiones

En virtud de lo expuesto, la prohibición de reformatio in peius constituye en el orden penal el derecho del reo a que, cuando recurra una sentencia condenatoria, no vea su situación jurídica empeorada a consecuencia de dicho recurso.

Este empeoramiento puede derivar tanto de una pena mayor como de una calificación jurídica más grave, y solo se admitirá cuando exista impugnación de la parte contraria, de forma que la agravación no traiga causa en el propio recurso.

Tiene dimensión constitucional y su base jurídica es amplísima: derecho a la tutela judicial efectiva, principio acusatorio, congruencia y seguridad jurídica, entre otros.

¡Enhorabuena! Has llegado al final del artículo. Gracias a esta breve lectura, ya conoces en qué consiste la prohibición de reformatio in peius, cuáles son sus bases y qué implica, lo que sin duda te será de gran utilidad en tus exámenes, así como en tu futuro profesional.

Espero que te haya gustado la explicación y, ¡nos vemos en el próximo artículo!

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